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exención pago cuotas comunidad. demanda monitorio.

3 Comentarios
 
14/01/2011 11:04
Gracias Talid y Acriton por vuestras respuestas!
En el acta se dice que "se acepta la propuesta y se fija la cuota ordinaria del local en 100 euros". Mi cliente envió a un empleado como representante a esa reunión que jura y perjura que, evidentemente, él no dijo eso. A la vista de la inclusión del asunto en la convocatoria y orden del día (con esto respondo a tu pregunta Acriton) el representante dijo que la propiedad le había dado instrucciones de manifestar que estarían dispuestos a colaborar, pero no como cuotas ordinarias.
El mismo empleado que fue a la reunión, recibió el acta por mail y luego por correo ordinario (sin acuse) y este señor (no entiendo aún por qué) no se la reenvió a mi cliente, por lo que no pudo impugnarla formalmente.
Me opondré al monitorio alegando que los estatutos eximen del pago de cuotas, que en la reunión no se dijo eso, que el acta no es correcta y que así se le ha reclamado a la comunidad antes de transcurrir el año de la adopción del acuerdo.
Talid, alegarías tambien lo del Registro de la Propiedad? Se os ocurre algo más? Gracias!!!!
13/01/2011 10:52
Fecha de la Junta.
¿Porqué si recibio el acta, no tuvo conocimiento de su contenido hasta meses despues?.
¿Estaba ese punto en el orden del día de la Junta?.
13/01/2011 10:40
Si el acta dice que se aprueba por unanimidad estudiar la posibilidad de contribuir, no creo que tenga mucho que hacer la comunidad. Ahora bien, si se le han pasado cuotas, creo que el acta debe poner que se aprueba por unanimidad la inclusión del local en la contribución de gastos, con lo que la cosa puede ser más complicada.
Si fuese así, tal vez tenga defensa si ese cambio del título constitutivo no ha sido registrado en el Registro de la Propiedad
Exención pago cuotas comunidad. demanda monitorio.
13/01/2011 10:24
Hola. En primer lugar saludos a todos puesto que, aún siendo fiel seguidor del foro, esta es mi primera aportación. Me gustaría plantear una consulta. Espero explicarme bien.
Un cliente ha recibido una demanda de juicio monitorio de la comunidad en la que es propietario de un local comercial, en reclamación de una cantidad de cerca de 3.000 euros. El caso es que el mencionado local ha estado exento del pago de cuotas por así estar establecido en el título constitutivo de la comunidad. Pues bien, en una reunión de comunidad proponen modificar esta exención para que el local contribuyera a los gastos. El representante de mi cliente en la Junta, siguiendo sus instrucciones, propone estudiar, solo estudiar, la posibilidad de colaborar con la comunidad, pero sin considerar las aportaciones como cuotas. El acta de esa reunión fue redactada por la administradora, aprobando por unanimidad la propuesta (que como he dicho no era definitiva) y fijando una cuota ordinaria. Mi cliente, aunque recibió en su oficina ese acta por correo ordinario, no tuvo conocimiento del contenido de la misma hasta meses despues, momento en el cual inmediatamente contactó en repetidas ocasiones con la administradora por email, manifestando su desacuerdo. La comunidad ha hecho oidos sordos y al cabo del tiempo ha recibido demanda de juicio monitorio por la cantidad. (buff...vaya tostón que he largado!)
Veis posibilidad de defensa en base a su oposición vía mails antes de un año de la adopción del acuerdo por ser un acuerdo contrario a los estatutos? Otras sugerencias? Gracias!!!
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14/01/2011 11:04
Gracias Talid y Acriton por vuestras respuestas!
En el acta se dice que "se acepta la propuesta y se fija la cuota ordinaria del local en 100 euros". Mi cliente envió a un empleado como representante a esa reunión que jura y perjura que, evidentemente, él no dijo eso. A la vista de la inclusión del asunto en la convocatoria y orden del día (con esto respondo a tu pregunta Acriton) el representante dijo que la propiedad le había dado instrucciones de manifestar que estarían dispuestos a colaborar, pero no como cuotas ordinarias.
El mismo empleado que fue a la reunión, recibió el acta por mail y luego por correo ordinario (sin acuse) y este señor (no entiendo aún por qué) no se la reenvió a mi cliente, por lo que no pudo impugnarla formalmente.
Me opondré al monitorio alegando que los estatutos eximen del pago de cuotas, que en la reunión no se dijo eso, que el acta no es correcta y que así se le ha reclamado a la comunidad antes de transcurrir el año de la adopción del acuerdo.
Talid, alegarías tambien lo del Registro de la Propiedad? Se os ocurre algo más? Gracias!!!!
13/01/2011 10:52
Fecha de la Junta.
¿Porqué si recibio el acta, no tuvo conocimiento de su contenido hasta meses despues?.
¿Estaba ese punto en el orden del día de la Junta?.
13/01/2011 10:40
Si el acta dice que se aprueba por unanimidad estudiar la posibilidad de contribuir, no creo que tenga mucho que hacer la comunidad. Ahora bien, si se le han pasado cuotas, creo que el acta debe poner que se aprueba por unanimidad la inclusión del local en la contribución de gastos, con lo que la cosa puede ser más complicada.
Si fuese así, tal vez tenga defensa si ese cambio del título constitutivo no ha sido registrado en el Registro de la Propiedad
Exención pago cuotas comunidad. demanda monitorio.
13/01/2011 10:24
Hola. En primer lugar saludos a todos puesto que, aún siendo fiel seguidor del foro, esta es mi primera aportación. Me gustaría plantear una consulta. Espero explicarme bien.
Un cliente ha recibido una demanda de juicio monitorio de la comunidad en la que es propietario de un local comercial, en reclamación de una cantidad de cerca de 3.000 euros. El caso es que el mencionado local ha estado exento del pago de cuotas por así estar establecido en el título constitutivo de la comunidad. Pues bien, en una reunión de comunidad proponen modificar esta exención para que el local contribuyera a los gastos. El representante de mi cliente en la Junta, siguiendo sus instrucciones, propone estudiar, solo estudiar, la posibilidad de colaborar con la comunidad, pero sin considerar las aportaciones como cuotas. El acta de esa reunión fue redactada por la administradora, aprobando por unanimidad la propuesta (que como he dicho no era definitiva) y fijando una cuota ordinaria. Mi cliente, aunque recibió en su oficina ese acta por correo ordinario, no tuvo conocimiento del contenido de la misma hasta meses despues, momento en el cual inmediatamente contactó en repetidas ocasiones con la administradora por email, manifestando su desacuerdo. La comunidad ha hecho oidos sordos y al cabo del tiempo ha recibido demanda de juicio monitorio por la cantidad. (buff...vaya tostón que he largado!)
Veis posibilidad de defensa en base a su oposición vía mails antes de un año de la adopción del acuerdo por ser un acuerdo contrario a los estatutos? Otras sugerencias? Gracias!!!