Buenos días, perdonad que me meta en el hilo, pero a mi, hace un año me hicieron esto ....no me mandaron carta de sanción nada de nada y veo que en la vida laboral no me quitaron nada, están los días que tienen que estar , y si en la cotización y al siguiente mes me cotizaron lo que me tenían que haber cotizado el mes de la sanción. Pero lo días de la sanción, esos días se los ha comido la empresa. Saludos.
La empresa despidió a un empleado por absentismo laboral por continuas faltas injustificadas, finalmente se llegó a un acuerdo para que pudiera cobrar el paro y no figura el absentismo.
¿Podrían probarse todas esas faltas sin justificar?
Sino estuvieran cotizados ni cobrados al menos quedaría clara la falta de asistencia, ¿no?
Si se despide a una persona por causas injustificadas, se trata de un despido disciplinario y no hay que llegar a ningún acuerdo para que pueda cobrar el paro, ya que, sea cual sea la causa del despido, se cobra la prestación por desempleo si se ha cotizado lo suficiente. Ahora bien, esos días injustificados no deberían estar ni cotizados ni cobrados, aunque no ponga el motivo. ¿Para qué quiere que quede claro que esa persona tiene faltas de asistencia injustificadas?
Para un divorcio contencioso, me gustaría probar la falta de responsabilidad del conyuge en sus obligaciones laborales y por tanto que el hijo que tenemos en común puede no tener sus necesidades básicas cubiertas porque no es capaz de mantener un trabajo porque cuando quiere no va a trabajar.
Pues me temo que eso s´olo lo va a poder hacer llevando como testigo al jefe o alg´un trabajador de la empresa. Espere a ver si hay m´as opiniones. (No s´e por qu´e me salen las tildes as´i. Lo siento)