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Extinción de condominio

8 Comentarios
 
Extinción de condominio
09/02/2018 18:30
Hola,mi expareja y yo proximamente vamos a firmar una extincion de condominio en la que ella se quedará el piso y cambiara de banco con una nueva hipoteca.Yo no voy a recibir nada a cambio,solo firmar para disolver la hipoteca antigua y desaparecer de todos los papeles.Al no recibir nada a cambio porque lo hemos pactado asi por diversos motivos,yo tengo que declarar algo a hacienda en mi proxima declaracion?.Gracias.
09/02/2018 20:34
Juliman
Usted va a recibir algún dinero de la transacción?
09/02/2018 20:44
Wolframio85
No no voy a recibir nada de dinero.Y me quito del prestamo,ella cambia el prestamo de banco y amplia la hipoteca.Ella quedara como dueña del piso y unica titular en el prestamo nuevo
09/02/2018 20:49
Juliman
En principio no deberías tener problemas con hacienda ya que lo que haces es eliminar una deuda y no recibir un ingreso. El único gasto que se lleva hacienda es el de Actos jurídicos documentados que tendrás que pagar para formalizar la operación.
09/02/2018 21:04
Wolframio85
Lo paga ella todo,notaria,cambio de hipoteca...yo es solo cancelar la hipoteca antigua,ya que cambia de banco ella paea la nueva hipoteca
Muchas gracias por todo.Un saludo
12/02/2018 13:49
Juliman
Según en cuánto lo valoréis, en la extinción de condominio. Lo recomendable en este caso sería tasar el inmueble en el mismo valor que queda por pagar de hipoteca, suponiendo que este supere el "precio real" (valor mínimo) establecido por la comunidad autónoma a partir del valor catastral. Si no fuera así podría entenderse que alguno de los dos ha obtenido alguna ganancia y hacienda "podría" poner problemas tanto por ganancia patrimonial como por entender que es una donación no declarada. Si el valor es el mismo, en cambio, ningún problema.
12/02/2018 13:52
Juliman
Además de la plusvalía que habria que abonar al correspondiente ayuntamiento.
12/02/2018 14:12
Juliman
En las extinciones de condominio no hay que pagar plusvalía municipal (ni aunque haya exceso de adjudicación), ya que no hay traslación del dominio sino solo reorganización de las cuotas de propiedad (STS 23 de Mayo 1998).
12/02/2018 14:16
paquito xocolatero
Bueno es saberlo, no lo sabía. Gracias por la info
Extinción de condominio | PorticoLegal
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Extinción de condominio
09/02/2018 18:30
Hola,mi expareja y yo proximamente vamos a firmar una extincion de condominio en la que ella se quedará el piso y cambiara de banco con una nueva hipoteca.Yo no voy a recibir nada a cambio,solo firmar para disolver la hipoteca antigua y desaparecer de todos los papeles.Al no recibir nada a cambio porque lo hemos pactado asi por diversos motivos,yo tengo que declarar algo a hacienda en mi proxima declaracion?.Gracias.
09/02/2018 20:34
Juliman
Usted va a recibir algún dinero de la transacción?
09/02/2018 20:44
Wolframio85
No no voy a recibir nada de dinero.Y me quito del prestamo,ella cambia el prestamo de banco y amplia la hipoteca.Ella quedara como dueña del piso y unica titular en el prestamo nuevo
09/02/2018 20:49
Juliman
En principio no deberías tener problemas con hacienda ya que lo que haces es eliminar una deuda y no recibir un ingreso. El único gasto que se lleva hacienda es el de Actos jurídicos documentados que tendrás que pagar para formalizar la operación.
09/02/2018 21:04
Wolframio85
Lo paga ella todo,notaria,cambio de hipoteca...yo es solo cancelar la hipoteca antigua,ya que cambia de banco ella paea la nueva hipoteca
Muchas gracias por todo.Un saludo
12/02/2018 13:49
Juliman
Según en cuánto lo valoréis, en la extinción de condominio. Lo recomendable en este caso sería tasar el inmueble en el mismo valor que queda por pagar de hipoteca, suponiendo que este supere el "precio real" (valor mínimo) establecido por la comunidad autónoma a partir del valor catastral. Si no fuera así podría entenderse que alguno de los dos ha obtenido alguna ganancia y hacienda "podría" poner problemas tanto por ganancia patrimonial como por entender que es una donación no declarada. Si el valor es el mismo, en cambio, ningún problema.
12/02/2018 13:52
Juliman
Además de la plusvalía que habria que abonar al correspondiente ayuntamiento.
12/02/2018 14:12
Juliman
En las extinciones de condominio no hay que pagar plusvalía municipal (ni aunque haya exceso de adjudicación), ya que no hay traslación del dominio sino solo reorganización de las cuotas de propiedad (STS 23 de Mayo 1998).
12/02/2018 14:16
paquito xocolatero
Bueno es saberlo, no lo sabía. Gracias por la info