Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Fallecimiento ¿qué ocurre con las cuentas y fondos con titularidad de ambos cónyuges?

2 Comentarios
 
Fallecimiento ¿qué ocurre con las cuentas y fondos con titularidad de ambos cónyuges?
08/09/2021 19:55
Hola. Quería saber si en caso de fallecimiento de un miembro del matrimonio, con cuentas y fondos de inversión en titularidad con su cónyuge, cómo computan en herencia. ¿Va la mitad de ese dinero al cónyuge sin pagar impuesto de sucesiones? La otra mitad iría al hijo que pagaría el impuesto si supera la cantidad establecida? Gracias.
08/09/2021 22:42
Voy a asumir que están casados en régimen de gananciales. Si es así, el régimen de gananciales se disuelve con el fallecimiento de cualquiera de los cónyuges y, en consecuencia, se liquida previamente a la adjudicación hereditaria.

Así, la mitad del patrimonio de la sociedad de gananciales quedaría, tras su liquidación, en manos del cónyuge superviviente sin tener que liquidar impuestos. La otra mitad formaría parte del caudal hereditario por lo que quedaría gravado por el Impuesto de Sucesiones. Ten en cuenta que el cónyuge superviviente participa de la herencia, como mínimo con el usufructo viudal (el usufructo del tercio de libre disposición), por lo que participaría también (según el caso) del Impuesto de Sucesiones.
11/09/2021 07:25
elminster
Muchas gracias por la respuesta Elminster. Después de publicar mi pregunta, investigando ya llegué a conocer el tema de la liquidación de gananciales. Con las posibles ventajas fiscales de ese reparto, si por ejemplo se consigna la vivienda habitual al fallecido y no al cónyuge. Que no habría problema para cualquier reparto ya que se trata de viuda e hijo único.

Mi duda queda aclarada. Gracias de nuevo.
Fallecimiento ¿qué ocurre con las cuentas y fondos con titularidad de ambos cónyuges? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Fallecimiento ¿qué ocurre con las cuentas y fondos con titularidad de ambos cónyuges?

2 Comentarios
 
Fallecimiento ¿qué ocurre con las cuentas y fondos con titularidad de ambos cónyuges?
08/09/2021 19:55
Hola. Quería saber si en caso de fallecimiento de un miembro del matrimonio, con cuentas y fondos de inversión en titularidad con su cónyuge, cómo computan en herencia. ¿Va la mitad de ese dinero al cónyuge sin pagar impuesto de sucesiones? La otra mitad iría al hijo que pagaría el impuesto si supera la cantidad establecida? Gracias.
08/09/2021 22:42
Voy a asumir que están casados en régimen de gananciales. Si es así, el régimen de gananciales se disuelve con el fallecimiento de cualquiera de los cónyuges y, en consecuencia, se liquida previamente a la adjudicación hereditaria.

Así, la mitad del patrimonio de la sociedad de gananciales quedaría, tras su liquidación, en manos del cónyuge superviviente sin tener que liquidar impuestos. La otra mitad formaría parte del caudal hereditario por lo que quedaría gravado por el Impuesto de Sucesiones. Ten en cuenta que el cónyuge superviviente participa de la herencia, como mínimo con el usufructo viudal (el usufructo del tercio de libre disposición), por lo que participaría también (según el caso) del Impuesto de Sucesiones.
11/09/2021 07:25
elminster
Muchas gracias por la respuesta Elminster. Después de publicar mi pregunta, investigando ya llegué a conocer el tema de la liquidación de gananciales. Con las posibles ventajas fiscales de ese reparto, si por ejemplo se consigna la vivienda habitual al fallecido y no al cónyuge. Que no habría problema para cualquier reparto ya que se trata de viuda e hijo único.

Mi duda queda aclarada. Gracias de nuevo.