¿Me pueden permitir excedencia voluntaria de 2 meses? Sé que por ley y en mi convenio pone mínimo 4 meses y máximo 5 años pero
¿Hay alguna manera de que me puedan dar 2 meses? No tengo hijos para poder pedirla por cuidado de niños.
El motivo de querer pedirla es porque necesito estudiar unas oposiciones que salen en mayo y quiero dedicarme estos 2 meses a ello. O si tengo alguna otra opción, escucho alternativas
El mínimo son 4 meses, no se puede realizar una excedencia de menos tiempo. La excedencia voluntaria no tiene por qué ser por cuidado de hijos, puede ser por formación como es su caso.
Puede pactar con la empresa una suspensión temporal del contrato, aunque durante este tiempo no será remunerado ni cotizará a la seguridad social, y salvo que se incluya en el pacto no se garantiza la reserva del puesto de trabajo.
La excedencia es un derecho del trabajador, no necesita autorización por parte de la empresa, está sujeta a unos plazos y tiene ciertas condiciones (como la reserva de puesto de trabajo).
La suspensión temporal es algo que se acuerda entre las dos partes y cuyas condiciones quedan sujetas al acuerdo mismo, es decir que la empresa puede no querer incluir la reserva del puesto de trabajo, por ejemplo.