Mi padre y mi madre se fueron a vivir a Cuba, ambos españoles. MI padre se divorció de mi madre y se casó con una cubana en el año 1977, en Cuba. Posteriormente nos vinimos todos a España. Mi padre y su nueva mujer convivieron hasta el fallecimiento de mi padre hace dos años. Dicho matrimonio no era válido en España y legalmente seguía casado con mi madre. Al fallecer no hizo testamento he hicimos una declaración de herederos en la que se incluía a mi madre, que era su esposa legal en España. Ahora, dos años después del fallecimiento de mi padre su mujer cubana promovió y ganó un procedimiento de exequatur para legalizar aquí en España el divorcio y matrimonio efectuado en Cuba en el año 1977. Mi pregunta es: ¿Cómo afecta en el reparto de la herencia ya efectuado hace dos años la incripción en el registro del divorcio con mi madre y nuevo matrimonio de mi padre ? ¿ Hay que rehacer la herencia? ¿Iniciar el trámite de anulación de declaración de herederos?. Gracias por la respuesta.
Es que la herencia que hicísteis es ilegal... teniendo en cuenta que aunque aún estuviesen legalmente casados, estaban separados de hecho, por lo que no tenía derecho a herencia alguna de tu padre....