Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Excedencia por servicio en otras admon, públicas. no me dejan tomar posesión en mis plazas!

1 Comentarios
 
24/07/2017 23:02
Joselete86
Tiene razón la secretaria. En el ayuntamiento B estás en excedencia pero sin reserva de plaza. Para volver allí tendrías que obtener una plaza participando en algún concurso (u otro medio de provisión), en ese caso sería de aplicación el art 15 y pasarías a excedencia en el A (también sin reserva de plaza).
Excedencia por servicio en otras admon, públicas. no me dejan tomar posesión en mis plazas!
20/07/2017 12:23
Buenos días. Soy Funcionario de Administración Local, actualmente trabajo en el Ayuntamiento A y en el Ayuntamiento B tengo una plaza en excedencia por servicio en otras administraciones públicas, ambas de funcionario de carrera (Policía Local).
Resulta que quiero tomar posesión en el Ayuntamiento B, lugar donde hay plazas vacantes y dejar la plaza actual del Ayuntamiento A en excedencia por servicio en otras administraciones públicas. Me deniegan este paso, la secretaria del Ayuntamiento dice que sí puedo ir, pero la excedencia no sería la que yo solicito sino "Excedencia voluntaria por interés particular" puesto que me voy porque yo quiero, y que si quiero volver, tengo que esperar los 2 años de mínimo que rigen como norma en la excedencia por interés particular.

Yo pienso firmemente que esto no es así, el art 15 del RD 365/1995 así lo expone. Me responde que decida la duda un Juzgado...

Es más, le expuse que en ese caso, si superase el tiempo de la excedencia voluntaria por interés particular... ¿Qué ocurriría con mi plaza?, contesta que la perdería... No se... Veo una pérdida total de derechos por parte del interesado
Excedencia por servicio en otras admon, públicas. no me dejan tomar posesión en mis plazas! | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Excedencia por servicio en otras admon, públicas. no me dejan tomar posesión en mis plazas!

1 Comentarios
 
24/07/2017 23:02
Joselete86
Tiene razón la secretaria. En el ayuntamiento B estás en excedencia pero sin reserva de plaza. Para volver allí tendrías que obtener una plaza participando en algún concurso (u otro medio de provisión), en ese caso sería de aplicación el art 15 y pasarías a excedencia en el A (también sin reserva de plaza).
Excedencia por servicio en otras admon, públicas. no me dejan tomar posesión en mis plazas!
20/07/2017 12:23
Buenos días. Soy Funcionario de Administración Local, actualmente trabajo en el Ayuntamiento A y en el Ayuntamiento B tengo una plaza en excedencia por servicio en otras administraciones públicas, ambas de funcionario de carrera (Policía Local).
Resulta que quiero tomar posesión en el Ayuntamiento B, lugar donde hay plazas vacantes y dejar la plaza actual del Ayuntamiento A en excedencia por servicio en otras administraciones públicas. Me deniegan este paso, la secretaria del Ayuntamiento dice que sí puedo ir, pero la excedencia no sería la que yo solicito sino "Excedencia voluntaria por interés particular" puesto que me voy porque yo quiero, y que si quiero volver, tengo que esperar los 2 años de mínimo que rigen como norma en la excedencia por interés particular.

Yo pienso firmemente que esto no es así, el art 15 del RD 365/1995 así lo expone. Me responde que decida la duda un Juzgado...

Es más, le expuse que en ese caso, si superase el tiempo de la excedencia voluntaria por interés particular... ¿Qué ocurriría con mi plaza?, contesta que la perdería... No se... Veo una pérdida total de derechos por parte del interesado