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Extinción proindiviso

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Extinción proindiviso
04/08/2014 10:35
Le cuento mi caso a ver si pueden ayudarme.
Estoy separado legalmente desde el año 2009. Después de algún tiempo para ponernos de acuerdo mi ex y yo hicimos la separación de gananciales en el año 2013 y en ella estipulamos la venta de la vivienda familiar, (en la que desde sentencia de separación y por acuerdo ocupo yo y se quedó en la separación de gananciales al 50%.). Firmamos ante notario un documento privado donde se estipulaban las condiciones de la venta. Una vez pasados 6 meses desde que la pusimos a la venta sin tener comprador decido comprar yo el 50% de mi ex y realizar la extinción del condominio. Para ello firmamos un contrato de arras el día 27 de mayo de 2014 donde se dice Clausula 2 “Don. MCL al adjudicarse el inmueble por el valor indicado asumirá de manera exclusiva la total responsabilidad personal derivada del préstamo hipotecario que grava la vivienda, desligando de toda responsabilidad a MEGG por tal causa. Obligándose a la salida o sustitución por persona distinta a MEGG de su posición como prestataria en el préstamo hipotecario referenciado en el plazo de 1 mes desde la firma del presente documento”. Clausula 5: “Ambos suscribientes se comprometen a facilitar, firmar y suscribir los documentos necesarios para la extinción del condominio y salida o sustitución de la Sra. MEGG del préstamo que grava la vivienda”.
Según esto empecé a realizar con el banco todas las gestiones oportunas para hacer un cambio en la hipoteca y dejarla solo a mi nombre. Todo estaba correcto y autorizado por el banco pero se acababa el plazo de 1 mes que nos dimos para la firma, con lo que le pedí a mi ex una prórroga del contrato de arras por 15 días mas (previo pago a cuenta de 7000 euros más). Llegado el día 15, el banco todavía no nos había dado cita para realizar los papeleos ente su gestoría y notario con lo que le pedí que me expidiera un documento para remitirle a mi ex donde dijeran en qué situación estaba los trámites y viera que estaba haciendo las gestiones oportunas. Ella contesta a este correo diciendo que no da más plazo que hasta el día 30 de julio y que llegado el día si no se ha realizado la compraventa pondrá en los juzgados el tema. La cuestión es que el banco ahora dice que la hipoteca está titularizada y que para resolver el tema necesita un margen de tiempo más largo. Cuando el banco me dijo esto y después de varios intentos fallidos de negociar con mi ex, le mandé un burofax donde le expreso mi intención real de compra y que si no se ha hecho ya es porque el banco, que es arte y parte en el tema, es el que está retrasando las gestiones. Yo me quiero agarrar a la clausula 2 y 5 comentada anteriormente, pero no sé realmente en qué situación estoy. ¿Podría perder la señal cuando yo he actuado de buena fe y según me ha indicado el banco? Yo sigo con la misma intención de compra y así se lo expreso en el burofax. Puedo hacer algo más para asegurarme la compra?.
Muchas gracias por su ayuda. Espero su respuesta.
Extinción proindiviso | PorticoLegal
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04/08/2014 10:35
Le cuento mi caso a ver si pueden ayudarme.
Estoy separado legalmente desde el año 2009. Después de algún tiempo para ponernos de acuerdo mi ex y yo hicimos la separación de gananciales en el año 2013 y en ella estipulamos la venta de la vivienda familiar, (en la que desde sentencia de separación y por acuerdo ocupo yo y se quedó en la separación de gananciales al 50%.). Firmamos ante notario un documento privado donde se estipulaban las condiciones de la venta. Una vez pasados 6 meses desde que la pusimos a la venta sin tener comprador decido comprar yo el 50% de mi ex y realizar la extinción del condominio. Para ello firmamos un contrato de arras el día 27 de mayo de 2014 donde se dice Clausula 2 “Don. MCL al adjudicarse el inmueble por el valor indicado asumirá de manera exclusiva la total responsabilidad personal derivada del préstamo hipotecario que grava la vivienda, desligando de toda responsabilidad a MEGG por tal causa. Obligándose a la salida o sustitución por persona distinta a MEGG de su posición como prestataria en el préstamo hipotecario referenciado en el plazo de 1 mes desde la firma del presente documento”. Clausula 5: “Ambos suscribientes se comprometen a facilitar, firmar y suscribir los documentos necesarios para la extinción del condominio y salida o sustitución de la Sra. MEGG del préstamo que grava la vivienda”.
Según esto empecé a realizar con el banco todas las gestiones oportunas para hacer un cambio en la hipoteca y dejarla solo a mi nombre. Todo estaba correcto y autorizado por el banco pero se acababa el plazo de 1 mes que nos dimos para la firma, con lo que le pedí a mi ex una prórroga del contrato de arras por 15 días mas (previo pago a cuenta de 7000 euros más). Llegado el día 15, el banco todavía no nos había dado cita para realizar los papeleos ente su gestoría y notario con lo que le pedí que me expidiera un documento para remitirle a mi ex donde dijeran en qué situación estaba los trámites y viera que estaba haciendo las gestiones oportunas. Ella contesta a este correo diciendo que no da más plazo que hasta el día 30 de julio y que llegado el día si no se ha realizado la compraventa pondrá en los juzgados el tema. La cuestión es que el banco ahora dice que la hipoteca está titularizada y que para resolver el tema necesita un margen de tiempo más largo. Cuando el banco me dijo esto y después de varios intentos fallidos de negociar con mi ex, le mandé un burofax donde le expreso mi intención real de compra y que si no se ha hecho ya es porque el banco, que es arte y parte en el tema, es el que está retrasando las gestiones. Yo me quiero agarrar a la clausula 2 y 5 comentada anteriormente, pero no sé realmente en qué situación estoy. ¿Podría perder la señal cuando yo he actuado de buena fe y según me ha indicado el banco? Yo sigo con la misma intención de compra y así se lo expreso en el burofax. Puedo hacer algo más para asegurarme la compra?.
Muchas gracias por su ayuda. Espero su respuesta.