Hola, gracias de antemano por vuestra ayuda (¡espero que alguien me responda!).
Actualmente me encuentro en excedencia por cuidado de un hijo menos de tres años, que se me acabará en agosto próximo. Mi duda es: ¿puedo solicitar una excedencia voluntaria (por interés particular, en mi caso problemas de organización familiar) justo al terminar la que ahora tengo por cuidado de hijo? Es que en el convenio no me queda claro, pues dice que la excedencia voluntaria se puede pedir si no se ha disfrutardo "excedencia" en no sé qué período anterior. ¿Se refiere a otra excedencia voluntaria, o se incluiría también una excedencia por hijo (en cuyo caso no podría pedirla?