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Fechas pago alquiler

6 Comentarios
 
Fechas pago alquiler
05/05/2022 11:42
Hola. Si firmo un contrato de alquiler por ejemplo el día 18 de junio.. se puede pagar mensualmente los días 18 de cada mes? O hay que pagar los 12 días pendientes de junio y luego empezar a pagar los días 1 de cada mes? A mí me parece correcta la primera opción, pero no sé si es obligatorio que el pago de los meses sean del 1 al 30
05/05/2022 19:00
La opcion por la que apunta es perfectamente legal segun se recoge en el art. 17.2 LAU, a cuyo tenor:
"2. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta."
Por tanto queda claro que si se puede hacer lo que usted dice.
05/05/2022 19:06
Maartinn
Buenas tardes:

Tanto la opción 1 (pago el día 18) como la opción 2( pago de 12 días y el resto de meses pagar el día 1) son correctas, si bien la primera es más sencilla de incluir en el contrato pues el pago se efectuará de fecha de fecha(de 18 a 18 de cada mes)

Un saludo.
06/05/2022 08:16
leonjbr
Entiendo que se podria pagar a partir del día 18 por lo que pone de "salvo pacto en contrario"? Porque la regla dice que hay que pagar los 7 primeros días de mes (entiendo que por una mensualidad del 1 al 30).

Luego habría que reflejar en el contrato que las mensualidades cuentan del 18 a 18 de cada mes, y que el inquilino puede pagar del 18 al 25 (7 días)??
06/05/2022 08:49
Si.
Si opta por esa forma de pago debe incluirlo en el contrato.
06/05/2022 17:53
Maartinn
Buenas tardes:

"Porque la regla dice que hay que pagar los 7 primeros días de mes (entiendo que por una mensualidad del 1 al 30)." Dicho plazo de pago únicamente se aplica cuando las partes no han pactado nada al respecto.

"Luego habría que reflejar en el contrato que las mensualidades cuentan del 18 a 18 de cada mes, y que el inquilino puede pagar del 18 al 25 (7 días)??". Puede acordar con la otra parte el periodo de abono de pago de la renta que estimen oportuno( el día 19, entre el 19 y 21, entre el 19 y el 27..)


Un saludo.
07/05/2022 18:52
Comparto las impecables respuestas que le han dado los intervinientes anteriores.
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Fechas pago alquiler
05/05/2022 11:42
Hola. Si firmo un contrato de alquiler por ejemplo el día 18 de junio.. se puede pagar mensualmente los días 18 de cada mes? O hay que pagar los 12 días pendientes de junio y luego empezar a pagar los días 1 de cada mes? A mí me parece correcta la primera opción, pero no sé si es obligatorio que el pago de los meses sean del 1 al 30
05/05/2022 19:00
La opcion por la que apunta es perfectamente legal segun se recoge en el art. 17.2 LAU, a cuyo tenor:
"2. Salvo pacto en contrario, el pago de la renta será mensual y habrá de efectuarse en los siete primeros días del mes. En ningún caso podrá el arrendador exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta."
Por tanto queda claro que si se puede hacer lo que usted dice.
05/05/2022 19:06
Maartinn
Buenas tardes:

Tanto la opción 1 (pago el día 18) como la opción 2( pago de 12 días y el resto de meses pagar el día 1) son correctas, si bien la primera es más sencilla de incluir en el contrato pues el pago se efectuará de fecha de fecha(de 18 a 18 de cada mes)

Un saludo.
06/05/2022 08:16
leonjbr
Entiendo que se podria pagar a partir del día 18 por lo que pone de "salvo pacto en contrario"? Porque la regla dice que hay que pagar los 7 primeros días de mes (entiendo que por una mensualidad del 1 al 30).

Luego habría que reflejar en el contrato que las mensualidades cuentan del 18 a 18 de cada mes, y que el inquilino puede pagar del 18 al 25 (7 días)??
06/05/2022 08:49
Si.
Si opta por esa forma de pago debe incluirlo en el contrato.
06/05/2022 17:53
Maartinn
Buenas tardes:

"Porque la regla dice que hay que pagar los 7 primeros días de mes (entiendo que por una mensualidad del 1 al 30)." Dicho plazo de pago únicamente se aplica cuando las partes no han pactado nada al respecto.

"Luego habría que reflejar en el contrato que las mensualidades cuentan del 18 a 18 de cada mes, y que el inquilino puede pagar del 18 al 25 (7 días)??". Puede acordar con la otra parte el periodo de abono de pago de la renta que estimen oportuno( el día 19, entre el 19 y 21, entre el 19 y el 27..)


Un saludo.
07/05/2022 18:52
Comparto las impecables respuestas que le han dado los intervinientes anteriores.