Buenas tardes y gracias de antemano por su tiempo y asesoramiento.Mi pregunta es varias preguntas para asi tener claro el tema de una vez. 1/ Segun el articulo 166 se extiende la tarjeta Larga Duracion por ausencia mas de 12 meses CONSECUTIVOS. o sea si uno vuelve antes no tendra problema.(Ej. uno sale 11 meses vuelve a Espana y otra vez por motivos familiares sale otra vez a su pais).No hay computo global como antes (30 meses en los cinco anos de la tarjeta??). 2/ Se acepta un certificado de medico especialista privado como prueba de enfermedad ?Tener cita en mi pais dura mas de 1 ano y el estado de salud urge ser visto por un facultativo privado. 3/ En caso que un residente le extinguen la tarjeta,el proceso de recuperacion se puede hacer en Extranjeria en su ciudad en Espana o debe abandonar el pais y hacerlo en la embajada de Espana? La recuperacion es siempre factible y aceptada o pueden denegarla?Hablando aqui de un extranjero con la 4 tarjeta permanente y legal en Espana 25 anos.Es una falta leve o grave? Espero que reciba una respuesta detallada para que otros extranjeros tambien vean claras las cosas.Feliz verano y muchas gracias.