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Exoneración cuotas seguridad social erte fuerza mayor

10 Comentarios
 
Exoneración cuotas seguridad social erte fuerza mayor
06/09/2020 15:51
Buenas tardes. Tengo una gran duda. En un negocio con dos trabajadores en erte por fuerza mayor,estos se reincorporaron el 11 de mayo . Desde ese momento he realizado las declaraciones responsables de todos los meses , y quisiera saber si puedo aplicar estas exoneraciones hasta el mes.de septiembre .
Muchas gracias
07/09/2020 12:54
No controlo mucho de SS pero juraría que al principio de todo este jaleo se establecieron unos baremos, para fijar descuentos en cuotas de la SS. En algunos casos eran un 75 y en otros un 60, y según avanzaban los meses reducían el porcentaje.
11/09/2020 11:40
Joselinpin
Releyendo el asunto...

Si se han reincorporado y ya no hay ERTE activo, no hay ningún tipo de reducción ni exoneraciones de cuotas. El plan se fijó para los ERTEs, no como medida para todas las empresas.
12/09/2020 19:59
Robertolol
Pero.yo.no.he renunciado al erte. ¿En esta caso se puede?
12/09/2020 20:11
Vamos a ver, se explica usted fatal, por un lado dice que tiene dos trabajadores en ERTE por fuerza mayor y luego dice que se reincorporaron el 11 de mayo y por último dice usted que no renunció al ERTE, como se explica esto? Que pasaron de un ERTE de suspensión a un ERTE de reducción?
Es que no hay quien le entienda, si sus trabajadores se reincorpora ron a la empresa el 11 de mayo pues se acabó el ERTE ese día, renuncie usted o no al ERTE, no pretenderá que comiencen a trabajar y le siga pagando el SPE tanto los salarios como las cotizaciones, es que la verdad, vaya lío que está formando con su descripción.
smo
12/09/2020 20:22
Jamgrrhh28
Vamos a ver si me explico bien.
Los trabajadores se incorporaron y se envió al.sepe la relación de trabajadores con fecha fin de prestación. Cuando se incorporan, una parte está exonerada por no estar incorporado y otra parte exonerada por la.reincorporación.
Cuando se envió la.relación de trabajadores reincorporados no se notificó la renuncia al erte , porque no se sabe cómo iba a evolucionar la situación.
En este caso , al.notificar la fecha de fin de prestación , el.sepe ya no paga .
Espero que esta vez me haya explicado bien
13/09/2020 00:16
Joselinpin
La comunicación expresa a la que hace usted referencia sólo tiene que ver con la Autoridad Laboral, no con SS ni con SEPE.
Explicado de otra manera: La oficina de trabajo o ministerio de trabajo que autoriza el ERTE, no exige que le comuniquemos cuándo vamos a meter o sacar empleados del ERTE mientras haya algún afectado. Sólo pide que si se desacfecta a los empleados de forma gradual, avisemos al incorporar al último de ellos.
¿Motivo? Para cerrar el expediente nada más. Al desafectar al último empleado la empresa ya no tiene derecho a ninguna reducción ni exoneración de cuotas.
13/09/2020 00:51
Robertolol
Buenas noches. Entonces, según lo que me dice, esejor dejar siempre un trabajador en el erte para poder ten en derecho a la exoneración, no?
13/09/2020 02:25
Joselinpin
Buenas noches,

A estas alturas lo mejor que yo puedo decir es, que si hay trabajo el empleado debe estar en su puesto y no en un ERTE, porque al final se quema al resto de la plantilla.

Apreciaciones aparte, cuando incorporan a todos trabajadores de un erte a su jornada normal, ya no se puede volver a reducirlos ni suspenderlos, digamos que se acabó el erte.
Pero si mantenemos aunque sea un empleado con reducción de jornada, por muy pequeña que sea, podremos incorporar a más empleados en el momento que queramos.
Solo podrán pedirse bonificaciones por los empleados que haya en el erte, NUNCA por el total de la plantilla.
En septiembre creo que ya bajaba el porcentaje de bonficación de cuotas a un 35% ...

Si ya se reincorporaron por completo en Mayo, vuelvo a decir que no corresponde ni bonificación ni exoneración de nada.
13/09/2020 10:15
Robertolol
No me ha contestado a la.pregunta.
Es fácil, si o no
13/09/2020 23:47
Creo que después de varios mensajes queda claro pero repito ...

Si los trabajadores ya se incorporaron por completo a la jornada que hacían antes, no queda ninguno en reducción ni suspensión, el ERTE ya no está vigente.
La empresa vuelve al estado previo, con los mismos derechos y mismas obligaciones que antes de realizar el ERTE.
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Exoneración cuotas seguridad social erte fuerza mayor
06/09/2020 15:51
Buenas tardes. Tengo una gran duda. En un negocio con dos trabajadores en erte por fuerza mayor,estos se reincorporaron el 11 de mayo . Desde ese momento he realizado las declaraciones responsables de todos los meses , y quisiera saber si puedo aplicar estas exoneraciones hasta el mes.de septiembre .
Muchas gracias
07/09/2020 12:54
No controlo mucho de SS pero juraría que al principio de todo este jaleo se establecieron unos baremos, para fijar descuentos en cuotas de la SS. En algunos casos eran un 75 y en otros un 60, y según avanzaban los meses reducían el porcentaje.
11/09/2020 11:40
Joselinpin
Releyendo el asunto...

Si se han reincorporado y ya no hay ERTE activo, no hay ningún tipo de reducción ni exoneraciones de cuotas. El plan se fijó para los ERTEs, no como medida para todas las empresas.
12/09/2020 19:59
Robertolol
Pero.yo.no.he renunciado al erte. ¿En esta caso se puede?
12/09/2020 20:11
Vamos a ver, se explica usted fatal, por un lado dice que tiene dos trabajadores en ERTE por fuerza mayor y luego dice que se reincorporaron el 11 de mayo y por último dice usted que no renunció al ERTE, como se explica esto? Que pasaron de un ERTE de suspensión a un ERTE de reducción?
Es que no hay quien le entienda, si sus trabajadores se reincorpora ron a la empresa el 11 de mayo pues se acabó el ERTE ese día, renuncie usted o no al ERTE, no pretenderá que comiencen a trabajar y le siga pagando el SPE tanto los salarios como las cotizaciones, es que la verdad, vaya lío que está formando con su descripción.
smo
12/09/2020 20:22
Jamgrrhh28
Vamos a ver si me explico bien.
Los trabajadores se incorporaron y se envió al.sepe la relación de trabajadores con fecha fin de prestación. Cuando se incorporan, una parte está exonerada por no estar incorporado y otra parte exonerada por la.reincorporación.
Cuando se envió la.relación de trabajadores reincorporados no se notificó la renuncia al erte , porque no se sabe cómo iba a evolucionar la situación.
En este caso , al.notificar la fecha de fin de prestación , el.sepe ya no paga .
Espero que esta vez me haya explicado bien
13/09/2020 00:16
Joselinpin
La comunicación expresa a la que hace usted referencia sólo tiene que ver con la Autoridad Laboral, no con SS ni con SEPE.
Explicado de otra manera: La oficina de trabajo o ministerio de trabajo que autoriza el ERTE, no exige que le comuniquemos cuándo vamos a meter o sacar empleados del ERTE mientras haya algún afectado. Sólo pide que si se desacfecta a los empleados de forma gradual, avisemos al incorporar al último de ellos.
¿Motivo? Para cerrar el expediente nada más. Al desafectar al último empleado la empresa ya no tiene derecho a ninguna reducción ni exoneración de cuotas.
13/09/2020 00:51
Robertolol
Buenas noches. Entonces, según lo que me dice, esejor dejar siempre un trabajador en el erte para poder ten en derecho a la exoneración, no?
13/09/2020 02:25
Joselinpin
Buenas noches,

A estas alturas lo mejor que yo puedo decir es, que si hay trabajo el empleado debe estar en su puesto y no en un ERTE, porque al final se quema al resto de la plantilla.

Apreciaciones aparte, cuando incorporan a todos trabajadores de un erte a su jornada normal, ya no se puede volver a reducirlos ni suspenderlos, digamos que se acabó el erte.
Pero si mantenemos aunque sea un empleado con reducción de jornada, por muy pequeña que sea, podremos incorporar a más empleados en el momento que queramos.
Solo podrán pedirse bonificaciones por los empleados que haya en el erte, NUNCA por el total de la plantilla.
En septiembre creo que ya bajaba el porcentaje de bonficación de cuotas a un 35% ...

Si ya se reincorporaron por completo en Mayo, vuelvo a decir que no corresponde ni bonificación ni exoneración de nada.
13/09/2020 10:15
Robertolol
No me ha contestado a la.pregunta.
Es fácil, si o no
13/09/2020 23:47
Creo que después de varios mensajes queda claro pero repito ...

Si los trabajadores ya se incorporaron por completo a la jornada que hacían antes, no queda ninguno en reducción ni suspensión, el ERTE ya no está vigente.
La empresa vuelve al estado previo, con los mismos derechos y mismas obligaciones que antes de realizar el ERTE.