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Excedencia voluntaria y derecho a paro

28 Comentarios
Viendo 21 - 28 de 28 comentarios
12/08/2009 06:06
hola buenos días!

Por favor os pido ayuda en mi caso , espero sea facil de comprender lo que os voy a exponer:

Estuve por vacaciones en mi país y por motivos graves familiares no pude volver a españa a incorporarme en la empresa, los llame y les dije que no podia volver no di fecha de vuelta ni nada, lo cual obviamente si estaba en otro país no firme mi despido ni renuncia ni nada de nada, cuando logre superar el problema familiar personal, ya transcurrio mas de un año, volvi a españa a otra ciudad y me ofrecieron un trabajo allí, se me cúlmino el contrato y cuando fuí al INEM me dijeron que yo aparezco con una excedencia en el sistema que yo solicite, me quede sorprendida porque sinceramente no tengo ni idea de este tipo de cosas legales laborales, asi que llamé a la antigua empresa en la que trabaje y les explique mi caso, espere 3 días que me llegará el documento por correo ordinario y cuando lo recibo me doy cuenta que no es el papel q necesito , me enviaron fueron las retenciones del 2008, asi que como no tenia ni idea de nada, me aparezco con eso en el INEM y claro lo que me imaginaba , ese no era el papel, vuelvo a llamarlos y ellos para hacerse un lado del tema me ponen hablar directamente con sus gestores, les explico nuevamente mi caso y ellos en 4 dias me hacen llegar otro documento, cuando lo leo es un certificado de trabajo que consta los 180 días cotizados etc...pero creí que ese por fin era el papel ya que habian puesto como causa de suspension laboral (excedencia) resulta que tampoco era el papel porque según el INEM la excedencia nunca se pone como causa de suspension laboral, imaginense vosotros que si ellos que son gestores profesionales cometen ese fallo, que quedara para mi que no tengo idea de nada de esto.

Mis dudas son las siguiente:

1.- Yo núnca solicite la excedencia, la empresa (actuando de buena fé) me imagino lo hizo así, pero núnca me lo comunicaron , no lo sabia me enteré en el INEM , ya que juré que me habian despedido, asi que puedo yo solicitarles a ellos un documento que cerifique mi excedencia cuando ellos saben que yo no lo solicite, ni se de cuantos días o años me concedieron de excedencia?

2.- Si sigo apareciendo como excedencia en el paro quiere decir que lo mas probable es que la empresa me haya puesto como minimo 2 años? porque si ya se me hubiera vencido la excedencia automaticamente la empresa me da de baja laboral , interpretandolo ellos como una renuncia voluntaria no?

3.- Suponiendo que fuera así, y la empresa me tiene con una excedencia de 2 años, lo que significaría que este diciembre se cumple los 2 años, legalmente tengo que pedir una solicitud de reincorporación en la empresa un mes antes que se venza la excedencia, lo que implicaría que no podría cobrar mi paro completo porque en el INEM dice que se puede cobrar las prestaciones siempre y cuando se mantenga la fecha de la excedencia vigente, que debo hacer entonces si lo que quiero es cobrar paro no hacer tantos trámites para a la final cobrar 2 meses de paro, porque ya dentro de 3 meses tendria que pedirle a la empresa la reincorporación , osea que nose que hacer allí.

4.- Si ellos me han puesto en excedencia , debieron haberme finiquitado? o eso se hace solo cuando yo pido la reincorporacion y la empresa responde q no hay vacantes y entonces si es que me despiden y me indemnizan? tenga esa confusión mas..............

Se que a lo mejor muchos de vosotros que querais opinar acerca de mi situación me dirían quizas que lo mejor que puedo hacer es preguntarle a la empresa mi situación y yo exponer lo mismo que hago aqui a ellos y que me den una explicación, pero es que para mi mala suerte, la gestoria que lleva la empresa, y los 2 jefes que me pueden ayudar en esto , estan de vacaciones de verano, no hay nadie que me diga nada, asi que estoy aqi pidiendo ayuda y asesoramiento en mi caso, porque mi temor a parte de todo esto de no saber nada ni que hacer, es que he introducido todos mis papeles a finales de junio excepto ese que me falta y que el inem espera que les lleve, pero de aqui a que se incorpore esa gente al trabajo y me hagan la documentación y me llegue a mi casa, pasará mucho tiempo, tengo miedo de que el INEM no me lo acepte despues.

Espero de verdad poder recibir alguna respuesta a mi situación, nose que hacer ni que decir cuando hable con la empresa, necesito una orientación , ya q he sabido de casos de personas que por no saber las cosas han firmado cosas en las empresas q los ha perjudicado, no quiero hacer algo que despues me arrepiente.

Muchas gracias por leer mi problemática espero me podais ayudar.
05/08/2009 21:53
Un poco lioso con tantas fechas y tantas cosas pero más o menos creo que he entendido.

En el inem le aparece lo mismo que en la Seguridad Social porque consultan el mismo fichero. Lo que pasa es que los dos te están diciendo la verdad: la Seguridad Social que estás de baja de la empresa y el Inem que estás de baja de la empresa pero porque pediste una excedencia. Es la empresa de la excedencia quien tiene que comunicar a la Seguridad Social la modificación de la situación para que aparezca la baja de la empresa por baja voluntaria y no por baja por excedencia voluntaria. El inem al ver esto te pide que arregles lo de la excedencia para poder tener derecho a paro.

Bien. Ahora tocan las malas noticias. Aunque arregles lo de la excedencia voluntaria por una baja voluntaria, a pesar de que sea anterior a la finalización del último contrato, en mi humilde opinión el INEM te debería denegar el derecho a paro porque es una clara situación de fraude de ley. Has utilizado una estratagema para evitar incorporarte a la empresa donde estabas excedentario para cobrar el desempleo. Tal vez tengas motivos para no volver a la anterior empresa, pero debes entender que el INEM actúe denegándote la prestación por supuesto fraude de ley. Pero todo esto son sospechas mías y, tal vez, soluciones el tema de la baja voluntaria, pidas el paro y te lo concedan.

Saludos.
05/08/2009 20:54
buenos dias,
tengo un problema que me estan mareando,
yo tengo una excedencia voluntaria de 18 meses que me cumplia el dia 25 de julio de 2009, yo estaba trabajando en otra empresa bien, el dia 22 de junio de 2009 me pongo en contacto con la empresa de la excedencia y les digo que no me quiero reincorporar que me digan que hago, me comentan que firme una baja voluntaria de la excedencia con fecha 22 de junio. el dia 26 de junio de 2009 me despiden de mi trabajo actual y me voy a solicitar la prestacion de desempleo, entrego todos los papeles y me dicen que tengo que pedir la incorporacion a la empresa y que me contesten que no me admiten para cobrar la prestacion, me pongo en contacto con la empresa y de dicen que de ninguna manera que ellos ya han procesado la baja voluntaria de la excedencia de la empresa. en fin me dicen de nuevo en el inem que valla a la segurida social y que pida una vida laboral, en la vida laboral aparece de baja en la empresa y en el inem que estoy de excedencia, y asi me tienen de un lado para otro sin arreglarme el tema y sin cobrar la prestacion. a fecha de hoy dia 5 de agosto ya me cumplio oficialmente la incorporacion a la empresa y sigo en la misma situacion.

¿ que tengo que hacer para solucionar el problema?
18/05/2009 20:53
Okkkk ahora lo entiendo. Muchas gracias!!!!
18/05/2009 17:50
Bien, es facilito.

Te conceden la prestación por el nuevo trabajo que has terminado, pero aunque te reconozcan X días (por todo el periodo cotizado en los últimos seis años, incluido lo trabajado en el trabajo que estás en excedencia), los días de derecho a paro durarían hasta la reincorporación del trabajo que estás en excedencia.

Imaginemos que estás cobrando el paro y te vas a reincorporar a la empresa donde estás excedentaria. Si no puedes incorporarte porque en ese momento no hay plaza, seguirías cobrando el paro. Si no te reincorporas porque no te interesa se entiende como baja voluntaria. La baja voluntaria no te extingue el derecho reconocido con X días, deberás volver a trabajar y quedarte desempleada en otra empresa para retomar la anterior prestación.
18/05/2009 11:43
Por cierto patatinpatatero gracias por la rapidez en tu contestación. Es de agradecer.
18/05/2009 11:41
Ya había leío la web de la inem pero es que estoy tan saturada de información que no lo entiendo.
Después del contrato de 8 meses que me van a hacer, yo sé seguro que me pararán 2 meses, pero luego volverán a reincorporarme en el trabajo y por motivos personales yo quiero continuar en esa empresa (yo ahora trabajo en Barcelona y el nuevo empleo es en Valencia). Yo pido la excedencia en Barcelona porque de alguna manera quiero cubrirme las espaldas por lo que pudiera pasar, es decir una vez finalicen los 8 meses de la excedencia no voy a renovarla es por esos que dudo de si me quedarán mis 2 añitos de paro, o los perderé.
18/05/2009 11:26
Te copio la pregunta frecuente que viene en la web del inem.

Pregunta:

Estoy en situación de excedencia voluntaria en la empresa. ¿Puedo cobrar prestación por desempleo?

Respuesta:

Si pidiera la prestación por desempleo tras cesar en su trabajo por solicitar la excedencia voluntaria, le sería denegada porque la situación de desempleo en que se encuentra es voluntaria y esto no se considera situación legal de desempleo.

Si tras obtener la excedencia voluntaria, trabaja en otra empresa diferente, finaliza la relación laboral por causas no imputables a usted y solicita la prestación, podría tener derecho a la misma si la duración de la excedencia voluntaria no ha finalizado en el momento de la situación legal de desempleo y hasta que se pueda hacer efectiva su reincorporación a la empresa en la que está excedente. En este caso, si la duración de la prestación es superior a la duración del periodo de excedencia, cobrará la prestación hasta que finalice la excedencia, porque, a partir de ese momento, el abono de la prestación se suspenderá a la espera de que solicite su reincorporación a la empresa y ésta le responda. Si la empresa manifiesta la imposibilidad de aceptar su reincorporación por falta de vacante adecuada, o deniega la misma en ese momento pero admite el reingreso en una fecha futura, podrá continuar percibiendo la prestación por desempleo hasta la fecha de reincorporación a la empresa o hasta que la prestación finalice.

Si el plazo de duración de la excedencia voluntaria ya hubiera transcurrido cuando solicita la prestación por desempleo o no estuviera previsto un periodo mínimo de duración de la excedencia concedida, está obligado a solicitar primero el reingreso en la empresa. Hasta tanto ésta no dé respuesta, no es posible resolver la solicitud de prestación por desempleo porque no se considera en situación legal de desempleo. Si la empresa responde que en ese momento no pueden reincorporarlo, ya estaría en situación legal de desempleo y podría resolverse su solicitud de prestación.

Referencia normativa: Arts. 203, 207.c), 208.1 y 208.2.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por R.D. Legislativo 1/94 de 20 de junio. Art. 1 del R.D. 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley de protección por desempleo. Art. 46 del Estatuto de los Trabajadores aprobado por R.D. 1/1995.
Excedencia voluntaria y derecho a paro
18/05/2009 11:12
Buenos días.
Voy a pedir una excedencia voluntaria en mi actual trabajo en el que llevo 10 años cotizados, por un máximo de 8 meses, que es la duración del contrato que me van a hacer en otra empresa. Mi duda es, si una vez finalicen los 8 meses de mi futuro contrato, si la empresa no me renueva, si tendría derecho a la prestación de la totalidad de mis días cotizados, es decir los 128 meses, o no tendría derecho debido a que la excedencia ha sido voluntaria y en el nuevo trabajo sólo he cotizado 8 meses. Me urge mucho aclarar esta duda. Gracias.