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Extinción contrato alquiler local. Ley Boyer

1 Comentarios
 
19/07/2014 22:42
El 01/01/2015 a la calle
Extinción contrato alquiler local. ley boyer
19/07/2014 12:05

Mi consulta es sobre si este año 2014 se extingue un contrato de arrendamiento de local firmado el 06/03/1981.

En esa fecha el titular del contrato (persona física) estaba casado y posteriormente se divorcia en el año 1994 ó 95 ó 96 (desconozco la fecha exacta). El contrato se pacta por meses y por una renta mensual de 4.100 pesetas, para uso exclusivo como Café-Bar y dicho contrato se retrocede a todos los efectos al 30/07/1948, por ser local adquirido en traspaso.

En el año 1997, ya divorciada la pareja, al parecer, le adjudicaron a la mujer el derecho del traspaso del bar. Ella no notificó dicha adjudicación al propietario, por lo que los recibos siguen emitiéndose a nombre del ex-marido aunque se sobreentiende que los paga ella, quién a la vista es la que lleva el negocio. También indicar que aunque fuera un contrato por tiempo indefinido, esta frase no figura en el contrato.

Por último, aunque al parecer es por "tiempo indefinido", esta frase no figura en el contrato y que desde el año 1948 hubo varios traspasos.

La esposa está a cumplir o ya los cumplió los 65 años. Tienen descendientes,
mayores de edad, que algunas veces, pocas, atienden unas horas el negocio.

¿Cual es la situación ante la LAU 1994?. ¿Se consideraría extinguido a diciembre 2014?.

Gracias.
Extinción contrato alquiler local. Ley Boyer | PorticoLegal
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El 01/01/2015 a la calle
Extinción contrato alquiler local. ley boyer
19/07/2014 12:05

Mi consulta es sobre si este año 2014 se extingue un contrato de arrendamiento de local firmado el 06/03/1981.

En esa fecha el titular del contrato (persona física) estaba casado y posteriormente se divorcia en el año 1994 ó 95 ó 96 (desconozco la fecha exacta). El contrato se pacta por meses y por una renta mensual de 4.100 pesetas, para uso exclusivo como Café-Bar y dicho contrato se retrocede a todos los efectos al 30/07/1948, por ser local adquirido en traspaso.

En el año 1997, ya divorciada la pareja, al parecer, le adjudicaron a la mujer el derecho del traspaso del bar. Ella no notificó dicha adjudicación al propietario, por lo que los recibos siguen emitiéndose a nombre del ex-marido aunque se sobreentiende que los paga ella, quién a la vista es la que lleva el negocio. También indicar que aunque fuera un contrato por tiempo indefinido, esta frase no figura en el contrato.

Por último, aunque al parecer es por "tiempo indefinido", esta frase no figura en el contrato y que desde el año 1948 hubo varios traspasos.

La esposa está a cumplir o ya los cumplió los 65 años. Tienen descendientes,
mayores de edad, que algunas veces, pocas, atienden unas horas el negocio.

¿Cual es la situación ante la LAU 1994?. ¿Se consideraría extinguido a diciembre 2014?.

Gracias.