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fallece abuela sin testamento y no se hizo sucesiones ni nada

6 Comentarios
 
Fallece abuela sin testamento y no se hizo sucesiones ni nada
28/02/2014 18:59
Buenas tardes, haber si me podeis ayudar.
fallece abuela sin testamento en la comunidad valenciana,su unico hijo y marido ya habian fallecido antes, por lo tanto los herederos eran sus 3 unicos nietos, la cuestion esq esto paso hace dos anos, ella tenia 15000e y una casa vieja dejaron el dinero en las cuentas para mantener la vivienda durante un ano luego el resto lo repartieron entre 3 nietos, no han hecho nada porque al no ser casi importe pensaron q estaba casi exento, ahora se estan plantearlo arreglarlo todo para dejar la casa a nombre de los 3, pero no saben si esperarse los 2 anos y seismeses para q preescriba, q sancion pueden tener si no lo hacen y se esperan? Otra cosa la sra tenia una hermana viuda y sin hijos, q ahora tambien ha fallecido, ella no era heredera en su momento verdad?
gracias por las respuestas
28/02/2014 20:12
A ver si te sirve de ayuda. Lo primero es comprobar que realmente estaría exento del impuesto. Si así fuera, se pueden plantear arreglar el papeleo y declarar el impuesto de sucesiones, que solo dará lugar a una pequeña sanción por no haber declarado en el plazo de 6 meses. (podría ser de unos 100 € por heredero). Otra cuestión a tener en cuenta es la plusvalía municipal. Si el valor catastral del suelo de la casa es alto, habría que pensárselo, pues ahora mismo están en riesgo de que les giren la plusvalía con los recargos correspondientes, pero si hacen la escritura de aceptación de herencia, es prácticamente seguro que la liquidación con el recargo correspondiente llegará. Si el impuesto de sucesiones sale a pagar quizá lo más aconsejable sería no hacer nada ahora.
01/03/2014 02:18
Muchas gracias,me sirve de mucho, la cuestion esque si tiene plusvaua,de unos 2000e, lo unico q les preocupa,es que como ahora con las fusiones de los bancos,les han cambiado los numeros de cuenta, y hasta ahora estaba el ibi domiciliado,si lo giran por la cuenta antiguo casi seguro llegara devuelto,y no saben como pedir un duplicado del mismo para poder liquidarlo,pq el ayunramiento de valencia exige que lo solicite el titular de la vivienda,y evidentemente esto ahora no es posible,la cuestion es si se devuelve el ibi, el ayto lo mandara de nyevo por correo certificado? o no lo hara y esto puede hacer que detecten que ese titular a fallecido y les sancionen?

gracias de antemano
01/03/2014 19:24
No estoy seguro, pero parece que estás confundiendo el IBI con la plusvalía o impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. El primero se paga anualmente y el segundo sólo cuando se produce una transmisión (como una herencia) y tiene el mismo plazo de liquidación y de prescripción que el impuesto de sucesiones. Su importe depende del valor catastral del suelo y de los años que haya estado en el patrimonio del causante desde que lo adquirió, con un máximo de 20. A partir de los 20 años ya no sube más.
05/03/2014 01:05
Gracias por la respuesta ABQ, pero no me confundo, me refiero al ibi em todo momento, como la casa no esta arreglada ante el catastro es de su titular inicial, es decir su abuela, q es lo q pasa? Pues q el ibi sigue llegsndo a nombre de su abuela y esta domiciliado en una cuenta bancaria de la misma, la duda surge porque con las fusiones de los bcos, les han cambiado el numero de cuenta, por lo q el ayto lo girara por la cuenta anterior y evidentemente el bco devolvera este recibo, recibo del q no pueden pedir duplicado ni domiciliar en otra cta, pq en el ayto entiendo q veran q esa casa esta a nombre de un titular fallecido, como pueden pagar este ibi entonces?

muchas graciad
05/03/2014 09:52
No estés tan seguro de que el banco devolverá esos recibos. Yo he tenido recibos domiciliados con números de cuenta cambiados y el banco ha seguido atendiédolos sin tan siquiera quejarse de que el número ya no valía.
14/03/2014 21:51
Gracias de nuevo a todos, pero en el hipotetico caso de q el banco no atienda ese IBI, como se podria conseguir un duplicado del recibo para pagarlo por ventanilla, pues como he comentado la vivienda sigue estando a nombre de la abuela y esta fallecida, por lo que les han dicho en el ayto de Valencia tiene q ir el titular a solicitar duplicado del recibo, lo que resulra imposible pq esta fallecido. Que pueden hacer en este caso?? Como pueden conseguir ese recibo?
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28/02/2014 18:59
Buenas tardes, haber si me podeis ayudar.
fallece abuela sin testamento en la comunidad valenciana,su unico hijo y marido ya habian fallecido antes, por lo tanto los herederos eran sus 3 unicos nietos, la cuestion esq esto paso hace dos anos, ella tenia 15000e y una casa vieja dejaron el dinero en las cuentas para mantener la vivienda durante un ano luego el resto lo repartieron entre 3 nietos, no han hecho nada porque al no ser casi importe pensaron q estaba casi exento, ahora se estan plantearlo arreglarlo todo para dejar la casa a nombre de los 3, pero no saben si esperarse los 2 anos y seismeses para q preescriba, q sancion pueden tener si no lo hacen y se esperan? Otra cosa la sra tenia una hermana viuda y sin hijos, q ahora tambien ha fallecido, ella no era heredera en su momento verdad?
gracias por las respuestas
28/02/2014 20:12
A ver si te sirve de ayuda. Lo primero es comprobar que realmente estaría exento del impuesto. Si así fuera, se pueden plantear arreglar el papeleo y declarar el impuesto de sucesiones, que solo dará lugar a una pequeña sanción por no haber declarado en el plazo de 6 meses. (podría ser de unos 100 € por heredero). Otra cuestión a tener en cuenta es la plusvalía municipal. Si el valor catastral del suelo de la casa es alto, habría que pensárselo, pues ahora mismo están en riesgo de que les giren la plusvalía con los recargos correspondientes, pero si hacen la escritura de aceptación de herencia, es prácticamente seguro que la liquidación con el recargo correspondiente llegará. Si el impuesto de sucesiones sale a pagar quizá lo más aconsejable sería no hacer nada ahora.
01/03/2014 02:18
Muchas gracias,me sirve de mucho, la cuestion esque si tiene plusvaua,de unos 2000e, lo unico q les preocupa,es que como ahora con las fusiones de los bancos,les han cambiado los numeros de cuenta, y hasta ahora estaba el ibi domiciliado,si lo giran por la cuenta antiguo casi seguro llegara devuelto,y no saben como pedir un duplicado del mismo para poder liquidarlo,pq el ayunramiento de valencia exige que lo solicite el titular de la vivienda,y evidentemente esto ahora no es posible,la cuestion es si se devuelve el ibi, el ayto lo mandara de nyevo por correo certificado? o no lo hara y esto puede hacer que detecten que ese titular a fallecido y les sancionen?

gracias de antemano
01/03/2014 19:24
No estoy seguro, pero parece que estás confundiendo el IBI con la plusvalía o impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. El primero se paga anualmente y el segundo sólo cuando se produce una transmisión (como una herencia) y tiene el mismo plazo de liquidación y de prescripción que el impuesto de sucesiones. Su importe depende del valor catastral del suelo y de los años que haya estado en el patrimonio del causante desde que lo adquirió, con un máximo de 20. A partir de los 20 años ya no sube más.
05/03/2014 01:05
Gracias por la respuesta ABQ, pero no me confundo, me refiero al ibi em todo momento, como la casa no esta arreglada ante el catastro es de su titular inicial, es decir su abuela, q es lo q pasa? Pues q el ibi sigue llegsndo a nombre de su abuela y esta domiciliado en una cuenta bancaria de la misma, la duda surge porque con las fusiones de los bcos, les han cambiado el numero de cuenta, por lo q el ayto lo girara por la cuenta anterior y evidentemente el bco devolvera este recibo, recibo del q no pueden pedir duplicado ni domiciliar en otra cta, pq en el ayto entiendo q veran q esa casa esta a nombre de un titular fallecido, como pueden pagar este ibi entonces?

muchas graciad
05/03/2014 09:52
No estés tan seguro de que el banco devolverá esos recibos. Yo he tenido recibos domiciliados con números de cuenta cambiados y el banco ha seguido atendiédolos sin tan siquiera quejarse de que el número ya no valía.
14/03/2014 21:51
Gracias de nuevo a todos, pero en el hipotetico caso de q el banco no atienda ese IBI, como se podria conseguir un duplicado del recibo para pagarlo por ventanilla, pues como he comentado la vivienda sigue estando a nombre de la abuela y esta fallecida, por lo que les han dicho en el ayto de Valencia tiene q ir el titular a solicitar duplicado del recibo, lo que resulra imposible pq esta fallecido. Que pueden hacer en este caso?? Como pueden conseguir ese recibo?