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fijo discontinuo y despedida

7 Comentarios
 
Fijo discontinuo y despedida
15/05/2012 22:12
Buenos dias,
El ultimo año tenia contrato fijo discontinuo y en diciembre mi jefe me mando al paro. Hablabamos que en mayo segire con el y estos dias el me decia que va a llamarme si hay trabajo. Pero en mi puesto de trabajo yo comprendi que hay otra persona. Gracias a mi contrato yo estoy obligada a esperar hasta que mi gefe me llama, no ? Pero esperando pierdo otras ofertas de trabajo que tengo. Si me voy de mi voluntad y si pasa algo malo en mi futuro trabajo y nececito a irme - despues pierdo el derecho de paro.
Mi pregunta es cual son mis derechos y obligaciones y si jefe no me nececita - como a separarme de el de manera que cumplo todos los leyes y no pierdo mi derecho a paro para despues? Tambien no se si en este caso mi jefe no me debe indimnizacion pero tampoco se donde a preguntar esto...
Espero vuestra ayuda, esto es mi primer trabajo en España y no conosco los leyes.
Muchisimas gracias de corazon
16/05/2012 11:39
¿Porqué dice que el último año tenía contrato fijo-discontinuo?, anterior a ese contrato ¿cuál era su situación laboral en la empresa?.

Si usted es fijo-discontinuo debe tener una garantía de tiempo de ocupación. El orden de llamado tiene que estar en su convenio, normalmente se llama por antigüedad.

Si usted es el mas antiguo y su puesto ha comenzado a funcionar deberían llamarlo a usted y no a otro.En este caso podría demandar por despido improcedente.

Otra cosa es que usted crea que tiene un contrato de fijo- discontinuo y en realidad su contrato era eventual. En este caso posiblemente haya estado en fraude y cabría demanda con la consecuencia de que, si ganara su situación seria la de fijo-discontinuo indefinido.

saludos
16/05/2012 12:35
Buenos dias, antes del ultimo año yo tenia contratos de prueba trs meses plus tres meses y en el final fijo discuntinuo. En esta empresa yo trabaje año y medio hasta que me mandaron al paro. Tengo finiquito y fin de contrato, pero con seguro es un fijo discontinuo.

Garantia de tiempo de ocupacion no tengo en papel, solo la palabra de mi jefe. Ahora vengo de la Segiridad Sosial y me decian que ahora la materia de los contratos fijos discontinuos es muy delicada porque no se sabe si funcciona el viejo o el nuevo ley. Ahora voy en la inspeccion de trabajo que miran con seguro todo de los documentos. Pero por ejemplo tengo finiquito que no esta firmado ni de mi, ni de mi jefe, mi fin de contrato que tampoco esta firmado de los dos partes entonces me parese que hay bastante erores en todo esto.

Si Usted solo puede ayudarme donde puedo ir mas para preguntar exacto si estoy obligada con algo o no, porque en SS me asustaban otra vez que si empiezo nuevo trabajo es igual como que voy de mi voluntad y voy a preder derechos para paro despues. Muchisima gracas para su tiempo para mi
Saludo Cardial
16/05/2012 15:32
Usted tiene una antigüedad de año y medio. Al hacerle fijo-discontinuo computa la antigüedad desde el primer día en que ingreso en la empresa.

Si la empresa va a prescindir de su servicio tiene que efectuarle un despido y abonar la indemnización correspondiente.

Acuda a un sindicato y que le hagan una carta exigiendo el llamado, si no le contestan presente una demanda por despido improcedente.

La garantía debería estar estipulada en su convenio de aplicación igual que el sistema de llamado, pídalo en algún sindicato. Si no esta afiliada quizá le cobren.

Si usted no tiene una carta de despido o una demanda por despido improcedente no podrá cobrar el paro.

Acuda a un profesional.

saludos
16/05/2012 18:51
Muchisima gracias, voy a hacer todo esto. Solo ultima pregunta que no esta conectada exacto con este caso.

Si mi jefe me devuelve en trabajo - esta bien, pero en mi contrato esta escrito que yo trabajo 40 horas semanales y que los festivos se pagan tambien. Pero en mi trabajo hacemos 54-55 horas semanales en el verano y esto no se paga, tampoco los festivos, ni tenemos 2 dias libres. Como puedo buscar mis derechos para que no trabajo una semana de jornada y media todos las semanas del año ?

Muchisimas grasias de nuevo para vuestro tiempo para mi
16/05/2012 22:53
Sus derechos los encontrará en su convenio, pregunte en algún sindicato si tienen convenio.

Por las horas, festivos y días libres puede negarse a trabajarlos máxime si no se los pagan.

Puede hacer una denuncia en la inspección de trabajo, su identidad no sera revelada a la empresa.

Saludos
16/05/2012 23:41
waw, muchisima gracias para esta informacion - yo perdia esperanca, que se puede hacer algo...

Muchisima gracias

Saludo cardial
12/06/2012 15:41
El ultimo que os nececito preguntar - cuando tengo cita en TAMIB con mi gefe - nececito abogado o si tengo dudas el moderator de TAMIB va a desirme si que me oferece mi jefe es adecuado del ley ? Una amiga me decia que en TAMIB te informan, pero en TAMIB me dicen que no y en le final no se. El unico que nececito es que si me despiden (que yo quiero) que me dan los papeles corectos y si esta escrito "con el ley 480" del TAMIB que saben que significa - pueden o no pueden hacerlo ?

Muchisima gracias y perdon por las molestias, espero mucho que pronto va a terminarse con esto.

SAludo cardial
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Fijo discontinuo y despedida
15/05/2012 22:12
Buenos dias,
El ultimo año tenia contrato fijo discontinuo y en diciembre mi jefe me mando al paro. Hablabamos que en mayo segire con el y estos dias el me decia que va a llamarme si hay trabajo. Pero en mi puesto de trabajo yo comprendi que hay otra persona. Gracias a mi contrato yo estoy obligada a esperar hasta que mi gefe me llama, no ? Pero esperando pierdo otras ofertas de trabajo que tengo. Si me voy de mi voluntad y si pasa algo malo en mi futuro trabajo y nececito a irme - despues pierdo el derecho de paro.
Mi pregunta es cual son mis derechos y obligaciones y si jefe no me nececita - como a separarme de el de manera que cumplo todos los leyes y no pierdo mi derecho a paro para despues? Tambien no se si en este caso mi jefe no me debe indimnizacion pero tampoco se donde a preguntar esto...
Espero vuestra ayuda, esto es mi primer trabajo en España y no conosco los leyes.
Muchisimas gracias de corazon
16/05/2012 11:39
¿Porqué dice que el último año tenía contrato fijo-discontinuo?, anterior a ese contrato ¿cuál era su situación laboral en la empresa?.

Si usted es fijo-discontinuo debe tener una garantía de tiempo de ocupación. El orden de llamado tiene que estar en su convenio, normalmente se llama por antigüedad.

Si usted es el mas antiguo y su puesto ha comenzado a funcionar deberían llamarlo a usted y no a otro.En este caso podría demandar por despido improcedente.

Otra cosa es que usted crea que tiene un contrato de fijo- discontinuo y en realidad su contrato era eventual. En este caso posiblemente haya estado en fraude y cabría demanda con la consecuencia de que, si ganara su situación seria la de fijo-discontinuo indefinido.

saludos
16/05/2012 12:35
Buenos dias, antes del ultimo año yo tenia contratos de prueba trs meses plus tres meses y en el final fijo discuntinuo. En esta empresa yo trabaje año y medio hasta que me mandaron al paro. Tengo finiquito y fin de contrato, pero con seguro es un fijo discontinuo.

Garantia de tiempo de ocupacion no tengo en papel, solo la palabra de mi jefe. Ahora vengo de la Segiridad Sosial y me decian que ahora la materia de los contratos fijos discontinuos es muy delicada porque no se sabe si funcciona el viejo o el nuevo ley. Ahora voy en la inspeccion de trabajo que miran con seguro todo de los documentos. Pero por ejemplo tengo finiquito que no esta firmado ni de mi, ni de mi jefe, mi fin de contrato que tampoco esta firmado de los dos partes entonces me parese que hay bastante erores en todo esto.

Si Usted solo puede ayudarme donde puedo ir mas para preguntar exacto si estoy obligada con algo o no, porque en SS me asustaban otra vez que si empiezo nuevo trabajo es igual como que voy de mi voluntad y voy a preder derechos para paro despues. Muchisima gracas para su tiempo para mi
Saludo Cardial
16/05/2012 15:32
Usted tiene una antigüedad de año y medio. Al hacerle fijo-discontinuo computa la antigüedad desde el primer día en que ingreso en la empresa.

Si la empresa va a prescindir de su servicio tiene que efectuarle un despido y abonar la indemnización correspondiente.

Acuda a un sindicato y que le hagan una carta exigiendo el llamado, si no le contestan presente una demanda por despido improcedente.

La garantía debería estar estipulada en su convenio de aplicación igual que el sistema de llamado, pídalo en algún sindicato. Si no esta afiliada quizá le cobren.

Si usted no tiene una carta de despido o una demanda por despido improcedente no podrá cobrar el paro.

Acuda a un profesional.

saludos
16/05/2012 18:51
Muchisima gracias, voy a hacer todo esto. Solo ultima pregunta que no esta conectada exacto con este caso.

Si mi jefe me devuelve en trabajo - esta bien, pero en mi contrato esta escrito que yo trabajo 40 horas semanales y que los festivos se pagan tambien. Pero en mi trabajo hacemos 54-55 horas semanales en el verano y esto no se paga, tampoco los festivos, ni tenemos 2 dias libres. Como puedo buscar mis derechos para que no trabajo una semana de jornada y media todos las semanas del año ?

Muchisimas grasias de nuevo para vuestro tiempo para mi
16/05/2012 22:53
Sus derechos los encontrará en su convenio, pregunte en algún sindicato si tienen convenio.

Por las horas, festivos y días libres puede negarse a trabajarlos máxime si no se los pagan.

Puede hacer una denuncia en la inspección de trabajo, su identidad no sera revelada a la empresa.

Saludos
16/05/2012 23:41
waw, muchisima gracias para esta informacion - yo perdia esperanca, que se puede hacer algo...

Muchisima gracias

Saludo cardial
12/06/2012 15:41
El ultimo que os nececito preguntar - cuando tengo cita en TAMIB con mi gefe - nececito abogado o si tengo dudas el moderator de TAMIB va a desirme si que me oferece mi jefe es adecuado del ley ? Una amiga me decia que en TAMIB te informan, pero en TAMIB me dicen que no y en le final no se. El unico que nececito es que si me despiden (que yo quiero) que me dan los papeles corectos y si esta escrito "con el ley 480" del TAMIB que saben que significa - pueden o no pueden hacerlo ?

Muchisima gracias y perdon por las molestias, espero mucho que pronto va a terminarse con esto.

SAludo cardial