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excedencia voluntaria

233 Comentarios
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13/10/2011 21:21
Urizen hace 9 meses pedí excedencia (encima fue para estudiar no para ir a la competencia) al volver me dijeron que no había vacante. Yo defendí que me fuí a estudiar pero en la petición no ponía nada escrito. Ahora no tengo trabajo ni cobro subsidio y encima me deniegan una baja maternal de un año de otra compañera porque dicen que no pueden hacerme otro contrato ya que el mio es indefinido. He pagado 53,10€ a CCOO para que me digan que no hay nada que hacer. Con lo cuál te aconsejo que al pedir la excedencia voluntaria alegues todo tipo de observaciones e incluso el compromiso de la empresa de tu readmisión en el momento que cumpla el plazo (otra cosa será que después tu decidas volver o no). Espero que te sirva mi ejemplo
11/10/2011 22:59
Muchas gracias a lecolega por contestarme tan rapido y asesorarme y a Trola también por tu opinión,

lecolega en el caso de que si que me quieran coger en este trabajo, ire al sindicato a que me expliquen todas las opciones que tengo con sus posibles consecuencias, y valoraré que es lo mejor en frío

pero con perdon me han hecho tantas putadas(a mi y a mis compañeros), tantas mentiras, tantas muchas cosas que os podria contar, que si es por mi no volvería nunca a esta empresa por llamarla de alguna manera,
ya he palmado mucho dinero aunque me quede y me han comido mucho de mi paro,
asi que en el hipotetico caso de que me llame esta nueva empresa, me intentaré marchar pero para no volver a la primera nunca,

tanto sino me llaman como no, ya os hire contando mi caso por si puede servir de ayuda a alguien mas, gracias por vuestro tiempo, y perdón otra vez por el tostón que hos dejado nuevamente

Desde mi ignorancia,una pregunta un poco tonta, si pido la excedencia por ejemplo de 6 meses y me va bien en la nueva empresa, nadie me obliga a tener que volver a la primera, o ¿tengo que hacer algún tramite?

gracias
11/10/2011 11:31
Yo en tu lugar no me movería de la empresa.
10/10/2011 23:50

Te comento que justifiques con algún motivo, me refiero de manera verbal, porque escrito no hay que justificar nada, es un derecho del trabajador, sin tener que dar más explicaciones que nada, sólo pedirla sin cumples los requisitos.
10/10/2011 23:41

Hola.

Urizen: yo me arriesgaría con la excedencia voluntaria por 6 meses, claro está que si en la nueva empresa a los 2 meses te dejan fuera, entonces con toda probabilidad no te darían el desempleo, así que tendrías que pedir la reincorporación en ese momento y ver si tu empresa antigua te admite o espera a los 6 meses, que tambien pueden ponerte pegas igualmente para admitirte.

Justifica la excencia voluntaria con algún motivo, enmascarando el motivo principal, que es irte abrir camino en una nueva empresa con mejor visión de futuro, o eso entiendo que es tú objetivo.

Suerte en la decisión, aquí no creo que te podamos ayudar, es una decisión a tomar muy detenidamente tú mismo o con familia cercana, que serán los que te apoyen si algo sale mal.

Saludos.
10/10/2011 16:39
Hola buenas tardes a todos, he leido este hilo, y me gustaría si es posible que me podrias ayudar a resolver una duda, ya que en el INEM y en el sindicato me dicen cosas distintas.
Primero hos cuento mi situación, llevo 5 años en una empresa, me empezaron a pagar mal desde el 2008, al final este año esta empresa a entrado en concurso de acreedores, dejandome antes del mismo una deuda de 8 mensualidades, a dia de hoy hay mucha incertidumbre, y me van pagando a trompicones, tengo una posible oferta de trabajo, y supuestamente es estable, pero solo me pueden ofrecer inicialmente contratos de 2 o 3 meses,porque supuestamente ya han cubierto todos los contratos relevos, y aqui viene mi pregunta:

En el supuesto de que marche a esta empresa, es mejor coger una baja voluntaria o una excedencia,

Segun el INEM,conque trabajaria un mes en esta nueva empresa, podría cobrar el paro acumulado anteriormente, segun mi sindicato mínimo 3 meses,

me dicen en el sindicato que mejor que la baja voluntaria, que coja una excedencia de 6 meses, y si me va mal en la empresa nueva, puedo volver a la vieja, que igual ¨funciona ahora mejor¨,

el tema es que si por lo que sea a los dos meses no me renuevan en la nueva, si cojo excedencia no debo cobrar el paro, asi que estoy hecho un lío, y agradecería que alguien me ayude,

perdon por este tostón, gracias por el foro y saludos
07/10/2011 17:36
He leído todo y ahora mi duda es mayor. Os cuento mi caso.
Después de 5 semanas de baja psicológica por mubbing (diagnosticado pero no denunciado) y al seguir igual cuando vuelvo al trabajo, hablo con el jefe y le pido excedencia voluntaria para terminar mi carrera a lo que accede alegando que es lo mejor para que las cosas vuelvan a su sitio además de estar mejor para estudiar. Dos meses antes se sabe que uno de los 13 puestos va a desaparecer pero el me tranquiliza diciendo que mi contrato es indefinido y que hay al menos una compañera con contratos. Al mes siguiente la hace el contrato indefinido. Pasan los 9 meses que pedí y solicito mi reincorporación y me contestan a 3 días de ella que no hay vacante. Ni paro. Ni despido. Sólo un reingreso expectante (que no saben si se producirá o que puede tardar años, muchos años)
Pienso que en ello hay mala fe, ineptitud e incapacidad por parte de las enlaces sindicales que sabiendo que un puesto desaparecía no me informaron de lo que pasaría y lo que es peor, consintieron que a pesar de ello se hiciera otro contrato indefinido, dejándome a mi indefensa y en la calle. ¿Puedo pedir el paro? En el SEPE me dicen que lleve los papeles de despido. Digo que no hay despido. Contestan que sin eso no hay prestación.
Se que hay una persona contratada sustituyendo una baja maternal y que después se quedará con una excedencia forzosa para cuidado de hijos y mi pregunta es si tendría la empresa que llamarme a mi obligatoriamente en vez de volver a hacer contrato a la persona que ahora está sustituyendo esta baja materna
La realidad es que estoy en la calle y sin saber cual es mi situación ni para donde mirar.

Agradecería vuestra ayuda. Saludos
27/09/2011 11:43
gracias por vuestra gran ayuda, me ha servido de muchísimo.
25/09/2011 21:41
no, t aseguro q nose conocen entre las empresas, lo peor d meterme en demandas esq me tengo q ir a la nueva empresa en una semana y me da tiempo a meterme en temas judiciales y como sta el patio pense q lo mejor era intentar un acuerdo por escrito e orme y borron y cuenta nueva
25/09/2011 20:40
pues si te deben dinero de nominas puedes buscarte un abogado para que te vaya moviendo el tema y pedir la resolucion con indemnizacion del contrato de trabajo por falta de pago.
Cuidado con la nueva empresa no sea que sea "amiga" de la tuya y luego te despidan en el periodo de prueba...
25/09/2011 17:40
Hola os voy a pedir un consejo a ver q hariais. Llevo 12 años trabajando en una empresa y en estos momentos esta pasando una mala racha economica y nos deben 3 meses d nominas. La situacion es complicada y me prestan dinero pero yano puedo mas. Lo positivo esq me ha salido una oportunidad en un nuevo empleo y lo voy a coger yaq la situacion en mi actual empleo es complicada y llevo un tiempo bastante incomodo yaq me tienen bastante desbalorado y apartado. No me gustaría irme directamente d baja voluntaria kerria saacr algo yaq lelvo muchos y años y me estava pensando en pedir una execendia. parece ser q apuntan aq esta mala situacion d pagos va a estar durante bastante tiempo y tampoco nose si la exedencia va a ser buena idea. por otro lado kerria llegar a un acuerdo para x lo menos sacarles un compromiso d deuda yq me pagen algo imdennización aunq sea en varios meses, claro todo esto sin decirles nada dq me a salido otro trabajo,sino me van a deci q yo eliga si me interesa el otro d verdad. q hariais?
21/09/2011 12:31
hola, qué tal, no estoy muy puesta en esto de las excedencias, de hecho es la primera que tengo, y mi relación con la empresa no es muy buena. el caso es que debería volver el 31 de octubre y aunque ellos no me han dicho nada, he leído por internet que debo enviarles una carta confirmando mi vuelta, es así? se puede enviar certificada o debo llevarla en mano? Muchas gracias
14/09/2011 19:08
"Si se pide una excedencia voluntaria por un año, ¿Cuantas prorrogas caben hasta los 5 años de máximo? "

Pues las que la empresa tenga a bien conceder, puesto que una vez solicitada la excedencia voluntaria (ojo!, ique no ocurre lo mismo con otro tipo de excedencias) por un tiempo determinado, aún siendo inferior al limite de los 5 años, la empresa no está obligada a conceder las prorrogas que el empleado solicite.

Hasta hace tiempo podía haber cierto debate sobre este tema perun ua sentencia del TS, creo que del año pasado, zanjó la cuestión en la linea que apunto.

Saludos
26/08/2011 15:54

Luisiya, en mi caso un mes antes de cumplir los 3 años de excedencia, solicité a la empresa una ampliación por 2 años más hasta completar el período máximo de 5 años.

Recibí a los 10 días un burofax, confirmandome la ampliación de la prorroga hasta los 5 años, tiempo máximo.

Así que por el momento me queda año y medio por delante hasta llegar a los 5 años y volver a decidir que hacer.

Mientras tanto a currar duro que la cosa está muy, muy complicada, la verdad es que el panorama actual no está para andar pidiendo excedencias, porque no sabes que fiabilidad puede haber en la nueva empresa.

saludos.

26/08/2011 13:49
Choita;

Por lo que yo se (te contesto según a como he entendido tu pregunta).
Cuando tu has cobrado paro por una empresa A pero no lo has consumido porque te han contratado en otra B, al acabar en la B y solicitar el paro te dan a elegir si quieres reanudar el paro que no agotaste por la cotización en A o crear un derecho nuevo con la cotización de B (tú, entonces, comparas con que trabajo tienes mayor base y con que trabajo tienes derecho a más tiempo de prestación, o lo que es lo mismo, dices por A voy a cobrar menos meses de paro a tantos E y por B, tantos meses a tanto dinero; y tú coges lo opción que más te convenga).
Es decir, tú has cobrado solo un mes por B porque has vuelto a A; cuando pidas el paro en A podrás elegir entre reanudar el cobraste de B o el nuevo que te genere A.
Si eliges el nuevo que te genera A, ya no podrás rescatar o reanudar más el de B.

Jo! que follón con lo de las As y las Bs.

Besos.
26/08/2011 13:34
Ole, Ole y Ole!

Me presento, soy Luisa, me quedan 2 asignaturas para terminar relaciones laborales, he hecho mis practicas juridicas en el colegio de graduados sociales, pero evidentemente, aún hay muchas cosas que desconozco. Por una duda que me planteó un familiar acerca de una excedencia, vine a parar a este foro, el cual me he empapado (ha sido como un culebrón, ver como lecolega ha pasado de ser una duda andante a un experto en la materia y ver la trayectoria que ha ido tomando su tema).
Pues bien, al principio no respondia bien a mi duda pero con tantas cosas que ha vivido lecolega ha pasado, incluso, por el problema que me planteaba este familiar.
Nunca he estado inscrita en un foro, pero este ha merecido mi atención y el inscribirme nada más que para felicitar a todo el que ha aportado algo en las dudas que se han ido planteando (por eso el ole del principio).
Bueno lecolega (o quien lo sepa); Atención Pregunta!!
Si se pide una excedencia voluntaria por un año, ¿Cuantas prorrogas caben hasta los 5 años de máximo? ¿Sólo una por el tiempo q se quiera con ese tope? o ¿Cuantas se quiera hasta el tope?

Olle, un saludo a todos y para lo que os haga falta, aqui teneis a una casi graduada social.

Un saludo
07/08/2011 02:20
Hola a todos/as:
Verés, tras leeros, lejos de aclararme la situación me confunde mucho más, ya que todos/as con fundamentos y normativas legales dais una respuesta igual de válida, pero no "absoluta".
Veréis, mi situación es que solicité una excedencia voluntaria porque aprobé una oposición, para acceder al puesto -mucho mejor pagada-.
Este trabajo se acabó, volvió a salir concurso oposición y saqué peor nota, con lo que no trabajaré en al menos dos años.
Mi excedencia expira, así que la prorrogo, o me reincorporo a mi anterior trabajo.
Mi pregunta es:
si cobro un mes de paro -paro vinculado al actual puesto, y por tanto más cuantioso- cuando deje definitivamente el puesto antiguo (que será cuando vuelvan a llamarme para la bolsa, ya que no podré pedir otra excedencia cuando me vuelvan a llamar al cabo de dos años) podré seguir cobrando este paro "acumulado".
O tendré que aguantarme y coger el paro del trabajo posterior -el del trabajo al que me reincorporo- que será más bajo.
No sé si me he explicado, a ver... Tengo un trabajo A, y me llaman como funcionaria en B. Pero vuelve a haber concurso y me quedo sin B al menos en dos años (por poca nota). Así que me reincorporo a A. Pero si cobro un mes del paro B mucho más alto que el A, cuando definitivamente deje A, seguiré cobrando el paro B más alto, o tendré que conformarme con el paro A y además habré perdido antigüedad?
No sé si se me ha entendido, es confuso y así me respondieron en el INEM (SAE) de un modo igualmente confuso y diciendo, en definitiva que "la ley por el momento dice... tal... pero que puede cambiar"
En fin, gracias de antemano. Recibid mi saludo... y mis felicitaciones por el foro.
05/08/2011 19:02
En fin, como al final, aún tratándose de algo que nunca me habíua cuestionado, no he podido evitar el intentar contrastarlo, ahí va un copia y pega del Memento Social de Lefebvre, que indica varias sentencias en la línea que apuntaba, es decir, cumpliento el trabajador los requisitos, la empresa NO puede denegarle la excedencia (con la de vueltas que le he dado yo a flecos o matices sobre la excedencia voluntaria: posibilidad de exigir prórrogas..., como para que me hagan dudar a estas alturas de la más básico esto es, la posibilidad de concederla o no!!).
Ahí va:

"3) El derecho a la excedencia voluntaria debe ser calificado como derecho necesario (TS 3-10-90); cuyo ejercicio es para el trabajador puramente potestativo (TSJ País Vasco 27-4-99, Rec 391/99). Y no tiene carácter condicionado. La empresa está obligada a conceder la excedencia siempre que el trabajador reúna los requisitos exigidos para ello (TSJ Canarias 16-5-97), lo que significa que su decisión no es discrecional, ni puede quedar condicionada por las necesidades del servicio, si se cumplen los condicionantes normativos."
04/08/2011 23:55
Hombre Archilla, la verdad es que no se me había ocurrido darle más vueltas al redactado del art. del ET que establece el derecho a la excedencia voluntaria, pero es que, así como reconozco que al final lo de la excedencia voluntaria no es más que "papel mojado" en la mayoria de ocasiones, pues no supone otra cosa más allá que un derecho preferente a ocupar una vacante del mismo perfil y que exista realmente, pero dejando claro eso, no se me había ocurrido nunca plantear la posibilidad, como empresa, de aceptar o no, de forma discrecional, una solicitud de excendencia voluntaria cuando se dan los requisitos.

Y la verdad, tras darle esas vueltas al redactado, sigo opinando lo mismo. No tengo constancia de ningún referente (sentencia, artículo doctrinal, etc) que en el que apoyar lo que tú planteas, y, con lo inquieto que soy y con los casos de excedencias con los que me he encontrado desde hace ya una burrada de años (aunque es cierto que últimamente, tal como están las cosas, cada vez son más frecuentes), me extraña que no se me haya ocurrido cuestionar tal cosa o recuerde haber visto algo que de pie a cuestionarlo.

Por eso me extraña la contundencia con la que tu afirmas que "la empresa NO tiene la obligacion de darte la excedencia". Ya me dirás, si es el caso, si te basas en algo concreto, más allá de tu interpretacion personal del redactado del art. 46.2 del ET.

En fin, que salvo mejor criterio u opinión, reuniendo los requisitos, entiendo que la empresa no puede negarse a conceder la excedencia voluntaria solicitada por el trabajador.
Otra cosa será, como ya he dicho, que eso le sirva luego para algo a quien difruta de ella.

Saludos
04/08/2011 22:06
Complicado.
Las empresa NO tienen la obligación de darte la excedencia, mira lo que dice el art. 46.2 del ET:
"2. El trabajador con al menos una antigüedad en la empresa de un año tiene DERECHO A QUE SE LE RECONOZCA LA POSIBILIDAD DE SITUARSE EN EXCEDENCIA voluntaria por un plazo no menor a cuatro meses y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado otra vez por el mismo trabajador si han transcurrido cuatro años desde el final de la anterior excedencia."

Es simplemente eso, un derecho a la posibilidad de. Si el legislador hubiera querido imponer la obligacion no hubiera puesto esa frase tan rebuscada hubiera puesto directamente "tiene derecho a la excedencia" y punto.

Por lo tanto, y salvo que tu convenio colectivo actual no mejore el tema, poco podrias hacer.
Si tanto te interesa, se la pides por burofax a ver si les entra en canguelo y te la dan y les pides que en caso de negativa te den alguna causa, como la que te dicen de boquilla.

Pero ya sabrás que la excedencia luego vale de poc, es un simple derecho de preferencia...
Respecto al tema de la nueva empresa intenta que el periodo de prueba sea el menor posible y tal y tal

Que tengas suerte, porque la vas a necesitar, en estos momentos es una suerte encontrar un mejor trabajo y te deseo lo mejor.