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Falso arrendamiento de temporada

40 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 40 comentarios
12/04/2006 22:58
Fontanero, no siempre es viveza de los inquilinos; yo tome este contrato porque como soy sola no podía acceder a los precios de mercado, y creí de buena fé que los once meses eran un tema de confianza (soy nacida en el extranjero y como sabes soy "yo, ali baba y los cuarenta ladrones" a la hora de alquilar), no que quería equilibrar sus economías a cuenta del tonto/a de turno (es natural que al alquilar se busque un beneficio pero aumentar el precio a límites absurdos es usura). Además, me enteré del fraude 11 meses de casualidad, buscaba saber si seguía teniendo la obligación de dar el preaviso aun cuando me habia enviado burofax (un alquiler aparece de un día para otro),... gracias a dios que existe este foro.
17/04/2006 00:13
Si no interesa un contrato de temporada, lo que hay que hacer es negarse a firmar ese contrato y pedir uno normal; si el propietario no accede, se busca otro piso.

Es la mejor manera de evitar líos
30/10/2006 16:14
A mi me está pasando algo parecido. El año pasado alquilé un piso a través de una dministrador de fincas, por 1 año de temporada. El contrato acabó en Junio y hasta Octubre la propietaria me dice que dentro de poco me harñá firmar otro contrato de temporada de otro año y que me sube 50 euros al mes así porque si (sin ser IPC). Luego me niego, y un abogado me comentó todo esto del fraude de los contratos de temporada que yo tampoco sabía. Pero es muy fuerte que después de hablar con el administrador de fincas me manda un burofax y dice que a finales del mes que viene tengo que estar fuera del piso y devolver las llaves de la propietaria. En el burofax el adminstrador dice que yo vivo en este piso por motivos de trabajo y que entonces no es un contrato de vivienda habitual (lo que es una chorrada ya que alquilé este piso porque quería vivir con mi novio y estoy empadronada en un piso cerca de aqui que es la casa de mi familia dónde crecí). Además cada mes voy a pagar a la propietaria con el dinero en efectivo más el agua y la luz (calculándolo con el contador que hay en el puiso), así que sinceramente no creo ni que esté declarando el piso a hacienda, lo que me respondería a porque el administrador me dijo que no me podía subir el IPC correspondiente cuando le dije que me negaba a la subida de los 50 euros mensuales y me ofrecía a pagar el IPC.
En fin, el mundo está lleno de malas personas y de vampiros!
22/12/2007 17:09
Hola, he leido el foro, y estoy super preocupada. He alquilado un loft por 12 meses por contrato de temporada que me parece totalmente ilegal... Lo digo porque aunque la agencia parece seria (estan en mi edificio) me han hecho firmar un contrato sin el sello de estar registrado (es una fotocopia), sin el DNI del arrendador, solo pone que es el administrador "tal nombre" y su firma. Me han hecho pagar 2 meses de fianza (eso consta en el papel) y presentar un aval del piso de mi madre,..El dinero de comisión de agencia (sus honorarios)me han dicho que es dinero en negro, y lo he pagado, tonta de mi.. yo he pensado que, bueno, mientras tenga mi contrato, estoy tranquila, pero me huelo que es una estafa..
En las claúsulas, pone que mi razón de arrendamiento es por trabajo.. menuda mentira, porque va a ser mi vivenda habitual, les he dicho que no estaba de acuerdo, pero de palabra, me han dicho que me pueden renovar sin problemas más años, aunque en el contrato pone que al finalizar los 12 meses he de abandonar y dar las llaves sin demora..
Como ven que me estoy poniendo quisquillosa y dándoles dolores de cabeza (les digo que no son legales), ahora, a los 2 dias de firmar, dicen que vuelva a traer el contrato porque me han de añadir una cláusula por el agua.. En el contrato que tengo pone que yo me hago cargo del agua y la luz. Pues ahora dicen, que del agua, he de pagar 20 € fijos al mes! porque se encargan ellos de la finca, y a mi no me parece normal, son 60 € cada tres meses, yo quiero ver mis facturas!!! Esto dicen, que como el contador es compartido por todo el rellano, pues que no puede ser..
A mi lo que me dá en la nariz, es que me intentan sacar 620 € por la cara, por el alquiler. Me puedo negar a cambiar el contrato? tengo derecho a mantener el contrato que pone que son 600 € al mes mas mis gastos? el agua, por lo que parece sí que la pago yo por el banco, creo que es el único justificante que puedo tener de que habito allí..
dónde puedo llevar mi contrato para ver si es legal, en barcelona? y si no lo fuera, pueden echarme del piso? puedo reclamar mi fianza?
Estoy super preocupada, porque empiezo la mudanza ahora, y si pudiera, les mandaría a paseo..
Por favor, necesito consejo..
18/06/2008 09:14
Hola, sanmajesty, espero que al final pudieras solucionarlo todo.

Aina, me gustaría hablar contigo. Yo tengo el mismo caso que tú, cogí un alquiler para vivir con mi novia a 13 km de mi ciudad de empadronamiento. Me hicieron también un contrato por temporada de 11 meses. Ahora tengo que renovar y no me han puesto problemas, me subirán el ipc y ya está. Lo que no sabemos ni yo ni la propietaria del piso es si la inmobiliaria nos hará pagar otra mensualidad en concepto de honorarios, como hice cuando entré hace 11 meses al piso. Cómo lo hiciste tú? Creo que lo mejor es que pasemos de la inmobiliaria y hagamos lo del contrato por nuestra cuenta, pero no sé si la parte arrendadora aceptaría.

Un saludo
29/06/2009 02:10
Perdona, mikeltopi, por no haber leido antes tu post, y haberte contestado. Espero que todo haya ido bien por tu parte. En mi caso, a fecha de hoy, aún sigo viviendo en el mismo loft, aunque de nuevo con contrato de 12 meses. A tu pregunta de la subida, sí, efectivamente, dicen que es el ipc, pero es mucho más elevado, no corresponde a ningún tanto %, sino lo que ellos convienen. En mi caso fue negociable, conseguí 20 € menos al mes de lo que me pedían (me subían 50 € más, igual que el caso de Aina), y al igual que a los otros compañeros que están dejando aquí mensajes, me avisaron de la finalización del contrato 2 meses antes. Respecto a honorarios administrativos, no fue todo un mes, sino sólo 200 €, que bueno, eso supongo que me lo cargaran cada 12 meses, que es cuando renuevo contrato... En fin, mi consejo es que te empadrones, y que todas tus facturas del piso (agua, luz..) estén a tu nombre para que conste que es tu vivienda, y no un inmueble temporal... Lamentablemente este tipo de contratos de temporada cada vez están más de moda. Hay que saber buscar bien antes de firmar nada y saber esto para la próxima, sino, no sé si es mejor estar de mudanzas cada poco tiempo. Espero realmente que todo para vosotros ya esté solucionado, o almenos, que hayan menos dudas sobre el asunto....
27/07/2010 17:40
Primero de todo dar las gracias a Optio por no meter a todos los agentes inmobiliarios en el mismo saco, porque como dice, no todos somos iguales.
Yo trabajo en una inmobiliaria que el año que viene hace la friolera de 25 años con despacho abierto y podemos estar orgullosos de no haber pisado nunca un juzgado ni haber tenido ninguna denuncia, lo cual quiere decir que los clientes han quedado conformes con nuestro trabajo y no se han sentido engañados como estoy harto de leer que le ha pasado a mucha gente.
Y pasando al tema en cuestión. Yo me he encontrado con esta situación en varias ocasiones y soy muy claro. El dueño es normalmente el que quiere hacer un contrato de 11 meses, pero no por querer luego el piso sino en la mayoria de ocasiones por miedo a los impagos pensando que siendo un contrato temporal podrá echar al inquilino antes del piso, cosa que dudo, porque como todos sabemos hay profesionales del impago que hoy estan en un piso, dejan de pagar y luego agotan todo el tiempo que les permite la ley y la lentitud de los juzgados para luego irse a otro piso y repetir el mismo proceso. Por suerte, no me he topado con ningún impresentable de esos.
Teniendo en cuenta que es muchas veces el dueño el que realiza esa petición de realizar un contrato de 11 meses, yo siempre le digo que no es legal y que ese contrato se prorrogará automaticamente hasta los 5 años mientras el inquilino quiera, ya que el inquilino no está por temporada, tal y como la ley marca para los contratos temporales de 11 meses.
Igualmente si he hecho bastantes contratos de 11 meses, pero legales ya que estando en una población cercana a Barcelona, he tenido muchos clientes que han venido temporalmente para trabajar en el aeropuerto, o en obras y o ellos mismos o las empresas han alquilado esos pisos de manera temporal para sus trabajadores.
y para responder a mikeltopi, si hicisteis un contrato de 11 meses y hay que hacer la renovación, lo único que os debería cobrar la inmobiliaria sería el contrato. el problema es que cada cual cobra una cantidad y en eso si que no te puedo ayudar. NUNCA te debería cobrar otra mensualidad. SOLO EL CONTRATO.
27/07/2010 22:11
Después de leer todos los mensajes, tengo una duda: si el contrato que previamente se ha firmado, aunque sea por 11 meses, es el de USO DISTINTO DE VIVIENDA, entonces el arrendador tiene la razón ¿no?...no sería así si el contrato firmado hubiera sido el de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA.
- Si se hace un contrato por 6 meses, como de USO DISTINTO DE VIVIENDA, por motivos de trabajo, no sabiendo cuanto tiempo va a durar ese trabajo ¿pasaría lo mismo que con el caso que habéis tratado de los 11 meses?.
- Hace unos meses alquilé por un mes una casa, pero tuve que dejarla antes. Cuando me fuí entregué las llaves ya que no pensaba volver, pero pedí que me devolvieran la fianza, aún diciendo en el contrato que en caso de abandonar la vivienda antes de la fecha de finalización del contrato o de no devolverla en las mismas condiciones que la recibí no se me devolvería. Tuvimos una discusión, pero finalmente aceptaron devolverme la fianza. ¿Quién tenía razón?.
Gracias.
29/07/2010 11:19
MorSe, la verdad es que sea o no tu vivienda habitual, lo que no se puede hacer es un contrato de USO DISTINTO A VIVIENDA, ya que eso querría decir que sería un local o un despacho.
SIEMPRE se debe hacer como USO DE VIVIENDA. Otra cosa es que sea temporal por trabajo o por ser estudiantes.
Sobre la fianza, pues la verdad es que yo le suelo decir una cosa a los dueños. Verdad que te han pagado religiosamente? Verdad que no te han hecho ningún desperfecto? Pues lo mejor es devolver la fianza integra. Que quieres que se quede tantos meses como tiene de fianza en el piso sin pagarte y así "recuperar" de esa forma la fianza? Ya se que es algo que no se debe, pero es la manera de hacer ver al propietario que siempre es conveniente no meterse en lios y buscar a otro inquilino. Eso si, siempre y cuando se avise con 1 mes de antelación. En caso contrario si que se podría quedar 1 mes por no cumplir una de las claúsulas que se suelen incluir en el contrato. De esa forma tiene ese mes para poder buscar un nuevo inquilino para la vivienda.
29/07/2010 21:36
Daviddp, no sé si eres abogado, pero si es así entonces dependiendo del abogado se hace una u otra cosa. Mi abogado me ha dicho que siempre que quiera alquilar mi vivienda a estudiantes, trabajadores o de forma vacacional, SIEMPRE el contrato tiene que ser el de USO DISTINTO DE VIVIENDA, para evitar problemas con los inquilinos luego. De hecho el artículo de la LAU94 lo contempla, no sólo para alquilar locales comerciales: "En especial, tendrán esta consideración los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra, y los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que los celebren". Sólo se haría el de USO DE VIVIENDA para alquileres largos o permanentes, y no es ese el caso que me interesa porque estoy vendiendo mi casa, por lo que sólo alquilo por periodos cortos de tiempo: días, semanas, máximo 6 meses.
29/07/2010 21:57
No soy abogado. Solo agente inmobiliario pero con años de experiencia y título profesional de mi asociación inmobiliaria.
Yo, para no confundir a mis clientes distingo de otra manera:

Si es un contrato menor de 1 año, temporada o vacacional o de estudiantes, USO COMO VIVIENDA TEMPORAL.

Si el contrato es por 1 año o superior, USO COMO VIVIENDA HABITUAL.

De esta forma, no hay ninguna duda.

Eso si, cada asociación tiene su manera de hacer las cosas, y decirte que la LAU94 no la conozco al dedillo pero te puedo decir que muchas de esas cosas ya estan pasadas de moda... Es como comprar un contrato en el estanco. Será muy legal, pero hay claúsulas que dejan mucho que desear porque no son del todo correctas. Por cierto, decir que lo que casi nadie hace es comprar la poliza correspondiente y mucho menos poner papel timbrado en relación al precio anual indicado.
29/07/2010 23:32
Bueno, cada uno hace las cosas según le parece lo correcto. Comprenderás que yo prefiero hacer lo que me dice un abogado, que por algo su trabajo se basa en las leyes. De todas formas, te agradezco mucho la información que me has dado y procuraré preguntar e informarme sobre ello.
No entiendo a que haces referencia con la última frase: "decir que lo que casi nadie hace es comprar la poliza correspondiente y mucho menos poner papel timbrado en relación al precio anual indicado". ¿Me lo podrías explicar?. Gracias!!
30/07/2010 00:48
Mira este link:

http://www.provivienda.org/documentos/guia_vivienda_y_emancipacion.pdf

En la página 5 verás una tabla donde te pone que poliza timbrada comprar.

La poliza más cara es la 30,77 euros, y sirve para alquileres hasta 641,08 euros. A partir de este precio hay que comprar timbres según la fórmula que te indica en la misma tabla.

mucha gente solo compra la más barata para justificarse.

Además, yo hago los contratos en papel timbrado, papel del Estado, que cada hoja vale 0,03 centimos de euro, o sea que no es tan cara.

Sobre la póliza timbrada de 30,77 euros, decirte que es para los contratos de alquiler y es una doble hoja igual, en la que hay que rellenar dirección de la vivienda, nº cedula habitabilidad, referencia catastral, datos registrales, datos arrendador, datos arrendatario y precio, entre otras cosas. Cada hoja ya viene preparada y escrita "para arrendador" o "para arrendatario".
Luego hay que añadir las claúsulas del contrato en papel timbrado adjuntado a dicha póliza.

Espero que te haya podido ayudar.
11/09/2010 15:24
hola, la verdad es que me ha sido muy util todo lo que he leido y me parece que en la inmobiliaria me han asesorado mal. Alquilo el piso a una gente que me paga bien y no tengo quejas, a pesar de que han entrado más de los que tenia en el contrato. Ya llevan un año y mi miedo es que no se vayan cuando necesite el piso, estoy en la actualidad vendiendo´el que vivo para irme a ese cuando lo haga. En este caso y para curarme en salud, puedo obligarles (ya que aconsejado por la inmobiliaria les hice el famoso contrato de 11 meses y sin papel timbrado ni nada) a hacer un contrato con la clausula de que tienen que acceder a abandonar el piso si yo lo necesito? hay algun sitio web donde haya contratos estandar modificables? muchas gracias, la verdad es que estaba muy intranquilo, la inmobiliaria no me daba ninguna confianza y al leer esta pagina web he visto muchas cosas claras.
28/12/2010 17:27
Buenas,

Me gustaría recibir sus opiniones acerca del siguiente caso:

El 15 de Mayo de 2006, mi novia y yo acordamos con un propietario el alquiler de un apartamento para larga temporada. No obstante, el propietario nos impone firmar un contrato de alquiler de 11 meses.

Cada 11 meses, el propietario insiste en firmar otro contrato de 11 meses, cambiando incluso algunas condiciones cada vez que se firma. Se firman, pues, otros cuatro contratos: el 15/04/07, 15/03/08, 15/02/09 y 15/01/10 (el cual expira 15/12/10).

Hace un par de semanas, el abogado del propietario nos llama y nos dice que el propietario esta dispuesto a firmar otro contrato de 11 meses pero con unas clausulas con las que no estamos de acuerdo. Por lo tanto, no se firma otro contrato.

Hoy hemos recibido un burofax del abogado del propietario, informándonos que el contrato original de 2006 expira el 15 de Mayo de 2011, ya que se cumplen los cinco años según consta en la Ley de Arrendamientos Urbanos, y que por tanto tenemos que dejar la vivienda libre el 15 de Mayo de 2011.

Mi pregunta por lo tanto es, a partir de qué contrato empiezan a contar los cinco años? Es a partir del primer contrato firmado en Mayo de 2006 o a partir del último que firmamos en Enero del 2010?

Por cierto, el segundo contrato incluye una subida de €50 de alquiler por mes, sin haber notificado con antelacion el aumento y carente de cualquier documento del INE.

Muchas gracias.
28/10/2011 21:17
Hola, yo tengo el contrato de 11 meses de temporada y en el propio contrato figura expresamente que no es mi vivienda habitual.
Mi duda es ¿Puedo demostrar que si es mi vivienda habitual mediante recibos y circumstancias aunque entre en contradiccion con el contrato firmado?
Me hicieron el contrato asi porque el propietario quiere vender y no quiere contratos largos, pero mi intencion es estar minimo 5 años.

Gracias de antemano
03/11/2011 12:24
Hola djd. ¿ Cómo se califica a un contrato de arrendamiento?. La Jurisprudencia de forma unánime ha estblecido que La DURACIÓN inicialmente pactada en el mismo NO califica por SI MISMA AL CONTRATO como de VIVIENDA o TEMPORADA. Para CALIFICARLO como de uno u otro tipo es NECESARIO DETERMINAR SI el ARRENDATARIO NECESITA ESA VIVIENDA COMO PERMANENTE o solo TEMPORALMENTE. A título de ejemplo la Sentencia de la Audiencia Provincial de Soria, año 2005 "Reiteradas sentencias del Tribunal Supremo han establecido, con criterio uniforme seguido de forma constante por las sentencias de las Audiencias Provinciales, que la calificación de arrendamiento de temporada no deriva del plazo concertado sino de la finalidad de la ocupación, ajena a la ocupación como residencia habitual del arrendatario, siendo ocasional y esporádica; de manera que el arrendamiento se hace en atención, no a la necesidad del arrendatario de establecer su vivienda, sino para ocuparla de una forma accidental y en épocas determinadas por razón de circunstancias distintas de la instalación de la residencia permanente y domicilio habitual. El requisito de la temporalidad no está relacionado con el plazo acordado sino con la causa y finalidad de la ocupación que viene determinada por la transitoriedad. Así la STS de 15 de diciembre de 1999 dice que la nota esencial del arrendamiento de temporada es la de haberse convenido el uso durante un plazo concertado para habitar transitoriamente y por razones diversas de modo que la ocupación responde a exigencias circunstanciales, esporádicas o accidentales determinantes del contrato y elevadas expresamente a la condición de causa por las partes y no a la necesidad de habitar como residencia habitual y permanente.”

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
03/11/2011 18:10
Hola umwone.
En el siguiente enlace - copie y pegue -encontrará información detallada sobre la duración de los contratos de arrendamiento de vivienda.

http://letradosalquileres.es.tl/Duración-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

04/11/2011 19:50
¿Que clausulas debe contener un "verdadero contrato de temporada", para que sea considerado así?.
30/11/2011 17:27
Según el Real Decreto 2877/82, "Las viviendas turísticas vacacionales para su apertura y funcionamiento, sólo estarán obligadas a notificar al Organismo competente su dedicación al tráfico turístico."

¿Cuál es el Organismo competente? ¿Qué tengo que incluir en la notificación?

Muchas gracias de antemano.
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Falso arrendamiento de temporada

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Viendo 21 - 40 de 40 comentarios
12/04/2006 22:58
Fontanero, no siempre es viveza de los inquilinos; yo tome este contrato porque como soy sola no podía acceder a los precios de mercado, y creí de buena fé que los once meses eran un tema de confianza (soy nacida en el extranjero y como sabes soy "yo, ali baba y los cuarenta ladrones" a la hora de alquilar), no que quería equilibrar sus economías a cuenta del tonto/a de turno (es natural que al alquilar se busque un beneficio pero aumentar el precio a límites absurdos es usura). Además, me enteré del fraude 11 meses de casualidad, buscaba saber si seguía teniendo la obligación de dar el preaviso aun cuando me habia enviado burofax (un alquiler aparece de un día para otro),... gracias a dios que existe este foro.
17/04/2006 00:13
Si no interesa un contrato de temporada, lo que hay que hacer es negarse a firmar ese contrato y pedir uno normal; si el propietario no accede, se busca otro piso.

Es la mejor manera de evitar líos
30/10/2006 16:14
A mi me está pasando algo parecido. El año pasado alquilé un piso a través de una dministrador de fincas, por 1 año de temporada. El contrato acabó en Junio y hasta Octubre la propietaria me dice que dentro de poco me harñá firmar otro contrato de temporada de otro año y que me sube 50 euros al mes así porque si (sin ser IPC). Luego me niego, y un abogado me comentó todo esto del fraude de los contratos de temporada que yo tampoco sabía. Pero es muy fuerte que después de hablar con el administrador de fincas me manda un burofax y dice que a finales del mes que viene tengo que estar fuera del piso y devolver las llaves de la propietaria. En el burofax el adminstrador dice que yo vivo en este piso por motivos de trabajo y que entonces no es un contrato de vivienda habitual (lo que es una chorrada ya que alquilé este piso porque quería vivir con mi novio y estoy empadronada en un piso cerca de aqui que es la casa de mi familia dónde crecí). Además cada mes voy a pagar a la propietaria con el dinero en efectivo más el agua y la luz (calculándolo con el contador que hay en el puiso), así que sinceramente no creo ni que esté declarando el piso a hacienda, lo que me respondería a porque el administrador me dijo que no me podía subir el IPC correspondiente cuando le dije que me negaba a la subida de los 50 euros mensuales y me ofrecía a pagar el IPC.
En fin, el mundo está lleno de malas personas y de vampiros!
22/12/2007 17:09
Hola, he leido el foro, y estoy super preocupada. He alquilado un loft por 12 meses por contrato de temporada que me parece totalmente ilegal... Lo digo porque aunque la agencia parece seria (estan en mi edificio) me han hecho firmar un contrato sin el sello de estar registrado (es una fotocopia), sin el DNI del arrendador, solo pone que es el administrador "tal nombre" y su firma. Me han hecho pagar 2 meses de fianza (eso consta en el papel) y presentar un aval del piso de mi madre,..El dinero de comisión de agencia (sus honorarios)me han dicho que es dinero en negro, y lo he pagado, tonta de mi.. yo he pensado que, bueno, mientras tenga mi contrato, estoy tranquila, pero me huelo que es una estafa..
En las claúsulas, pone que mi razón de arrendamiento es por trabajo.. menuda mentira, porque va a ser mi vivenda habitual, les he dicho que no estaba de acuerdo, pero de palabra, me han dicho que me pueden renovar sin problemas más años, aunque en el contrato pone que al finalizar los 12 meses he de abandonar y dar las llaves sin demora..
Como ven que me estoy poniendo quisquillosa y dándoles dolores de cabeza (les digo que no son legales), ahora, a los 2 dias de firmar, dicen que vuelva a traer el contrato porque me han de añadir una cláusula por el agua.. En el contrato que tengo pone que yo me hago cargo del agua y la luz. Pues ahora dicen, que del agua, he de pagar 20 € fijos al mes! porque se encargan ellos de la finca, y a mi no me parece normal, son 60 € cada tres meses, yo quiero ver mis facturas!!! Esto dicen, que como el contador es compartido por todo el rellano, pues que no puede ser..
A mi lo que me dá en la nariz, es que me intentan sacar 620 € por la cara, por el alquiler. Me puedo negar a cambiar el contrato? tengo derecho a mantener el contrato que pone que son 600 € al mes mas mis gastos? el agua, por lo que parece sí que la pago yo por el banco, creo que es el único justificante que puedo tener de que habito allí..
dónde puedo llevar mi contrato para ver si es legal, en barcelona? y si no lo fuera, pueden echarme del piso? puedo reclamar mi fianza?
Estoy super preocupada, porque empiezo la mudanza ahora, y si pudiera, les mandaría a paseo..
Por favor, necesito consejo..
18/06/2008 09:14
Hola, sanmajesty, espero que al final pudieras solucionarlo todo.

Aina, me gustaría hablar contigo. Yo tengo el mismo caso que tú, cogí un alquiler para vivir con mi novia a 13 km de mi ciudad de empadronamiento. Me hicieron también un contrato por temporada de 11 meses. Ahora tengo que renovar y no me han puesto problemas, me subirán el ipc y ya está. Lo que no sabemos ni yo ni la propietaria del piso es si la inmobiliaria nos hará pagar otra mensualidad en concepto de honorarios, como hice cuando entré hace 11 meses al piso. Cómo lo hiciste tú? Creo que lo mejor es que pasemos de la inmobiliaria y hagamos lo del contrato por nuestra cuenta, pero no sé si la parte arrendadora aceptaría.

Un saludo
29/06/2009 02:10
Perdona, mikeltopi, por no haber leido antes tu post, y haberte contestado. Espero que todo haya ido bien por tu parte. En mi caso, a fecha de hoy, aún sigo viviendo en el mismo loft, aunque de nuevo con contrato de 12 meses. A tu pregunta de la subida, sí, efectivamente, dicen que es el ipc, pero es mucho más elevado, no corresponde a ningún tanto %, sino lo que ellos convienen. En mi caso fue negociable, conseguí 20 € menos al mes de lo que me pedían (me subían 50 € más, igual que el caso de Aina), y al igual que a los otros compañeros que están dejando aquí mensajes, me avisaron de la finalización del contrato 2 meses antes. Respecto a honorarios administrativos, no fue todo un mes, sino sólo 200 €, que bueno, eso supongo que me lo cargaran cada 12 meses, que es cuando renuevo contrato... En fin, mi consejo es que te empadrones, y que todas tus facturas del piso (agua, luz..) estén a tu nombre para que conste que es tu vivienda, y no un inmueble temporal... Lamentablemente este tipo de contratos de temporada cada vez están más de moda. Hay que saber buscar bien antes de firmar nada y saber esto para la próxima, sino, no sé si es mejor estar de mudanzas cada poco tiempo. Espero realmente que todo para vosotros ya esté solucionado, o almenos, que hayan menos dudas sobre el asunto....
27/07/2010 17:40
Primero de todo dar las gracias a Optio por no meter a todos los agentes inmobiliarios en el mismo saco, porque como dice, no todos somos iguales.
Yo trabajo en una inmobiliaria que el año que viene hace la friolera de 25 años con despacho abierto y podemos estar orgullosos de no haber pisado nunca un juzgado ni haber tenido ninguna denuncia, lo cual quiere decir que los clientes han quedado conformes con nuestro trabajo y no se han sentido engañados como estoy harto de leer que le ha pasado a mucha gente.
Y pasando al tema en cuestión. Yo me he encontrado con esta situación en varias ocasiones y soy muy claro. El dueño es normalmente el que quiere hacer un contrato de 11 meses, pero no por querer luego el piso sino en la mayoria de ocasiones por miedo a los impagos pensando que siendo un contrato temporal podrá echar al inquilino antes del piso, cosa que dudo, porque como todos sabemos hay profesionales del impago que hoy estan en un piso, dejan de pagar y luego agotan todo el tiempo que les permite la ley y la lentitud de los juzgados para luego irse a otro piso y repetir el mismo proceso. Por suerte, no me he topado con ningún impresentable de esos.
Teniendo en cuenta que es muchas veces el dueño el que realiza esa petición de realizar un contrato de 11 meses, yo siempre le digo que no es legal y que ese contrato se prorrogará automaticamente hasta los 5 años mientras el inquilino quiera, ya que el inquilino no está por temporada, tal y como la ley marca para los contratos temporales de 11 meses.
Igualmente si he hecho bastantes contratos de 11 meses, pero legales ya que estando en una población cercana a Barcelona, he tenido muchos clientes que han venido temporalmente para trabajar en el aeropuerto, o en obras y o ellos mismos o las empresas han alquilado esos pisos de manera temporal para sus trabajadores.
y para responder a mikeltopi, si hicisteis un contrato de 11 meses y hay que hacer la renovación, lo único que os debería cobrar la inmobiliaria sería el contrato. el problema es que cada cual cobra una cantidad y en eso si que no te puedo ayudar. NUNCA te debería cobrar otra mensualidad. SOLO EL CONTRATO.
27/07/2010 22:11
Después de leer todos los mensajes, tengo una duda: si el contrato que previamente se ha firmado, aunque sea por 11 meses, es el de USO DISTINTO DE VIVIENDA, entonces el arrendador tiene la razón ¿no?...no sería así si el contrato firmado hubiera sido el de ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA.
- Si se hace un contrato por 6 meses, como de USO DISTINTO DE VIVIENDA, por motivos de trabajo, no sabiendo cuanto tiempo va a durar ese trabajo ¿pasaría lo mismo que con el caso que habéis tratado de los 11 meses?.
- Hace unos meses alquilé por un mes una casa, pero tuve que dejarla antes. Cuando me fuí entregué las llaves ya que no pensaba volver, pero pedí que me devolvieran la fianza, aún diciendo en el contrato que en caso de abandonar la vivienda antes de la fecha de finalización del contrato o de no devolverla en las mismas condiciones que la recibí no se me devolvería. Tuvimos una discusión, pero finalmente aceptaron devolverme la fianza. ¿Quién tenía razón?.
Gracias.
29/07/2010 11:19
MorSe, la verdad es que sea o no tu vivienda habitual, lo que no se puede hacer es un contrato de USO DISTINTO A VIVIENDA, ya que eso querría decir que sería un local o un despacho.
SIEMPRE se debe hacer como USO DE VIVIENDA. Otra cosa es que sea temporal por trabajo o por ser estudiantes.
Sobre la fianza, pues la verdad es que yo le suelo decir una cosa a los dueños. Verdad que te han pagado religiosamente? Verdad que no te han hecho ningún desperfecto? Pues lo mejor es devolver la fianza integra. Que quieres que se quede tantos meses como tiene de fianza en el piso sin pagarte y así "recuperar" de esa forma la fianza? Ya se que es algo que no se debe, pero es la manera de hacer ver al propietario que siempre es conveniente no meterse en lios y buscar a otro inquilino. Eso si, siempre y cuando se avise con 1 mes de antelación. En caso contrario si que se podría quedar 1 mes por no cumplir una de las claúsulas que se suelen incluir en el contrato. De esa forma tiene ese mes para poder buscar un nuevo inquilino para la vivienda.
29/07/2010 21:36
Daviddp, no sé si eres abogado, pero si es así entonces dependiendo del abogado se hace una u otra cosa. Mi abogado me ha dicho que siempre que quiera alquilar mi vivienda a estudiantes, trabajadores o de forma vacacional, SIEMPRE el contrato tiene que ser el de USO DISTINTO DE VIVIENDA, para evitar problemas con los inquilinos luego. De hecho el artículo de la LAU94 lo contempla, no sólo para alquilar locales comerciales: "En especial, tendrán esta consideración los arrendamientos de fincas urbanas celebrados por temporada, sea ésta de verano o cualquier otra, y los celebrados para ejercerse en la finca una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente, cualquiera que sean las personas que los celebren". Sólo se haría el de USO DE VIVIENDA para alquileres largos o permanentes, y no es ese el caso que me interesa porque estoy vendiendo mi casa, por lo que sólo alquilo por periodos cortos de tiempo: días, semanas, máximo 6 meses.
29/07/2010 21:57
No soy abogado. Solo agente inmobiliario pero con años de experiencia y título profesional de mi asociación inmobiliaria.
Yo, para no confundir a mis clientes distingo de otra manera:

Si es un contrato menor de 1 año, temporada o vacacional o de estudiantes, USO COMO VIVIENDA TEMPORAL.

Si el contrato es por 1 año o superior, USO COMO VIVIENDA HABITUAL.

De esta forma, no hay ninguna duda.

Eso si, cada asociación tiene su manera de hacer las cosas, y decirte que la LAU94 no la conozco al dedillo pero te puedo decir que muchas de esas cosas ya estan pasadas de moda... Es como comprar un contrato en el estanco. Será muy legal, pero hay claúsulas que dejan mucho que desear porque no son del todo correctas. Por cierto, decir que lo que casi nadie hace es comprar la poliza correspondiente y mucho menos poner papel timbrado en relación al precio anual indicado.
29/07/2010 23:32
Bueno, cada uno hace las cosas según le parece lo correcto. Comprenderás que yo prefiero hacer lo que me dice un abogado, que por algo su trabajo se basa en las leyes. De todas formas, te agradezco mucho la información que me has dado y procuraré preguntar e informarme sobre ello.
No entiendo a que haces referencia con la última frase: "decir que lo que casi nadie hace es comprar la poliza correspondiente y mucho menos poner papel timbrado en relación al precio anual indicado". ¿Me lo podrías explicar?. Gracias!!
30/07/2010 00:48
Mira este link:

http://www.provivienda.org/documentos/guia_vivienda_y_emancipacion.pdf

En la página 5 verás una tabla donde te pone que poliza timbrada comprar.

La poliza más cara es la 30,77 euros, y sirve para alquileres hasta 641,08 euros. A partir de este precio hay que comprar timbres según la fórmula que te indica en la misma tabla.

mucha gente solo compra la más barata para justificarse.

Además, yo hago los contratos en papel timbrado, papel del Estado, que cada hoja vale 0,03 centimos de euro, o sea que no es tan cara.

Sobre la póliza timbrada de 30,77 euros, decirte que es para los contratos de alquiler y es una doble hoja igual, en la que hay que rellenar dirección de la vivienda, nº cedula habitabilidad, referencia catastral, datos registrales, datos arrendador, datos arrendatario y precio, entre otras cosas. Cada hoja ya viene preparada y escrita "para arrendador" o "para arrendatario".
Luego hay que añadir las claúsulas del contrato en papel timbrado adjuntado a dicha póliza.

Espero que te haya podido ayudar.
11/09/2010 15:24
hola, la verdad es que me ha sido muy util todo lo que he leido y me parece que en la inmobiliaria me han asesorado mal. Alquilo el piso a una gente que me paga bien y no tengo quejas, a pesar de que han entrado más de los que tenia en el contrato. Ya llevan un año y mi miedo es que no se vayan cuando necesite el piso, estoy en la actualidad vendiendo´el que vivo para irme a ese cuando lo haga. En este caso y para curarme en salud, puedo obligarles (ya que aconsejado por la inmobiliaria les hice el famoso contrato de 11 meses y sin papel timbrado ni nada) a hacer un contrato con la clausula de que tienen que acceder a abandonar el piso si yo lo necesito? hay algun sitio web donde haya contratos estandar modificables? muchas gracias, la verdad es que estaba muy intranquilo, la inmobiliaria no me daba ninguna confianza y al leer esta pagina web he visto muchas cosas claras.
28/12/2010 17:27
Buenas,

Me gustaría recibir sus opiniones acerca del siguiente caso:

El 15 de Mayo de 2006, mi novia y yo acordamos con un propietario el alquiler de un apartamento para larga temporada. No obstante, el propietario nos impone firmar un contrato de alquiler de 11 meses.

Cada 11 meses, el propietario insiste en firmar otro contrato de 11 meses, cambiando incluso algunas condiciones cada vez que se firma. Se firman, pues, otros cuatro contratos: el 15/04/07, 15/03/08, 15/02/09 y 15/01/10 (el cual expira 15/12/10).

Hace un par de semanas, el abogado del propietario nos llama y nos dice que el propietario esta dispuesto a firmar otro contrato de 11 meses pero con unas clausulas con las que no estamos de acuerdo. Por lo tanto, no se firma otro contrato.

Hoy hemos recibido un burofax del abogado del propietario, informándonos que el contrato original de 2006 expira el 15 de Mayo de 2011, ya que se cumplen los cinco años según consta en la Ley de Arrendamientos Urbanos, y que por tanto tenemos que dejar la vivienda libre el 15 de Mayo de 2011.

Mi pregunta por lo tanto es, a partir de qué contrato empiezan a contar los cinco años? Es a partir del primer contrato firmado en Mayo de 2006 o a partir del último que firmamos en Enero del 2010?

Por cierto, el segundo contrato incluye una subida de €50 de alquiler por mes, sin haber notificado con antelacion el aumento y carente de cualquier documento del INE.

Muchas gracias.
28/10/2011 21:17
Hola, yo tengo el contrato de 11 meses de temporada y en el propio contrato figura expresamente que no es mi vivienda habitual.
Mi duda es ¿Puedo demostrar que si es mi vivienda habitual mediante recibos y circumstancias aunque entre en contradiccion con el contrato firmado?
Me hicieron el contrato asi porque el propietario quiere vender y no quiere contratos largos, pero mi intencion es estar minimo 5 años.

Gracias de antemano
03/11/2011 12:24
Hola djd. ¿ Cómo se califica a un contrato de arrendamiento?. La Jurisprudencia de forma unánime ha estblecido que La DURACIÓN inicialmente pactada en el mismo NO califica por SI MISMA AL CONTRATO como de VIVIENDA o TEMPORADA. Para CALIFICARLO como de uno u otro tipo es NECESARIO DETERMINAR SI el ARRENDATARIO NECESITA ESA VIVIENDA COMO PERMANENTE o solo TEMPORALMENTE. A título de ejemplo la Sentencia de la Audiencia Provincial de Soria, año 2005 "Reiteradas sentencias del Tribunal Supremo han establecido, con criterio uniforme seguido de forma constante por las sentencias de las Audiencias Provinciales, que la calificación de arrendamiento de temporada no deriva del plazo concertado sino de la finalidad de la ocupación, ajena a la ocupación como residencia habitual del arrendatario, siendo ocasional y esporádica; de manera que el arrendamiento se hace en atención, no a la necesidad del arrendatario de establecer su vivienda, sino para ocuparla de una forma accidental y en épocas determinadas por razón de circunstancias distintas de la instalación de la residencia permanente y domicilio habitual. El requisito de la temporalidad no está relacionado con el plazo acordado sino con la causa y finalidad de la ocupación que viene determinada por la transitoriedad. Así la STS de 15 de diciembre de 1999 dice que la nota esencial del arrendamiento de temporada es la de haberse convenido el uso durante un plazo concertado para habitar transitoriamente y por razones diversas de modo que la ocupación responde a exigencias circunstanciales, esporádicas o accidentales determinantes del contrato y elevadas expresamente a la condición de causa por las partes y no a la necesidad de habitar como residencia habitual y permanente.”

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

http://letradosalquileres.es.tl
03/11/2011 18:10
Hola umwone.
En el siguiente enlace - copie y pegue -encontrará información detallada sobre la duración de los contratos de arrendamiento de vivienda.

http://letradosalquileres.es.tl/Duración-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

Reciba un cordial saludo

Email1: armandogarcia@ical.es

Email2: letradoalquileres@hotmail.com

04/11/2011 19:50
¿Que clausulas debe contener un "verdadero contrato de temporada", para que sea considerado así?.
30/11/2011 17:27
Según el Real Decreto 2877/82, "Las viviendas turísticas vacacionales para su apertura y funcionamiento, sólo estarán obligadas a notificar al Organismo competente su dedicación al tráfico turístico."

¿Cuál es el Organismo competente? ¿Qué tengo que incluir en la notificación?

Muchas gracias de antemano.