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Falsedad en escritura pública

14 Comentarios
 
13/06/2014 22:31
¿Cómo puedo conocer exactamente el importe de las tasas judiciales por procedimiento verbal, reclamando 1900 euros?
Supongo que las tasas no serán siempre 800 euros.¿o sí?
Supongo, dentro de mi ignorancia, que las tasas dependerán del procedimiento y del importe que se reclama...¿no?
13/06/2014 22:25
Es decir, que tendría que interponer denuncia ...por estafa y falsedad en documento público. Porque según entiendo, Antoniomajo, las denuncias no conllevan tasas, y las demandas sí.



13/06/2014 21:12
piensa que si presentas demanda en el juzgado, las tasas que te van a exigir seran de unos 800 euros (que no recuperas aunque ganes) y te obligaran a ir representado de abogado y procurador.(esto es la ley gallardon)
saludos
07/06/2014 12:32
He interpuesto una demanda de acto de conciliación por mi cuenta. No puedo permitirme abonar la minuta de un abogado.
El vendedor me ha telefoneado con muy mal talante, sin ningún ánimo de abonar las derramas aprobadas mientras él era propietario. Me ha dicho que no va a asistir al acto de conciliación.

Quería saber si, puedo interponer denuncia por estafa y falsedad en documento público, al mismo tiempo que demanda civil (procedimiento verbal por reclamación de 1900 euros). O si por el contrario, no puedo alternar ambos procesos.

Mi interés es que el vendedor asuma su responsabilidad en el abono de las derramas. No se si para ello debo interponer denuncia, o demanda.

Muchas gracias por vuestras opiniones



16/02/2014 18:49
Gracias Juan S. Eso voy a hacer.
16/02/2014 17:48
Creo que te conviene acudir a un abogado cuanto antes. Si no sabes de ninguno, seguro que podrás preguntar en el Colegio de Abogados.
15/02/2014 14:52
Gracias por tu opinión Acriton.
Lo cierto que en el acta de la junta celebrada 4 meses antes de comprar el piso NO consta el vendedor como presente, ni como representado, en la reunión de propietarios.

Curiosamente, cuando he acudido con el acta de esa junta de propietarios y las escrituras de compraventa a preguntar al oficial de la notaria (que conoce al vendedor), me ha dicho que el vendedor seguramente no sabía de la existencia de esas derramas. Pero en la convocatoria de la junta se dice bien claro que los puntos a tratar son la aprobación de esas derramas, derivadas en acuerdos adoptados en 2012....Vamos, que el vendedor no puede hacerse ahora el ignorante.

Pero si además es responsable, de alguna forma el propio Administrador... el vendedor se excudará en "me lo ha dicho el administrador",, y éste en "yo reflejé en la certificación de deuda lo que dice la ley"... y al final ¿a quién reclamo yo? Porque lo que está claro es que la comunidad me exige a mi el pago de las derramas, y no al vendedor.
15/02/2014 13:48
Lo que está claro, es que jesus33, se encuentra con la aprobación de una derrama, en una Junta anterior a ser él propietario.
Sería interesante saber, si el vendedor asistió a la Junta y que votó.
En cualquier caso, parece que el Administrador debe incluir en su informe, el acuerdo tomado sobre derramas, aunque estas aun no se estén pasando al cobro, en la fecha de la firma de la escritura.
Es un tema de simple honestidad del Administrador, por lo que se ve no muy frecuente en esa profesión.
15/02/2014 12:57
Gracias Juan S. Eso que dices es exactamente lo que creo, que me han estafado. Pero no se cómo enviarle una carta dicéndoselo, ni exigiendole el pago de las derramas.... Voy a buscar algún modelo-plantilla en la red.
Creo que lo mejor es contratar directamente el letrado, pero no conozco ninguno, y a nadie de esta localidad que me pueda aconsejar.
Soy nuevo en esta comunidad autónoma valenciana, me traslade aquí pensando en mi bienestar y salud, en clima y evitar problemas...
NO me conceden la justicia gratuita, porque ni tan siquiera me ha dado tiempo a empadronarme con tantos líos del piso...
Gracias.
15/02/2014 12:40
En mi opinión, el vendedor probablemente ha incurrido en un delito (estafa, falsedad en documento público, ...), aparte de su responsabilidad civil por saneamiento de la cosa vendida.
En consecuencia, yo le exigiría el pago inmediato de esas derramas (aunque todavía no sean exigibles) con la advertencia de que si no te las paga de forma inmediata, le sientas en el banquillo.
Una vez transcurrido un plazo razonable para el pago, por ejemplo una semana, acudiría a un abogado para que él vea si conviene ir por la vía penal o la civil o ambas.
15/02/2014 09:29
Ya, pero la "inversión" de la que hablas no estaba en mis planes. Ni tan siquiera puedo permitirmela económicamente.
El vendedor, prometió ante un Notario, que no existía ninguna "inversión" planificada, o sea que no había ninguna derrama aprobada. Y yo lo compré en esas condiciones.

Y sí, las derramas son para reparar las fachadas de todo el edificio, aunque la comunidad no tiene base o informe pericial que indique su necesidad.
15/02/2014 08:16
Todos tendemos a tomar las derramas en las comunidades como un gasto cuando en realidad es una inversion. Cuando adquirimos un inmueble lo hacemos atendiendo a varios factores, nos gusta su ubicacion (es una zona que por lo que sea nos atrae, cercania al trabajo, a la familia, buenos accesos, etc.), nos gusta como es (numero de dormitorios, servicios, terraza, etc). Lo hemos visitado varias veces, hemos podido verificar su situación juridica, como se encuentra (pintura, sanitarios, servicios comunes, etc, etc) y sobre todo nos ha convencido su precio. Juntando todos estos factores y alguno mas nos encontramos con que una vez hecha la compra, el edificio se va a rehabilitar, cambiar bajantes o ascendentes generales, sustitucion de acometidas electricas, o cualquier otra mejora en las zonas comunes que tambien hemos comprado. No podemos reducir la compra a la parte existente de puerta adentro, al comprar la casa tambien compramos una parte de las zonas comunes y como nuestras hemos de entenderlo. Existe la creencia generalizada igualmente de que lo de fuera no es nuestro y al fin y al cabo lo que hacemos cada vez que gastamos un euro en zonas comunes es invertirlo en nosotros mismos. Una vivienda (edificio) tiene una vida util que se asigna cuando se construye en funcion de distintos parametros, materiales, tipo de construccion, zona, etc, etc, de pongamos 80 años, cada vez que realizamos un mantenimiento de ese edificio lo que hacemos es aumentar su vida util.
No entendamos por tanto como gasto o penalizacion lo que es inversion en nuestros propios bienes. Podriamos hacer una sencilla prueba, pero claro como tido en esta vida nos costara dinero. Solicite una tasacion de la vivienda sntes y despues de la rehabilitacion que se va a realizar, si la diferencia obtenida es cuantificsble en dinerk y nos arroja un valor a favor es evidentd que estamos haciendo un desembolso en nosotros mismos.
Dicho esto siempre desde el punto de vista de que las derramas a realizar son por obras de mejora, ahora si se trsta de reparar un fallo estructural del edificio (reforzar cimientos pir que se cae) ya cambua el tema y estariamos ante un defecto oculto grave que si seria reclamable al vendedor. Por tanto mi recomendacion es que lo mire friamente y si el gasto se refiere a una inversion evidente en vd mismo tire para adelante y no tenga miedo que esta invirtiendo en su propio patrimonio, si es un gasto para reparacion de defectos graves que de conocerlos con anterioridad habrian afectado negativamente a su decisión de compra entonces planteese la reclamación.
14/02/2014 12:00
Gracias Enderbury21.
El caso es que compré la vivienda pensando que no había derramas aprobadas y así también pensó el Notario.
Si hubiera sabido la existencia de esas derramas aprobadas, hubiera regateado el precio del piso en el monto de esas derramas

Yo he sido engañado. Y las escrituras no reflejan la realidad. Me gustaría saber cómo arreglar este asunto.

Gracias
14/02/2014 11:30
En cuanto al certificado que emite el Administrador de ls Comunidad nada que objetar pues el mismo se refiere a la situación de la vivienda en el momento de su emision, por tanto si no hay recibos pendientes de pago con vto atrasado seria correcto. En cuanto a las posibles derramas aprobadas estas no son exigibles hasta el momento de poner en circulacion los recibos que se pacten . Si tenemos en cuenta que cualquier derrama aprobada lo es para mejoras en el edificio, el importe sera a cargo del nuevo propietario que es quien va a disfrutar de dichas mejoras. Difícilmente podemos reclamar a un tercero un beneficio propio. Si despues de comprar la vivienda se pinta o revoca la fachada esta aumenta su valor, por tanto no podemos reclamar al anterior propietario algo que solo vamos a disfrutar nosotros y que a la sazon nos va a generar un beneficio.
Falsedad en escritura pública
14/02/2014 07:10

Hace dos meses he comprado una vivienda. El vendedor me dijo que no tenia cuotas pendientes de pago con la comunidad de propietarios, ni había derramas aprobadas pendientes de abonarse.

El vendedor aportó el "certificado de deuda" firmado por el Secretario-Administrador, donde reza:
"la propiedad se encuentra al corriente de pago de los gastos comunes emitidos por la comunidad hasta 31-12-2013".
Y el notario dejó constancia en las escrituras públicas de compraventa lo siguiente:

" que Jesús... compra, ...como el pleno dominio de la finca ...libre de cargas y gravámenes, sin inquilinos ni ocupantes, al corriente en el pago de impuestos, contribuciones, arbitrios, gastos de comunidad, ..."

Posteriormente en las escrituras pone:
"De acuerdo con lo dispuesto en el art 9º-1-e de la Ley de Propiedad Horizontal, manifiesta la parte vendedora que la finca transmitida se encuentra al corriente en el pago de los gastos generales de Comunidad de propietarios, así como los derivados de la realización de obras de conservación, y que NO EXISTEN DERRAMAS PARA EL PAGO DE MEJORAS EN EL INMUEBLE QUE HAYAN DE HACERSE EFECTIVAS A PARTIR DEL DÍA DE HOY. Me hace entrega del certificado a que se refiere el citado artículo, de DONDE SE DEDUCE HALLARSE AL CORRIENTE en los gastos generales del edificio HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013""


Para mí estaba meridianamente claro que no existían derramas comunitarias aprobadas, porque así me lo había dicho el vendedor, porque así se lo dijo al notario, y porque el Administrador parecía que lo confirmaba.

Pero lo cierto es que el vendedor mintió.
´Hace unos días me enteré que en reuniones celebradas anteriormente a mi compra, se aprobaron varias derramas que se cobrarán a los comuneros entre 2014 y 2015 (por ser de gran cuantía).

Y esta es la cuestión: ¿Cometió el vendedor una estafa? ¿falsedad en documento público? ¿tengo que ser yo quien abone las derramas a la comunidad?. Si fuera así, ¿cómo reclamo el importe de estas derramas al vendedor?

¿Qué puedo hacer legalmente para que el vendedor se responsabilice de las derramas que me ocultó a mí y al notario?
¿denuncio? ¿voy directo al Juzgado de Guardia?
¿Es el procedimiento adecuado una demanda? ¿de qué tipo?



Muchas gracias.
Falsedad en escritura pública | PorticoLegal
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Falsedad en escritura pública

14 Comentarios
 
13/06/2014 22:31
¿Cómo puedo conocer exactamente el importe de las tasas judiciales por procedimiento verbal, reclamando 1900 euros?
Supongo que las tasas no serán siempre 800 euros.¿o sí?
Supongo, dentro de mi ignorancia, que las tasas dependerán del procedimiento y del importe que se reclama...¿no?
13/06/2014 22:25
Es decir, que tendría que interponer denuncia ...por estafa y falsedad en documento público. Porque según entiendo, Antoniomajo, las denuncias no conllevan tasas, y las demandas sí.



13/06/2014 21:12
piensa que si presentas demanda en el juzgado, las tasas que te van a exigir seran de unos 800 euros (que no recuperas aunque ganes) y te obligaran a ir representado de abogado y procurador.(esto es la ley gallardon)
saludos
07/06/2014 12:32
He interpuesto una demanda de acto de conciliación por mi cuenta. No puedo permitirme abonar la minuta de un abogado.
El vendedor me ha telefoneado con muy mal talante, sin ningún ánimo de abonar las derramas aprobadas mientras él era propietario. Me ha dicho que no va a asistir al acto de conciliación.

Quería saber si, puedo interponer denuncia por estafa y falsedad en documento público, al mismo tiempo que demanda civil (procedimiento verbal por reclamación de 1900 euros). O si por el contrario, no puedo alternar ambos procesos.

Mi interés es que el vendedor asuma su responsabilidad en el abono de las derramas. No se si para ello debo interponer denuncia, o demanda.

Muchas gracias por vuestras opiniones



16/02/2014 18:49
Gracias Juan S. Eso voy a hacer.
16/02/2014 17:48
Creo que te conviene acudir a un abogado cuanto antes. Si no sabes de ninguno, seguro que podrás preguntar en el Colegio de Abogados.
15/02/2014 14:52
Gracias por tu opinión Acriton.
Lo cierto que en el acta de la junta celebrada 4 meses antes de comprar el piso NO consta el vendedor como presente, ni como representado, en la reunión de propietarios.

Curiosamente, cuando he acudido con el acta de esa junta de propietarios y las escrituras de compraventa a preguntar al oficial de la notaria (que conoce al vendedor), me ha dicho que el vendedor seguramente no sabía de la existencia de esas derramas. Pero en la convocatoria de la junta se dice bien claro que los puntos a tratar son la aprobación de esas derramas, derivadas en acuerdos adoptados en 2012....Vamos, que el vendedor no puede hacerse ahora el ignorante.

Pero si además es responsable, de alguna forma el propio Administrador... el vendedor se excudará en "me lo ha dicho el administrador",, y éste en "yo reflejé en la certificación de deuda lo que dice la ley"... y al final ¿a quién reclamo yo? Porque lo que está claro es que la comunidad me exige a mi el pago de las derramas, y no al vendedor.
15/02/2014 13:48
Lo que está claro, es que jesus33, se encuentra con la aprobación de una derrama, en una Junta anterior a ser él propietario.
Sería interesante saber, si el vendedor asistió a la Junta y que votó.
En cualquier caso, parece que el Administrador debe incluir en su informe, el acuerdo tomado sobre derramas, aunque estas aun no se estén pasando al cobro, en la fecha de la firma de la escritura.
Es un tema de simple honestidad del Administrador, por lo que se ve no muy frecuente en esa profesión.
15/02/2014 12:57
Gracias Juan S. Eso que dices es exactamente lo que creo, que me han estafado. Pero no se cómo enviarle una carta dicéndoselo, ni exigiendole el pago de las derramas.... Voy a buscar algún modelo-plantilla en la red.
Creo que lo mejor es contratar directamente el letrado, pero no conozco ninguno, y a nadie de esta localidad que me pueda aconsejar.
Soy nuevo en esta comunidad autónoma valenciana, me traslade aquí pensando en mi bienestar y salud, en clima y evitar problemas...
NO me conceden la justicia gratuita, porque ni tan siquiera me ha dado tiempo a empadronarme con tantos líos del piso...
Gracias.
15/02/2014 12:40
En mi opinión, el vendedor probablemente ha incurrido en un delito (estafa, falsedad en documento público, ...), aparte de su responsabilidad civil por saneamiento de la cosa vendida.
En consecuencia, yo le exigiría el pago inmediato de esas derramas (aunque todavía no sean exigibles) con la advertencia de que si no te las paga de forma inmediata, le sientas en el banquillo.
Una vez transcurrido un plazo razonable para el pago, por ejemplo una semana, acudiría a un abogado para que él vea si conviene ir por la vía penal o la civil o ambas.
15/02/2014 09:29
Ya, pero la "inversión" de la que hablas no estaba en mis planes. Ni tan siquiera puedo permitirmela económicamente.
El vendedor, prometió ante un Notario, que no existía ninguna "inversión" planificada, o sea que no había ninguna derrama aprobada. Y yo lo compré en esas condiciones.

Y sí, las derramas son para reparar las fachadas de todo el edificio, aunque la comunidad no tiene base o informe pericial que indique su necesidad.
15/02/2014 08:16
Todos tendemos a tomar las derramas en las comunidades como un gasto cuando en realidad es una inversion. Cuando adquirimos un inmueble lo hacemos atendiendo a varios factores, nos gusta su ubicacion (es una zona que por lo que sea nos atrae, cercania al trabajo, a la familia, buenos accesos, etc.), nos gusta como es (numero de dormitorios, servicios, terraza, etc). Lo hemos visitado varias veces, hemos podido verificar su situación juridica, como se encuentra (pintura, sanitarios, servicios comunes, etc, etc) y sobre todo nos ha convencido su precio. Juntando todos estos factores y alguno mas nos encontramos con que una vez hecha la compra, el edificio se va a rehabilitar, cambiar bajantes o ascendentes generales, sustitucion de acometidas electricas, o cualquier otra mejora en las zonas comunes que tambien hemos comprado. No podemos reducir la compra a la parte existente de puerta adentro, al comprar la casa tambien compramos una parte de las zonas comunes y como nuestras hemos de entenderlo. Existe la creencia generalizada igualmente de que lo de fuera no es nuestro y al fin y al cabo lo que hacemos cada vez que gastamos un euro en zonas comunes es invertirlo en nosotros mismos. Una vivienda (edificio) tiene una vida util que se asigna cuando se construye en funcion de distintos parametros, materiales, tipo de construccion, zona, etc, etc, de pongamos 80 años, cada vez que realizamos un mantenimiento de ese edificio lo que hacemos es aumentar su vida util.
No entendamos por tanto como gasto o penalizacion lo que es inversion en nuestros propios bienes. Podriamos hacer una sencilla prueba, pero claro como tido en esta vida nos costara dinero. Solicite una tasacion de la vivienda sntes y despues de la rehabilitacion que se va a realizar, si la diferencia obtenida es cuantificsble en dinerk y nos arroja un valor a favor es evidentd que estamos haciendo un desembolso en nosotros mismos.
Dicho esto siempre desde el punto de vista de que las derramas a realizar son por obras de mejora, ahora si se trsta de reparar un fallo estructural del edificio (reforzar cimientos pir que se cae) ya cambua el tema y estariamos ante un defecto oculto grave que si seria reclamable al vendedor. Por tanto mi recomendacion es que lo mire friamente y si el gasto se refiere a una inversion evidente en vd mismo tire para adelante y no tenga miedo que esta invirtiendo en su propio patrimonio, si es un gasto para reparacion de defectos graves que de conocerlos con anterioridad habrian afectado negativamente a su decisión de compra entonces planteese la reclamación.
14/02/2014 12:00
Gracias Enderbury21.
El caso es que compré la vivienda pensando que no había derramas aprobadas y así también pensó el Notario.
Si hubiera sabido la existencia de esas derramas aprobadas, hubiera regateado el precio del piso en el monto de esas derramas

Yo he sido engañado. Y las escrituras no reflejan la realidad. Me gustaría saber cómo arreglar este asunto.

Gracias
14/02/2014 11:30
En cuanto al certificado que emite el Administrador de ls Comunidad nada que objetar pues el mismo se refiere a la situación de la vivienda en el momento de su emision, por tanto si no hay recibos pendientes de pago con vto atrasado seria correcto. En cuanto a las posibles derramas aprobadas estas no son exigibles hasta el momento de poner en circulacion los recibos que se pacten . Si tenemos en cuenta que cualquier derrama aprobada lo es para mejoras en el edificio, el importe sera a cargo del nuevo propietario que es quien va a disfrutar de dichas mejoras. Difícilmente podemos reclamar a un tercero un beneficio propio. Si despues de comprar la vivienda se pinta o revoca la fachada esta aumenta su valor, por tanto no podemos reclamar al anterior propietario algo que solo vamos a disfrutar nosotros y que a la sazon nos va a generar un beneficio.
Falsedad en escritura pública
14/02/2014 07:10

Hace dos meses he comprado una vivienda. El vendedor me dijo que no tenia cuotas pendientes de pago con la comunidad de propietarios, ni había derramas aprobadas pendientes de abonarse.

El vendedor aportó el "certificado de deuda" firmado por el Secretario-Administrador, donde reza:
"la propiedad se encuentra al corriente de pago de los gastos comunes emitidos por la comunidad hasta 31-12-2013".
Y el notario dejó constancia en las escrituras públicas de compraventa lo siguiente:

" que Jesús... compra, ...como el pleno dominio de la finca ...libre de cargas y gravámenes, sin inquilinos ni ocupantes, al corriente en el pago de impuestos, contribuciones, arbitrios, gastos de comunidad, ..."

Posteriormente en las escrituras pone:
"De acuerdo con lo dispuesto en el art 9º-1-e de la Ley de Propiedad Horizontal, manifiesta la parte vendedora que la finca transmitida se encuentra al corriente en el pago de los gastos generales de Comunidad de propietarios, así como los derivados de la realización de obras de conservación, y que NO EXISTEN DERRAMAS PARA EL PAGO DE MEJORAS EN EL INMUEBLE QUE HAYAN DE HACERSE EFECTIVAS A PARTIR DEL DÍA DE HOY. Me hace entrega del certificado a que se refiere el citado artículo, de DONDE SE DEDUCE HALLARSE AL CORRIENTE en los gastos generales del edificio HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2013""


Para mí estaba meridianamente claro que no existían derramas comunitarias aprobadas, porque así me lo había dicho el vendedor, porque así se lo dijo al notario, y porque el Administrador parecía que lo confirmaba.

Pero lo cierto es que el vendedor mintió.
´Hace unos días me enteré que en reuniones celebradas anteriormente a mi compra, se aprobaron varias derramas que se cobrarán a los comuneros entre 2014 y 2015 (por ser de gran cuantía).

Y esta es la cuestión: ¿Cometió el vendedor una estafa? ¿falsedad en documento público? ¿tengo que ser yo quien abone las derramas a la comunidad?. Si fuera así, ¿cómo reclamo el importe de estas derramas al vendedor?

¿Qué puedo hacer legalmente para que el vendedor se responsabilice de las derramas que me ocultó a mí y al notario?
¿denuncio? ¿voy directo al Juzgado de Guardia?
¿Es el procedimiento adecuado una demanda? ¿de qué tipo?



Muchas gracias.