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Extincion del contrato por muerte del empresario

2 Comentarios
 
Extincion del contrato por muerte del empresario
06/02/2020 13:23
Buenos días.
Tengo un caso un poco difícil y agradecería que alguien me aportara un poco de luz.
Se trata de una extinción de contrato por muerte del empresario.el trabajador tiene una antigüedad desde 1982.( imaginar la indemnización por improcedente)
El hijo (del socio único de la empresa que murió en diciembre de 2019) y que era apoderado de la empresa le dijo al trabajador que se fuera con él junto a mas compañeros haciendoles contratos mas desfavorables a otra empresa que supuestamente no tiene conexión con la empresa que cierra, aunque se dedica a lo mismo( fabrica de pan).
El trabajador dijo que no lógicamente y a la semana le llamo por teléfono diciéndole que no fuera a trabajar al siguiente día por el cierre de la empresa y sin presentarle lapropuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadasdel 49.2 ET ni pagarle nada del mes trabajado y no cobrado. Esto sucedióel 20 de enero y a día de hoy todavía no esta dado de baja en la S.S.
Se han ido con el hijo del empresario la mitad de la plantilla a la otra empresa y supuestamente la nomina la emite esa empresa por lo que hemos averiguado. Igualmente se supone por noticias de los compañeros del cliente que el hijo es representante de dicha entidad.
Claramente el hijo se ha llevado a la otra empresa la cartera de clientes, trabajadores y la producción peroningúnbien material de la empresa cerrada, lo cual, no sé si esto ultimo excluiríala sucesiónempresarial
Tenemos los certificados literales de la empresa pero no hemos relacionado las dos empresas porque como sabréistodos los actos empresariales no son inscribibles, aunque la empresa donde se ha llevado el trabajo y los trabajadores tienen varias filiales y todas relacionadas con el objeto social de la empresa cerrada.
Existen movimientos mercantiles extraños a los que no tengo acceso porque o bien no se inscriben o se trata de venta de participaciones de las empresas (esta es mi sospecha).
Resumiendo, es un caso que huele mal porque sabíanque iba a morir el padre y creo que el hijo lo tenia bien calculado, pero que se lleve todo el trabajo y ademas a casi la mitad de la plantilla roza, si no lo es, lasucesiónde empresas, oquizáslafusiónporconfusión.Además tenemos la falta de la propuesta del documento de liquidación, lo que no tengo claro que pueda equipararse a la carta de despido ademas de la obligacion legal de su presentacion por el 49.2 ET (consecuentemente despido improcedente en este caso) y lanotificaciónporteléfonode laextinción.
No sé si lo he puesto claro.
MUchas gracias de antemano
06/02/2020 13:33
abover
Teniendo en cuenta que la indemnización por muerte del empresario es de un mes de salario independientemente de la antigüedad, por lo que aunque lleve trabajando desde 1982 no sería improcedente.

Siendo otra sociedad, en otras instalaciones, veo dificil que se considere sucesión de empresas ya que legalmente la relación laboral entre el empleado y el antiguo empleador se extinguió por causas legales.
06/02/2020 14:52
Johnwick
Gracias por responder
Lo que no tengo claro es que sea el hijo del empresario fallecido el que ha podido comprar o constituir otra sociedad en otra empresa pero eso es dificil de demostrar. En tal caso creo que si puede tener alguna opcion al mes de indemnizacion
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Extincion del contrato por muerte del empresario
06/02/2020 13:23
Buenos días.
Tengo un caso un poco difícil y agradecería que alguien me aportara un poco de luz.
Se trata de una extinción de contrato por muerte del empresario.el trabajador tiene una antigüedad desde 1982.( imaginar la indemnización por improcedente)
El hijo (del socio único de la empresa que murió en diciembre de 2019) y que era apoderado de la empresa le dijo al trabajador que se fuera con él junto a mas compañeros haciendoles contratos mas desfavorables a otra empresa que supuestamente no tiene conexión con la empresa que cierra, aunque se dedica a lo mismo( fabrica de pan).
El trabajador dijo que no lógicamente y a la semana le llamo por teléfono diciéndole que no fuera a trabajar al siguiente día por el cierre de la empresa y sin presentarle lapropuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadasdel 49.2 ET ni pagarle nada del mes trabajado y no cobrado. Esto sucedióel 20 de enero y a día de hoy todavía no esta dado de baja en la S.S.
Se han ido con el hijo del empresario la mitad de la plantilla a la otra empresa y supuestamente la nomina la emite esa empresa por lo que hemos averiguado. Igualmente se supone por noticias de los compañeros del cliente que el hijo es representante de dicha entidad.
Claramente el hijo se ha llevado a la otra empresa la cartera de clientes, trabajadores y la producción peroningúnbien material de la empresa cerrada, lo cual, no sé si esto ultimo excluiríala sucesiónempresarial
Tenemos los certificados literales de la empresa pero no hemos relacionado las dos empresas porque como sabréistodos los actos empresariales no son inscribibles, aunque la empresa donde se ha llevado el trabajo y los trabajadores tienen varias filiales y todas relacionadas con el objeto social de la empresa cerrada.
Existen movimientos mercantiles extraños a los que no tengo acceso porque o bien no se inscriben o se trata de venta de participaciones de las empresas (esta es mi sospecha).
Resumiendo, es un caso que huele mal porque sabíanque iba a morir el padre y creo que el hijo lo tenia bien calculado, pero que se lleve todo el trabajo y ademas a casi la mitad de la plantilla roza, si no lo es, lasucesiónde empresas, oquizáslafusiónporconfusión.Además tenemos la falta de la propuesta del documento de liquidación, lo que no tengo claro que pueda equipararse a la carta de despido ademas de la obligacion legal de su presentacion por el 49.2 ET (consecuentemente despido improcedente en este caso) y lanotificaciónporteléfonode laextinción.
No sé si lo he puesto claro.
MUchas gracias de antemano
06/02/2020 13:33
abover
Teniendo en cuenta que la indemnización por muerte del empresario es de un mes de salario independientemente de la antigüedad, por lo que aunque lleve trabajando desde 1982 no sería improcedente.

Siendo otra sociedad, en otras instalaciones, veo dificil que se considere sucesión de empresas ya que legalmente la relación laboral entre el empleado y el antiguo empleador se extinguió por causas legales.
06/02/2020 14:52
Johnwick
Gracias por responder
Lo que no tengo claro es que sea el hijo del empresario fallecido el que ha podido comprar o constituir otra sociedad en otra empresa pero eso es dificil de demostrar. En tal caso creo que si puede tener alguna opcion al mes de indemnizacion