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Estoy embarazada pero quiero viajar a ecuador a casarme

1 Comentarios
 
Estoy embarazada pero quiero viajar a ecuador a casarme
03/05/2021 00:58
Ahora estoy de baja x la mutua, tengo 5 meses, y quisiera viajar a ecuador a casarme x 15 dias, tendría algún problema para viajar o con la mutua?
Es mejor casarme normal, o en el consulado de España xq tengo doble nacionalidad ?
O debería casarme y traer la documentación correspondiente para poder legalizar el matrimonio desde aquí en españa?
Cual seria la documtacion k necesitaríamos para casarnos allá?
03/05/2021 15:01
Jennysanchez
Hola:

1.- Si usted es nacional de ambos Estados, tiene pleno derecho a entrar en el territorio de ambos, sin perjuicio de que por la actual situación sanitaria pueda resultar obligatorio el cumplimiento de requisitos sanitarios para viajar y para entrar en el respectivo país o incluso durante un período inmediatamente posterior a la entrada. Esas medidas las adopta cada país según las circunstancias en las que se encuentre la pandemia en su territorio.

2.- Con respecto al matrimonio: si usted es ecuatoriana, en Ecuador únicamente podrá contraer matrimonio en el Registro Civil de Ecuador.

Los consulados de España pueden autorizar matrimonio entre españoles o entre españoles y extranjeros residentes en la demarcación consular en la que se encuentren acreditados. Pero hay algunos requisitos que deben cumplirse y uno de ellos es que ninguno de los contrayentes ha de ser nacional del Estado anfitrión. En su caso, no obstante usted ostentar la nacionalidad española, también ostenta la ecuatoriana y se encontrará en territorio de Ecuador, que será el Estado anfitrión (soberano territorial) y en ese caso no podrá autorizarse el matrimonio.

3.- Por eso, primero debe contraer matrimonio ante el Registro Civil de Ecuador y luego solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se haya casado. Sería conveniente que llevara desde España :

- Certificado literal de nacimiento español actualizado.

- Fe de vida y estado expedida por el encargado del Registro Civil del municipio donde esté domiciliada en España.

De Ecuador le van a requerir la copia íntegra del acta de matrimonio expedida por el Registro Civil de Ecuador con la Apostilla de La Haya y la copia íntegra del acta de nacimiento de su cónyuge, expedida por el Registro Civil de Ecuador, si también es ecuatoriano, además de la cédula de identidad y ciudadanía y el pasaporte en vigor. Si fuera extranjero pero residente en Ecuador, el consulado de España le requerirá el pasaporte en vigor, el certificado literal de nacimiento del país de nacionalidad de su cónyuge y la prueba de que reside legalmente en Ecuador (visa de residente temporal o permanente expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador y cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros expedida por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Ecuador).

4.- Si ambos son ecuatorianos, para casarse en el Registro Civil de Ecuador basta con la cédula de identidad y ciudadanía.

Si alguno fuera divorciado sí que se exige la presentación de la sentencia o acta notarial de divorcio con la razón de inscripción en el Registro Civil. Si alguno fuera viudo, se exige presentar el certificado de defunción del anterior cónyuge.

Si alguno tuviera hijos menores de edad habidos en matrimonio, unión de hecho o relación no convivencial anterior, el Código Civil de Ecuador exige la previa realización del inventario solemne de los bienes del menor (aunque no haya bienes, si no los hay, se deja constancia de esto y así se da cumplimiento a la formalidad) y el nombramiento de un curador especial para el menor, que ha de comparecer junto con los contrayentes a la celebración del matrimonio y firmar el acta de matrimonio junto con los contrayentes y los testigos. Si no se da cumplimiento a estas formalidades, en caso de existir hijos menores de edad habidos en matrimonios o relaciones previas, no se podrá autorizar el matrimonio.

Si el otro contrayente fuera extranjero residente legal en Ecuador se le requerirá la cédula de identidad ecuatoriana para extranjero y la certificación de su estado civil expedida por las autoridades del país de su nacionalidad o del consulado del país de su nacionalidad acreditado en Ecuador.

Un cordial saludo.
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Estoy embarazada pero quiero viajar a ecuador a casarme
03/05/2021 00:58
Ahora estoy de baja x la mutua, tengo 5 meses, y quisiera viajar a ecuador a casarme x 15 dias, tendría algún problema para viajar o con la mutua?
Es mejor casarme normal, o en el consulado de España xq tengo doble nacionalidad ?
O debería casarme y traer la documentación correspondiente para poder legalizar el matrimonio desde aquí en españa?
Cual seria la documtacion k necesitaríamos para casarnos allá?
03/05/2021 15:01
Jennysanchez
Hola:

1.- Si usted es nacional de ambos Estados, tiene pleno derecho a entrar en el territorio de ambos, sin perjuicio de que por la actual situación sanitaria pueda resultar obligatorio el cumplimiento de requisitos sanitarios para viajar y para entrar en el respectivo país o incluso durante un período inmediatamente posterior a la entrada. Esas medidas las adopta cada país según las circunstancias en las que se encuentre la pandemia en su territorio.

2.- Con respecto al matrimonio: si usted es ecuatoriana, en Ecuador únicamente podrá contraer matrimonio en el Registro Civil de Ecuador.

Los consulados de España pueden autorizar matrimonio entre españoles o entre españoles y extranjeros residentes en la demarcación consular en la que se encuentren acreditados. Pero hay algunos requisitos que deben cumplirse y uno de ellos es que ninguno de los contrayentes ha de ser nacional del Estado anfitrión. En su caso, no obstante usted ostentar la nacionalidad española, también ostenta la ecuatoriana y se encontrará en territorio de Ecuador, que será el Estado anfitrión (soberano territorial) y en ese caso no podrá autorizarse el matrimonio.

3.- Por eso, primero debe contraer matrimonio ante el Registro Civil de Ecuador y luego solicitar el reconocimiento e inscripción del matrimonio en el Registro Civil del consulado de España acreditado en la demarcación consular donde se haya casado. Sería conveniente que llevara desde España :

- Certificado literal de nacimiento español actualizado.

- Fe de vida y estado expedida por el encargado del Registro Civil del municipio donde esté domiciliada en España.

De Ecuador le van a requerir la copia íntegra del acta de matrimonio expedida por el Registro Civil de Ecuador con la Apostilla de La Haya y la copia íntegra del acta de nacimiento de su cónyuge, expedida por el Registro Civil de Ecuador, si también es ecuatoriano, además de la cédula de identidad y ciudadanía y el pasaporte en vigor. Si fuera extranjero pero residente en Ecuador, el consulado de España le requerirá el pasaporte en vigor, el certificado literal de nacimiento del país de nacionalidad de su cónyuge y la prueba de que reside legalmente en Ecuador (visa de residente temporal o permanente expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador y cédula de identidad ecuatoriana para extranjeros expedida por la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Ecuador).

4.- Si ambos son ecuatorianos, para casarse en el Registro Civil de Ecuador basta con la cédula de identidad y ciudadanía.

Si alguno fuera divorciado sí que se exige la presentación de la sentencia o acta notarial de divorcio con la razón de inscripción en el Registro Civil. Si alguno fuera viudo, se exige presentar el certificado de defunción del anterior cónyuge.

Si alguno tuviera hijos menores de edad habidos en matrimonio, unión de hecho o relación no convivencial anterior, el Código Civil de Ecuador exige la previa realización del inventario solemne de los bienes del menor (aunque no haya bienes, si no los hay, se deja constancia de esto y así se da cumplimiento a la formalidad) y el nombramiento de un curador especial para el menor, que ha de comparecer junto con los contrayentes a la celebración del matrimonio y firmar el acta de matrimonio junto con los contrayentes y los testigos. Si no se da cumplimiento a estas formalidades, en caso de existir hijos menores de edad habidos en matrimonios o relaciones previas, no se podrá autorizar el matrimonio.

Si el otro contrayente fuera extranjero residente legal en Ecuador se le requerirá la cédula de identidad ecuatoriana para extranjero y la certificación de su estado civil expedida por las autoridades del país de su nacionalidad o del consulado del país de su nacionalidad acreditado en Ecuador.

Un cordial saludo.