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fianza arrrendamiento

3 Comentarios
 
Fianza arrrendamiento
13/02/2009 20:45
Hola, tengo una duda. Yo estaba de alquiler en un piso de 600 eur/mes. Al decirle al dueño que mi condición económica había cambiado y que al reducirme la jornada laboral de 8h a 4h, ya no podia seguir manteniendo dicha vivienda; su respuesta fue que contáramos con él para lo que necesitáramos. Pero cómo no le avisé con la antelación de 1 mes, dice ahora que en vez de devolverme los 1140 eur., me va a descontar 600 eur. del mes de febrero siendo que no hemos vivido ahí, ya que el dia 1 se le devolvieron las llaves. ¿Puede quitarme, asi como así 600 eur. de un mes que no he consumido?,¿se puede alegar que mi marido no tiene trabajo, y tenemos un niño de 3 años, como atenuante?. Muchas gracias.
16/02/2009 18:18
Hola Abdelhak. Le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato y todos los datos que usted aporte,determinará si usted tiene derecho a la devolución integra de la demanda.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
17/02/2009 11:42
Mensaje eliminado por incumplir las normas de participación en los foros de PorticoLegal.com.
19/02/2009 15:23
Hay que ver el tipo de contrato firmado. Respecto a las circunstancias personales (estar en paro y con hijo pequeño), lamentablemente no afectan para nada al cumplimiento de lo pactado. Parece que lo que has hecho ha sido desistir del contrato antes de su vencimiento. En ese caso, el propietario tiene derecho a ser indemnizado, indemnización que generalmente los jueces establecen en 1 mes por cada año de vigencia que reste. Lo de entregar las llaves, lo importante es que quede constancia de que se han entregado y de que se aviso con antelación al dueño de que se iba.
fianza arrrendamiento | PorticoLegal
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Fianza arrrendamiento
13/02/2009 20:45
Hola, tengo una duda. Yo estaba de alquiler en un piso de 600 eur/mes. Al decirle al dueño que mi condición económica había cambiado y que al reducirme la jornada laboral de 8h a 4h, ya no podia seguir manteniendo dicha vivienda; su respuesta fue que contáramos con él para lo que necesitáramos. Pero cómo no le avisé con la antelación de 1 mes, dice ahora que en vez de devolverme los 1140 eur., me va a descontar 600 eur. del mes de febrero siendo que no hemos vivido ahí, ya que el dia 1 se le devolvieron las llaves. ¿Puede quitarme, asi como así 600 eur. de un mes que no he consumido?,¿se puede alegar que mi marido no tiene trabajo, y tenemos un niño de 3 años, como atenuante?. Muchas gracias.
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Hola Abdelhak. Le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato y todos los datos que usted aporte,determinará si usted tiene derecho a la devolución integra de la demanda.

Lamento no poder ser de más ayuda.

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Hay que ver el tipo de contrato firmado. Respecto a las circunstancias personales (estar en paro y con hijo pequeño), lamentablemente no afectan para nada al cumplimiento de lo pactado. Parece que lo que has hecho ha sido desistir del contrato antes de su vencimiento. En ese caso, el propietario tiene derecho a ser indemnizado, indemnización que generalmente los jueces establecen en 1 mes por cada año de vigencia que reste. Lo de entregar las llaves, lo importante es que quede constancia de que se han entregado y de que se aviso con antelación al dueño de que se iba.