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Filtraciones de cubierta edifcio

1 Comentarios
 
Filtraciones de cubierta edifcio
15/12/2010 17:49
Hola a todos,
En una vivienda (piso) en régimen de PH, antigüedad del mismo 4 años justos, y en la que se producen filtraciones y humedades en el techo del comedor, procedentes de la terraza del edificio (cubierta) cuyo uso y disfrute lo tiene en exclusividad como anejo a su vivienda la propia perjudicada por las filtraciones, según consta en la escritura de compraventa (es decir, q la cubierta del edificio, que es toda la superficie del piso de la perjudicada, es la terraza con uso exclusivo de la perjudicada)...: ¿quien debe responder porlos daños y reparar el origen de las filtraciones?. Habida cuenta de que se producen en la zona donde está el sumidero de desagüe de la terraza, y que seguramente se deberá a una mala colocación de la tela asfáltica, o mala impermeabilzación o incluso quizá un poro o grieta en el desagüe...entiendo que podría ser un vicio o defecto de construcción y siendo un elemento estructural, con antigüedad de sólo 4 años, debe responder la promotora y constructora durante los 10 primeros años ¿creeis que es correcto? ¿alguien tiene otra opinión al respecto y me puede ilustrar? muchas gracias compañeros/as!!!
16/12/2010 11:13
Aunque tenga el uso exclusivo de esa terraza-cubierta, esta es un elmento común y será la Comunidad la que tenga que hacer frente a la reparación, siempre que el problema no se haya producido por mal uso de la terraza-cubierta.
Filtraciones de cubierta edifcio | PorticoLegal
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Filtraciones de cubierta edifcio

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Filtraciones de cubierta edifcio
15/12/2010 17:49
Hola a todos,
En una vivienda (piso) en régimen de PH, antigüedad del mismo 4 años justos, y en la que se producen filtraciones y humedades en el techo del comedor, procedentes de la terraza del edificio (cubierta) cuyo uso y disfrute lo tiene en exclusividad como anejo a su vivienda la propia perjudicada por las filtraciones, según consta en la escritura de compraventa (es decir, q la cubierta del edificio, que es toda la superficie del piso de la perjudicada, es la terraza con uso exclusivo de la perjudicada)...: ¿quien debe responder porlos daños y reparar el origen de las filtraciones?. Habida cuenta de que se producen en la zona donde está el sumidero de desagüe de la terraza, y que seguramente se deberá a una mala colocación de la tela asfáltica, o mala impermeabilzación o incluso quizá un poro o grieta en el desagüe...entiendo que podría ser un vicio o defecto de construcción y siendo un elemento estructural, con antigüedad de sólo 4 años, debe responder la promotora y constructora durante los 10 primeros años ¿creeis que es correcto? ¿alguien tiene otra opinión al respecto y me puede ilustrar? muchas gracias compañeros/as!!!
16/12/2010 11:13
Aunque tenga el uso exclusivo de esa terraza-cubierta, esta es un elmento común y será la Comunidad la que tenga que hacer frente a la reparación, siempre que el problema no se haya producido por mal uso de la terraza-cubierta.