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Fin de contrato de interinidad

1 Comentarios
 
Fin de contrato de interinidad
23/08/2017 12:21
Buenos dias! He estado trabajando en un colegio concertado de la Comunidad de Madrid desde 2005 sustituyendo a un liberado sindical a jornada completa hasta la fecha. El dia 1 de septiembre de 2017 supongo se incorporara a su puesto al cual tenia derecho a reserva por funciones sindicales. A dia de hoy la empresa no me ha comunicado la fecha de mi baja. Si en estos dias no tengo noticias entiendo que debo presentarme el 1 a trabajar. Si una vez que llegue el dia me dan de baja el contrato con el finiquito ¿tengo tambien derecho a una indemnizacion por todos estos años? Si es asi y no aparece reflejado debo firmar el finiquito como no conforme o no firmar?
Por otro lado en julio me llamaron para ofrecerme un contrato nuevo por 8-10 horas en otro puesto (aun sin confirmar) El no aceptarlo supone un perjuicio para mi? Entiendo que puedo negarme a aceptarlo pues es un contrato diferente por obra y servicio que empeora mis condiciones. Gracias.
23/08/2017 15:08
Camelias
Usted si no le dicen nada debe acudir a su puesto el día 1/09.
Sobre la indemnización en ctos de interinidad no conllevan indemnización sin embargo recientemente ha surgido rn Estrasburgo una sta que le saca los colores a la legislación hecha por nuestros gobernantes a medida para la patronal en la que reconoce que existe discriminación en el cto de interinidad respecto al resto de ctos temporales en los que a finalización del cto si tienen dcho a indemnización.
Esta dependerá del año de contratación desde 2010 (creo que fue ese año) los ctos comienzan con 8 dias por año contratado subiendo 1 día por año hasta un máximo de 12 dias por año, por lo que si no me equivoco tras llevar usted la friolera de 12 años le correspondería la m.....de 96 dias de indemnización por finalización del cto.
En cuanto a la oferta de un cto en peores circunstancias no le perjudica para posible desempleo.
SMO
Fin de contrato de interinidad | PorticoLegal
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Fin de contrato de interinidad
23/08/2017 12:21
Buenos dias! He estado trabajando en un colegio concertado de la Comunidad de Madrid desde 2005 sustituyendo a un liberado sindical a jornada completa hasta la fecha. El dia 1 de septiembre de 2017 supongo se incorporara a su puesto al cual tenia derecho a reserva por funciones sindicales. A dia de hoy la empresa no me ha comunicado la fecha de mi baja. Si en estos dias no tengo noticias entiendo que debo presentarme el 1 a trabajar. Si una vez que llegue el dia me dan de baja el contrato con el finiquito ¿tengo tambien derecho a una indemnizacion por todos estos años? Si es asi y no aparece reflejado debo firmar el finiquito como no conforme o no firmar?
Por otro lado en julio me llamaron para ofrecerme un contrato nuevo por 8-10 horas en otro puesto (aun sin confirmar) El no aceptarlo supone un perjuicio para mi? Entiendo que puedo negarme a aceptarlo pues es un contrato diferente por obra y servicio que empeora mis condiciones. Gracias.
23/08/2017 15:08
Camelias
Usted si no le dicen nada debe acudir a su puesto el día 1/09.
Sobre la indemnización en ctos de interinidad no conllevan indemnización sin embargo recientemente ha surgido rn Estrasburgo una sta que le saca los colores a la legislación hecha por nuestros gobernantes a medida para la patronal en la que reconoce que existe discriminación en el cto de interinidad respecto al resto de ctos temporales en los que a finalización del cto si tienen dcho a indemnización.
Esta dependerá del año de contratación desde 2010 (creo que fue ese año) los ctos comienzan con 8 dias por año contratado subiendo 1 día por año hasta un máximo de 12 dias por año, por lo que si no me equivoco tras llevar usted la friolera de 12 años le correspondería la m.....de 96 dias de indemnización por finalización del cto.
En cuanto a la oferta de un cto en peores circunstancias no le perjudica para posible desempleo.
SMO