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Fecha efectos sentencia divorcio a efectos irpr

1 Comentarios
 
29/11/2017 22:25
Manuel1970
Dado que la normativa específica del IRPF no dice nada al respecto (al menos hasta donde yo conozco), perfectamente puedes alegar lo que indicas.
Fecha efectos sentencia divorcio a efectos irpr
29/11/2017 10:02
Buenos días.
A efectos tributarios (IRPF), me surge una duda sobre qué fecha hemos de considerar, si la fecha en que se dicta la Sentencia, o la fecha en que adquiere firmeza.
Mi caso particular es que la Sentencia, en DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, se dictó el día 23 de diciembre de 2016, adquiriendo firmeza ya en 2017 (el Testimonio de la Sentencia está firmado el día 22 de febrero de 2017).
Ahora la AEAT me hace una declaración paralela, diciendo que a 31 de diciembre de 2016 mi situación era de divorciado, modificando así el mínimo por descendientes (tengo dos hijos, cuya custodia tiene su madre), y considera también incorrecto el importe del mínimo personal y familiar, por la misma razón.
¿Podría yo alegar, con base en el artículo 89 del Código Civil, que los efectos del divorcio, en todos los ámbitos, se producirán desde la FIRMEZA DE LA SENTENCIA?
Gracias, espero vuestros comentarios.
Fecha efectos sentencia divorcio a efectos irpr | PorticoLegal
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1 Comentarios
 
29/11/2017 22:25
Manuel1970
Dado que la normativa específica del IRPF no dice nada al respecto (al menos hasta donde yo conozco), perfectamente puedes alegar lo que indicas.
Fecha efectos sentencia divorcio a efectos irpr
29/11/2017 10:02
Buenos días.
A efectos tributarios (IRPF), me surge una duda sobre qué fecha hemos de considerar, si la fecha en que se dicta la Sentencia, o la fecha en que adquiere firmeza.
Mi caso particular es que la Sentencia, en DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO, se dictó el día 23 de diciembre de 2016, adquiriendo firmeza ya en 2017 (el Testimonio de la Sentencia está firmado el día 22 de febrero de 2017).
Ahora la AEAT me hace una declaración paralela, diciendo que a 31 de diciembre de 2016 mi situación era de divorciado, modificando así el mínimo por descendientes (tengo dos hijos, cuya custodia tiene su madre), y considera también incorrecto el importe del mínimo personal y familiar, por la misma razón.
¿Podría yo alegar, con base en el artículo 89 del Código Civil, que los efectos del divorcio, en todos los ámbitos, se producirán desde la FIRMEZA DE LA SENTENCIA?
Gracias, espero vuestros comentarios.