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Exceso de adjudicación.

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Exceso de adjudicación.
24/11/2022 19:51
Buenas a todos las personas de este foro, y gracias anticipadas por vuestros consejos e informaciones.

Le cuento estoy, haciendo Liquidación ISD en Andalucia correspondiente al año 2006. (Prescrito)
Fallece el padre y según testamento :llega el usufructo universal y vitalicio de su herencia a la viuda.
A una hija deja una vivienda ( la del causante y viuda), y a otros dos hijos deja una nave el que se construyo antes de 2006 dos locales, independientes pero sin división horizontal. ( Estamos de papeleo para poder hacerla segregación), por tanto a estos dos hijos deja un local para cada uno.
De momento los valores que he asignado a cada uno son los mínimos por los que hay que tributar segun dice la Junta de Andalucia, siendo asi:

Locales; CV 27.373,27 Declarado 71170,50 50% 35.585,25
Vivienda; VC 20.270,20 Declarado 52.702,50 50% 26.351,2
Tambien se dice que aque que recibiera mas valor compensara a los otros con la parte correspondiente para que los tres reciban lo mismo.
El resumen herederos es este:
Hijo 1 local 7.117,05
Hijo 2 local 8.546,40
Hijo 3 Vivienda 12.912,12
Viuda 33.887,14

Aun no se ha incluido los saldos bancarios, pues de momento no se dispone de ellos. No se hasta cuando se guardan esos datos en oficinas bancarias.

Me han comentado en La Junta que el que reciba mas importe deberá realizar otro Modelo por el exceso de adjudicación, que creo que tributa al 1,2 %.
Si no se incluyera mas importes, el hijo tres cuanto deberia de pagar ahora, porque entiendo aunque el ISD este prescrito, si se hace ahora ese porcentaje no lo esta.

Por otro lado decirles que ( aunque estamos de notarios para la division del local antes mencionado) no se va a realizar adjudicacion y aceptacion de herencia, y no se si mejor poner en valores declarado de los dos bienes esas cantidades minimas ( al objeto de no tener que pagar mas por ese Mod al 1,2%) o bien aumentar las cantidades, con el tema de pago de plusvalia.
En definitiva que me aconsejais sobre lo valores a poner, por si luego se vende los inmuebles.

Las cantidades que pon ga en esa liquidacion influye en el pago de plusvalia y `posterior venta o solo las cantidades que se reflejen en escritura.
Muchas gracias
Exceso de adjudicación. | PorticoLegal
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Exceso de adjudicación.
24/11/2022 19:51
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Le cuento estoy, haciendo Liquidación ISD en Andalucia correspondiente al año 2006. (Prescrito)
Fallece el padre y según testamento :llega el usufructo universal y vitalicio de su herencia a la viuda.
A una hija deja una vivienda ( la del causante y viuda), y a otros dos hijos deja una nave el que se construyo antes de 2006 dos locales, independientes pero sin división horizontal. ( Estamos de papeleo para poder hacerla segregación), por tanto a estos dos hijos deja un local para cada uno.
De momento los valores que he asignado a cada uno son los mínimos por los que hay que tributar segun dice la Junta de Andalucia, siendo asi:

Locales; CV 27.373,27 Declarado 71170,50 50% 35.585,25
Vivienda; VC 20.270,20 Declarado 52.702,50 50% 26.351,2
Tambien se dice que aque que recibiera mas valor compensara a los otros con la parte correspondiente para que los tres reciban lo mismo.
El resumen herederos es este:
Hijo 1 local 7.117,05
Hijo 2 local 8.546,40
Hijo 3 Vivienda 12.912,12
Viuda 33.887,14

Aun no se ha incluido los saldos bancarios, pues de momento no se dispone de ellos. No se hasta cuando se guardan esos datos en oficinas bancarias.

Me han comentado en La Junta que el que reciba mas importe deberá realizar otro Modelo por el exceso de adjudicación, que creo que tributa al 1,2 %.
Si no se incluyera mas importes, el hijo tres cuanto deberia de pagar ahora, porque entiendo aunque el ISD este prescrito, si se hace ahora ese porcentaje no lo esta.

Por otro lado decirles que ( aunque estamos de notarios para la division del local antes mencionado) no se va a realizar adjudicacion y aceptacion de herencia, y no se si mejor poner en valores declarado de los dos bienes esas cantidades minimas ( al objeto de no tener que pagar mas por ese Mod al 1,2%) o bien aumentar las cantidades, con el tema de pago de plusvalia.
En definitiva que me aconsejais sobre lo valores a poner, por si luego se vende los inmuebles.

Las cantidades que pon ga en esa liquidacion influye en el pago de plusvalia y `posterior venta o solo las cantidades que se reflejen en escritura.
Muchas gracias