el hecho de que el antiguo propietario hata fallecido, no cambia en nada tu situación. Lo que si sucede en tu caso, es que teniendo un contrato no sometido a prorroga forzosa te pueden requerir de desalojo con un minimo de antelación de un mes a la finalización de la última anualidad de la prorroga de tu contrato. El requerimiento de desalojo tiene que ser hecho de manera fehaciente y en el plazo previsto, sino, tu contrato se considerará prorrogado por un año más.
El propietario del piso acaba de fallecer dejando herederos. Me temo que quieran vender la propiedad. ¿Pueden rescindirme el contrato?. Mi contrato comenzó en Junio de 1994 y se ha ido renovando tácitamente. Gracias