Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Excedencia voluntaria

5 Comentarios
 
Excedencia voluntaria
25/02/2020 23:34
Hola, bajo pacto con la empresa...

¿Me pueden permitir excedencia voluntaria de 2 meses? Sé que por ley y en mi convenio pone mínimo 4 meses y máximo 5 años pero

¿Hay alguna manera de que me puedan dar 2 meses? No tengo hijos para poder pedirla por cuidado de niños.

El motivo de querer pedirla es porque necesito estudiar unas oposiciones que salen en mayo y quiero dedicarme estos 2 meses a ello.
O si tengo alguna otra opción, escucho alternativas
26/02/2020 10:18
ClaraDiaz
El mínimo son 4 meses, no se puede realizar una excedencia de menos tiempo. La excedencia voluntaria no tiene por qué ser por cuidado de hijos, puede ser por formación como es su caso.

Puede pactar con la empresa una suspensión temporal del contrato, aunque durante este tiempo no será remunerado ni cotizará a la seguridad social, y salvo que se incluya en el pacto no se garantiza la reserva del puesto de trabajo.
26/02/2020 10:41
Johnwick
Pero la suspensión del contrato ¿en qué se diferencia de la excedencia?
26/02/2020 16:26
ClaraDiaz
La excedencia es un derecho del trabajador, no necesita autorización por parte de la empresa, está sujeta a unos plazos y tiene ciertas condiciones (como la reserva de puesto de trabajo).

La suspensión temporal es algo que se acuerda entre las dos partes y cuyas condiciones quedan sujetas al acuerdo mismo, es decir que la empresa puede no querer incluir la reserva del puesto de trabajo, por ejemplo.
26/02/2020 20:51
Johnwick
Muchas gracias... con la suspensión de contrato ¿mantengo antigüedad y categoria?
27/02/2020 08:25
ClaraDiaz
Sobre el papel si debería mantenerlo. Pero para su tranquilidad, incluyalo en las clausulas del acuerdo de suspensión temporal.
Excedencia voluntaria | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Excedencia voluntaria

5 Comentarios
 
Excedencia voluntaria
25/02/2020 23:34
Hola, bajo pacto con la empresa...

¿Me pueden permitir excedencia voluntaria de 2 meses? Sé que por ley y en mi convenio pone mínimo 4 meses y máximo 5 años pero

¿Hay alguna manera de que me puedan dar 2 meses? No tengo hijos para poder pedirla por cuidado de niños.

El motivo de querer pedirla es porque necesito estudiar unas oposiciones que salen en mayo y quiero dedicarme estos 2 meses a ello.
O si tengo alguna otra opción, escucho alternativas
26/02/2020 10:18
ClaraDiaz
El mínimo son 4 meses, no se puede realizar una excedencia de menos tiempo. La excedencia voluntaria no tiene por qué ser por cuidado de hijos, puede ser por formación como es su caso.

Puede pactar con la empresa una suspensión temporal del contrato, aunque durante este tiempo no será remunerado ni cotizará a la seguridad social, y salvo que se incluya en el pacto no se garantiza la reserva del puesto de trabajo.
26/02/2020 10:41
Johnwick
Pero la suspensión del contrato ¿en qué se diferencia de la excedencia?
26/02/2020 16:26
ClaraDiaz
La excedencia es un derecho del trabajador, no necesita autorización por parte de la empresa, está sujeta a unos plazos y tiene ciertas condiciones (como la reserva de puesto de trabajo).

La suspensión temporal es algo que se acuerda entre las dos partes y cuyas condiciones quedan sujetas al acuerdo mismo, es decir que la empresa puede no querer incluir la reserva del puesto de trabajo, por ejemplo.
26/02/2020 20:51
Johnwick
Muchas gracias... con la suspensión de contrato ¿mantengo antigüedad y categoria?
27/02/2020 08:25
ClaraDiaz
Sobre el papel si debería mantenerlo. Pero para su tranquilidad, incluyalo en las clausulas del acuerdo de suspensión temporal.