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Externalizacion premios de jubilacion.

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Externalizacion premios de jubilacion.
01/12/2006 09:55
Hola a todos:
Os agradecería que me informaseis sobre la externalización de premios de jubilación dado que diversas compañías de seguros nos están enviando a la empresa comunicados de que finaliza el plazo para la externalización el 31-12-2006.¿Teneis alguna noticia de que se vuelva a prorrogar el plazo?
¿Quiere decir ésto que para estos premios de jubilación habrá que formalizar una póliza d seguiros?
Nuestro convenio es el del transporte de viajeros en autobús por carretera provincia de La Coruña, y sobre la jubilación lo que dice es lo siguiente

Art. 17- Vacaciones remuneradas

Durante la vigencia de este convenio, siempre que el trabajador cuente con una antigûedad mínima de 10 años de servicio en la empresa, en caso de jubilación voluntaria anticipada, el trabajador tendrá derecho al siguiente tiempo de vacaciones:
- Un año antes, 55 días de vacaciones
- Dos años antes, 110 días de vacaciones
- Tres años antes, 166 días de vacaciones
- Cuatro años antes, 284 días de vacaciones
Las empresas se acogerán a lo dispuesto en el RD 1194/85, de 17 de julio, sobre la jubilación especial anticipada a los 64 años, contratando un nuevo trabajador en lugar del que se acoja a este derecho y en las mismas condiciones que determina el citado RD, con la finalidad de colaborar en el fomento del empleo.

La jubilación será forzosa para todo el personal al cumplir el trabajador los 65 años , siempre que reuna los requisitos exigidos por la seguridad social sobre los periodos de carencia, en atención a las mejoras y condiciones pactadas en este convenio. Durante la vigenencia de este convenio cuando se produzca la jubilación forzosa (hoy a los 65 años), siempre que el trabajador cuente con una antigûedad mínima de 10 años de servicio en la empresa, el trabajador tendrá derecho a 1,2 días de vacaciones por año de servicio.

¿ES OBLIGACION DE LA EMPRESA SEGUN LA LEY EXTERNALIZAR ESTOS PREMIOS QUE SE REFLEJAN EN ESTE ARTICULO DEL CONVENIO ?
¿OPINAIS QUE ESTOS DIAS DE VACACIONES SE DEBERÁN ABONAR EN METALICO Y POR TANTO SUSCRIBIR UNA POLIZA DE SEGURA PARA EXTERNALIZAR ESTOS PREMIOS?
Un saludo y muchas gracias
Externalizacion premios de jubilacion. | PorticoLegal
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Externalizacion premios de jubilacion.
01/12/2006 09:55
Hola a todos:
Os agradecería que me informaseis sobre la externalización de premios de jubilación dado que diversas compañías de seguros nos están enviando a la empresa comunicados de que finaliza el plazo para la externalización el 31-12-2006.¿Teneis alguna noticia de que se vuelva a prorrogar el plazo?
¿Quiere decir ésto que para estos premios de jubilación habrá que formalizar una póliza d seguiros?
Nuestro convenio es el del transporte de viajeros en autobús por carretera provincia de La Coruña, y sobre la jubilación lo que dice es lo siguiente

Art. 17- Vacaciones remuneradas

Durante la vigencia de este convenio, siempre que el trabajador cuente con una antigûedad mínima de 10 años de servicio en la empresa, en caso de jubilación voluntaria anticipada, el trabajador tendrá derecho al siguiente tiempo de vacaciones:
- Un año antes, 55 días de vacaciones
- Dos años antes, 110 días de vacaciones
- Tres años antes, 166 días de vacaciones
- Cuatro años antes, 284 días de vacaciones
Las empresas se acogerán a lo dispuesto en el RD 1194/85, de 17 de julio, sobre la jubilación especial anticipada a los 64 años, contratando un nuevo trabajador en lugar del que se acoja a este derecho y en las mismas condiciones que determina el citado RD, con la finalidad de colaborar en el fomento del empleo.

La jubilación será forzosa para todo el personal al cumplir el trabajador los 65 años , siempre que reuna los requisitos exigidos por la seguridad social sobre los periodos de carencia, en atención a las mejoras y condiciones pactadas en este convenio. Durante la vigenencia de este convenio cuando se produzca la jubilación forzosa (hoy a los 65 años), siempre que el trabajador cuente con una antigûedad mínima de 10 años de servicio en la empresa, el trabajador tendrá derecho a 1,2 días de vacaciones por año de servicio.

¿ES OBLIGACION DE LA EMPRESA SEGUN LA LEY EXTERNALIZAR ESTOS PREMIOS QUE SE REFLEJAN EN ESTE ARTICULO DEL CONVENIO ?
¿OPINAIS QUE ESTOS DIAS DE VACACIONES SE DEBERÁN ABONAR EN METALICO Y POR TANTO SUSCRIBIR UNA POLIZA DE SEGURA PARA EXTERNALIZAR ESTOS PREMIOS?
Un saludo y muchas gracias