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Facturas y tasación costas

2 Comentarios
 
28/06/2012 01:56
Muchísimas gracias por responder 'Princeps Augustus'.
El problema es que a las sociedades se les mira con lupa por Hacienda en cuanto al pago de facturas se refiere y, en este caso, la 'nota' que presenta el procurador no lleva ni NIF, ni nº de factura, ni nada más.La minuta del abogado si está más completa.
Gracias, de nuevo por la respuesta.
28/06/2012 01:14
Ninguna, lo que dí debeis tener es la minuta de honorarios que se os traslada al solicitarse las costas, en el procedimiento está suficientemente acreditado el letrado y el procurador y por lo tanto no es necesario la formalidad de una factura estandard, es una mera liquidación de las costas procesales y si a la postre lo único que necesitas es un justificante del pago, tienes el decreto del juzgado que aprueba las costas y os señala como parte condenada al pago. Saludos.
Facturas y tasación costas
27/06/2012 12:32
Hola:
Interpuse Recurso de reposción contra una Diligencia de Ordenación. Desestimaron recurso con condena en costas. El Letrado y Procurador contrarios presentaron minuta de honorarios y una simple nota, respectivamente. Abonamos el importe de las costas y solicité que se requiriera a dichos profesionales para que facilitaran las correspondientes facturas de haber recibido dicho pago y ahora la Secretaria del Juzgado dice que eso es una cuestión "ajena al procedimiento" (increíble pero cierto...) y que en su caso se lo pidamos directamente a dichos profesionales. El Letrado sí presentó en su día una Minuta detallada pero no cosnta ni su DNI ni el nº de factura, y el procurador presentó una simple 'NOTA" consignando los importes y nada más, ni DNI ni nº factura ni nada. Mi cliente es una sociedad y necesita acreditar dicho pago como es debido. Lo más directo es pedir directamente a los compañeros la factura pero como el pleito se ha 'enconado mucho' por eso hicimos la petición via Juzgado.¿Hay alguna norma que obligue a presentar esas facturas ya pagadas ante el juzgado para que se las entreguen a mi cleinte?. Muchas gracias.
Facturas y tasación costas | PorticoLegal
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28/06/2012 01:56
Muchísimas gracias por responder 'Princeps Augustus'.
El problema es que a las sociedades se les mira con lupa por Hacienda en cuanto al pago de facturas se refiere y, en este caso, la 'nota' que presenta el procurador no lleva ni NIF, ni nº de factura, ni nada más.La minuta del abogado si está más completa.
Gracias, de nuevo por la respuesta.
28/06/2012 01:14
Ninguna, lo que dí debeis tener es la minuta de honorarios que se os traslada al solicitarse las costas, en el procedimiento está suficientemente acreditado el letrado y el procurador y por lo tanto no es necesario la formalidad de una factura estandard, es una mera liquidación de las costas procesales y si a la postre lo único que necesitas es un justificante del pago, tienes el decreto del juzgado que aprueba las costas y os señala como parte condenada al pago. Saludos.
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27/06/2012 12:32
Hola:
Interpuse Recurso de reposción contra una Diligencia de Ordenación. Desestimaron recurso con condena en costas. El Letrado y Procurador contrarios presentaron minuta de honorarios y una simple nota, respectivamente. Abonamos el importe de las costas y solicité que se requiriera a dichos profesionales para que facilitaran las correspondientes facturas de haber recibido dicho pago y ahora la Secretaria del Juzgado dice que eso es una cuestión "ajena al procedimiento" (increíble pero cierto...) y que en su caso se lo pidamos directamente a dichos profesionales. El Letrado sí presentó en su día una Minuta detallada pero no cosnta ni su DNI ni el nº de factura, y el procurador presentó una simple 'NOTA" consignando los importes y nada más, ni DNI ni nº factura ni nada. Mi cliente es una sociedad y necesita acreditar dicho pago como es debido. Lo más directo es pedir directamente a los compañeros la factura pero como el pleito se ha 'enconado mucho' por eso hicimos la petición via Juzgado.¿Hay alguna norma que obligue a presentar esas facturas ya pagadas ante el juzgado para que se las entreguen a mi cleinte?. Muchas gracias.