Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Extinción derecho uso vivienda por mayoría edad

583 Comentarios
Viendo 541 - 560 de 583 comentarios
24/08/2015 20:09
Encarnacion, el articulo que deje esta escrito por una magistrada de la audiencia provincial de madrid. Creo que tu eres de madrid
23/08/2015 21:16
Poco a poco, no es normal lo que pasa en este pais con el tema del uso de la vivienda que pone a padres en situaciones criticas y en ocasiones contraviniendo el articulo 10, creo que es, de la constitucion que coloca a un padre en situaciones indignas por eso hay que seguir reclamando soluciones mas justas. Aunque cueste, la justicia deberia ser para todos.

Un saludo
23/08/2015 19:27
Ahora si te he entendido sard. Pensaba que te referias a que "desapàrecian" sentencias jeje, por eso no lo entendia.

El enlace que aportas en muy interesante y muy practico porque unifica la nueva jurisprudencia en este caso de 2014. Con documentos como estos en mas facil buscar los nuevos criterios jurisprudenciales.

"En este último caso lo que parece tener resultados positivos es interponer un recurso de casación. Siento no poder explicarme mejor"

Te explicas perfectamente. Los recursos de casacion se interponen solo ante el Tribunal Supremo y puesto que es este tribunal el que ha sentando jurisprudencia, pues tiene muchas posibilidades de prosperar siendo en casos iguales o SIMILARES y que el Supremo case y anule la/las sentencias de los juzgados de 1ª instancia y las de la Audiencias Provinciales.

El problema lo tenemos, cuando los juzgados de 1ªinstancia y las Audiencias Provinciales, no siguen la doctrina del Supremo por desidia, por desconocimiento o simplemente porque no les da la gana aplicar esa doctrina. Ahi es cuando nos obligan a llegar hasta el Tribunal Supremo y presentar un recurso de casacion, basandonos en que uno o los dos tribunales anteriores, contradicen claramente la doctrina del Supremo.
Y claro,Llegar al Supremo aparte del tiempo que cuesta, que viene a ser una media de tres años hasta que dicta sentencia, tambien supone un gasto multiplicado por tres tanto emocional como economico. Y si los tribunales de 1ª y las Audiencias Providenciales siguieran los criterios del Supremo en casos iguales o SIMILARES, el via crucis que tenemos que pasar no lo pasariamos en la mayoria de los casos.

Ya sabemos que cada caso tiene su particularidades, y que cada juzgado valora o incluso ni valora las pruebas a su antojo, eso es obvio por desgracia, pero hasta hace muy poco ni siquiera teniamos donde agarrarnos los que intentabamos por ejemplo: Extinguir una pension compensatoria por tener una Vivencia Marital.......o que se la extingan porque le ha tocado la loteria o ha heredado una cantidad importante quien percibe esa pension.....o quien solicita una custodia compartida actualmente y quien la solicitaba hace 4 años....o quien solicita compartir gastos en las entregas y recogidas de los menores.....

En estos cuatro ejemplos, hasta hace poco menos de cuatro años, era practicamente imposible que salieran adelante, porque no habia la Abundante jurisprudencia que hoy extiste.

Poco a poco pero vamos avanzando. y eso es de lo que se trata.

Un saludo.

23/08/2015 14:09
Gracias Sard
23/08/2015 12:38
TRIBUNAL SUPREMO
SALA PRIMERA
Presidente Excmo Sr. D. Francisco Marín Castán
GABINETE TÉCNICO
Magistrado decano D.ª Rosa M.ª de Castro Martín

RECOPILACIÓN DE DOCTRINA JURISPRUDENCIAL DE LA SALA PRIMERA AÑO 2014

http://www.poderjudicial.es/stfls/TRIBUNAL SUPREMO/ACUERDOS y ESTUDIOS DOCTRINALES/FICHERO/20150203 Sumario - Recopilación doctrina jurisprudencial Sala Primera 2014.pdf

Descargaos este documento. En la página 62, apartado 6 aparece la referencia sobre la jurisprudencia de la que hablamos en este foro.

Un saludo
23/08/2015 10:53
A tenor de lo leído en varias sentencias de tribunales de instancia caben dos posibilidades. La primera es que se elimine la atribución de la vivienda al progenitor custodio estableciéndose una alternancia en el uso o bien que se limite en el tiempo al progenitor más necesitado. La segunda es que se dé continuidad a lo establecido en el convenio regulador. En este último caso lo que parece tener resultados positivos es interponer un recurso de casación. Siento no poder explicarme mejor.
22/08/2015 23:25
sard, al hijo mayor y también a la custodia que ya no ejerce la custidia al ser mayor de edad?
22/08/2015 21:13
Bueno más bien juicios, Encarnación. Quiero decir, que hay jueces que aplican por defecto que la atribución de la vivienda siga siendo al hijo mayor mientras tenga derecho a la pensión alimenticia. En ese caso se interpone un recurso de casación no sé con que garantías exactamente.
21/08/2015 23:05
sard, a que te refieres cuando dices que "hay sentencias que se pierden". Es que no entiendo tu mensaje.

Un saludo.
21/08/2015 18:45
En agosto no hay jyzgados ni abogados creo asi que de momento estara parado
21/08/2015 18:42
Pedramola dadnos noticias , estoy en tu caso igual al mio, aún no he iniciado nada
21/08/2015 18:35
Por lo que vengo observando hay sentencias que se pierden. Luego hacen un recurso de casación aportando la sentencia que creó la jurisprudencia en cuanto al cese de atribución de la vivienda. Ese es el modo a proceder. Corregirme si me equivoco.
28/07/2015 09:33
Este articulo es muy interesante:
http://www.abogadofamilia.es/detalle-novedades-legislativas.php?news_id=160
20/07/2015 13:12
Muchas gracias por el apoyo.
Ahora mismo estoy en el trámite de los 20 días para q la parte contraria responda a la demanda q le pusimos.
Aparentemente pinta bien, ya q han intentado negociar algunas cosas, pero no se corresponden con lo q pido.
Cuando el caso avance, os lo haré saber en este foro por si le sirve de ayuda a alguien.
20/07/2015 12:52
Mucho animo, hay ya mucha jurisprudencia que avala esa peticion, esperemos que lo consigas y nos lo cuentes para los que iremos despues, ademas creo que deberiamos asociarnos mas para conseguir cambios en la legislacion e impedir que nos traten como meros pagadores tras habernos dedicado muchos a nuestros hijos, algunos incluso mas que las madre, ademas de a pagar una vivienda digna para nuestra familia de la que se nos priva sin derechos ni indemnizacion de ningun tipo, de un bien tan fundamental y caro como es una vivienda
18/05/2015 01:00
Pedramola, mucho ánimo. Piensa que como mal menor se establecerá una fecha límite, entre seis meses y dos años, a partir de la cual habrá que vender la vivienda y mientras tanto disfrutaréis de ella por periodos alternos.
17/05/2015 16:10
Buenas tardes,
No t preocupes q cuando haya noticias iré informando por aquí.
La semana pasada expiró el plazo de 10 días que les dimos para intentar llegar a acuerdos. No se han molestado ni en contestar, así q esta próxima semana iniciamos los trámites para solicitar las modificaciones del acuerdo de divorcio.
Que no hayan ni contestado, a pesar de q sabía q era muy posible q así fuera, me ha descolocado un poco, no se si están muy concencidos de su victoria y pasan de negociaciones o por el contrario lo ven perdido y pasan del tema.
Un saludo.
17/05/2015 16:03
Buenas tardes. Estoy muy interesado en cómo te van las cosas, Pedramola, puesto que mi hija menor cumple los 18 en breve. Mi exmujer sigue atrincherada en la vivienda en común y tengo intención de solicitar el cese de la atribución de la vivienda en cuanto sea mayor de edad, tal y como me han aconsejado.
Un saludo.
02/05/2015 17:47
PARA CARMEN DOMINGUEZ ALONSO
usted trabaja en Sevilla? sabe si en Sevilla concretamente en el jzgado de Dos Hermanas, aplican lo del Supremo?
02/05/2015 17:21
Suerte Pedramola. Si te sirve de algo estoy deacuerdo en tu manera de actuar, a los hijos hay que darles un toque de atencion cuando piensan que pueden hacer de la capa un sayo, de otra manera las consecuencias suelen ser las que estamos viviendo en la actualidad.

Diferente es que "abandones" a tu hijo/ a su suerte, que por lo que cuentas no es tu caso.


Un saludo.