Tengo una duda. El convenio de instalaciones deportivas de galicia establece la posibilidad de compensar el festivo trabajado económicamente o con descanso, en ambos casos en proporción de cada hora por 1,75. Si un trabajador por cuadrante le toca trabajar un festivo, si le compensó económicamente ese plus será del 0,75 por cada hora trabajada (pues no son horas extras y de no haber sido festivo, el trabajador hubiera trabajado igualmente ) Pero y si las compensó con descansos..? Tengo que darle 1,75 días libres? Es correcto