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Expediente de valoración de contingencia

1 Comentarios
 
24/01/2007 17:50
El mes de agosto es hábil, por tanto sí cuenta dicho mes para el cómputo del plazo.

Es verdad el plazo de 30 días:
LPL Art. 71
1. Será requisito necesario para formular demanda en materia de Seguridad Social que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora o Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.

2. La reclamación previa deberá interponerse, ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.

Salu2
Expediente de valoración de contingencia
24/01/2007 10:18
Iniciado un expediente para la valoración de contingencia que debe resolverse en el plazo de 135 días, ¿cuenta en dicho plazo el mes de agosto? Si no resuelven debo presentar reclamación previa ¿el plazo para ello es de 30 días hábiles, verdad?
Expediente de valoración de contingencia | PorticoLegal
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Expediente de valoración de contingencia

1 Comentarios
 
24/01/2007 17:50
El mes de agosto es hábil, por tanto sí cuenta dicho mes para el cómputo del plazo.

Es verdad el plazo de 30 días:
LPL Art. 71
1. Será requisito necesario para formular demanda en materia de Seguridad Social que los interesados interpongan reclamación previa ante la Entidad gestora o Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.

2. La reclamación previa deberá interponerse, ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.

Salu2
Expediente de valoración de contingencia
24/01/2007 10:18
Iniciado un expediente para la valoración de contingencia que debe resolverse en el plazo de 135 días, ¿cuenta en dicho plazo el mes de agosto? Si no resuelven debo presentar reclamación previa ¿el plazo para ello es de 30 días hábiles, verdad?