Persona que tiene arrendada una vivienda de su propiedad, el proximo mes de enero fianliza el arrendamiento por el trascurso de los 5 años pactados en el contrato.
La arrendadora quiere seguir con el arrendamiento pero pactando otras clausuas ( elevar precio, ...).
La arrendadora puede extinguir el contrato vigente y celebrar otro completamente nuevo con el mismo arrendatario, verdad?; o al ser el mismo arrendatario y vivienda se entiende que es una prórroga y debe continuar con el contrato anterior?
"joven abogada", te veo un poco verde ¿no?. Comprate alguna monografía sobre la LAU.
Con cariño, si la arrendora no notifica la finalización del contrato este se prorroga (art 10 LAU). Pero si le notifica la finalización del contrato posteriormente podrá pactar con un contrato nuevo, totalmente nuevo.
Reconozco que dado el escaso tiempo que llevo en la Abogacía, soy una ignorante en muchos aspectos.
Me consta que la arrendadora debe notificar la finalización del contrato para que no se prorrogue.
Lo que ocurre es que si posteriormente se celebra un nuevo contrato sobre la misma vivienda y las mismas partes, no sé si eso puede entenderse con una prorroga de contrato.
Muchas gracias
Y en el nuevo contrato, deberia incluir la clausula de que puede solicitar la vivienda para uso propio, antes de los 5 años (caso de que sea su unica vivienda en proopiedad).