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Fin de contrato y nueva alta sin comunicármelo

3 Comentarios
 
Fin de contrato y nueva alta sin comunicármelo
12/05/2014 22:51
Hola.
Trabajo como ayudante de topógrafo en un estudio de ingeniería y tengo un contrato temporal de fin de obra, que firmé el 3 de febrero del presente año. El pasado viernes día 9 de mayo, me presentaron para que firmara un fin de contrato del único contrato que he firmado para el 30 de abril, así como un nuevo contrato de las mismas características con entrada en vigor el día 5 de mayo.
Según el jefe, porque consideraron que no me debían pagar los días 1, 2, 3 y 4 de mayo (festivo, puente y fin de semana). Yo les contesté que si no me querían pagar esos días, me deberían haber informado del fin de contrato antes del 1 de mayo y haberme propuesto el nuevo contrato, que yo debería haber decidido si firmar o no. Por supuesto me negué a firmar nada.
Al negarme a firmar nada, dado que la propia empresa me había dado de baja en la seguridad social el día 30 y de alta de nuevo el día 5, sin saber yo nada, ese mismo día por la tarde me comunicaron que teniendo yo razón, me pagarían esos días en negro, siempre que yo firmara.
A día de hoy aún estoy pendiente de darles una respuesta, pero me gustaría saber qué me supone a mí que la empresa haya actuado así, aparte de perder 4 días de cotización, y en caso de no aceptar firmar, qué actuaciones podría emprender yo contra la empresa.
Poniéndoles un poco en antecedentes del porqué de esta situación, decir que estuve casi 7 años trabajando en el mismo puesto en la misma empresa, pero a finales del año pasado me negué a firmar un cambio de contrato de indefinido a fijo discontinuo, según la empresa para que el paro y no ellos asumieran los parones puntuales de trabajo en la empresa. Ello desembocó en mi despido y el de un compañero. Al cabo de mes y medio, como la empresa me necesitaba, me volvieron a llamar, creyendo yo que en las mismas condiciones, pero sin embargo volví cumpliendo las mismas funciones pero cobrando un 10% menos y con una relación con los jefes bastante deficiente, por lo que actualmente perder el empleo es una situación que no me preocupa, es más la contemplo, teniendo en cuenta que si me despiden aún me quedan casi dos años de prestaciones.
Agradecería que me indicaran los posibles escenarios que se pueden presentar tanto si firmo como si me niego a firmar, y qué actuaciones podría emprender contra la empresa y sus posibles consecuencias.
Muchas gracias y un saludo.
13/05/2014 11:11
Hola furionet,
dado que se trata de un escenario bastante amplio es posible que se presenten diferentes opiniones o que en la mía descuide algún punto a tratar.
En primer lugar, es muy posible que el contrato por obra o servicio que firmaste en febrero sea fraudulento, pues si ocupas el mismo puesto de trabajo que tuviste los últimos 7 años no habría ninguna obra o servicio con "autonomía y sustantividad propia" como dice el ET, sino una actividad que se encuadra dentro de las necesidades permanentes de la empresa. Esto implica que tu contrato debería ser indefinido.
En segundo lugar, si te presentan un nuevo contrato porque la "obra" anterior finalizó es de suponer que se trata de una obra diferente. Seguramente no es así, lo que refuerza el comentario del párrafo anterior.
En tercer lugar, si los dos contratos fueran correctos podría darse el caso de que una obra acaba el 30/04 y la otra comienza el 5/05. Sería correcto que no cotizaran los días 1, 2, 3 y 4, pero en este caso deberían haberte avisado de la extinción del contrato antes de su fin (que no lo hicieron) y deberían haberte abonado la indemnización de 11 días de salario por año trabajado que corresponde a la finalización de los contratos por obra o servicio. Como no te la habrán pagado y dado que no habrá seguramente una nueva obra, los 4 primeros días de mayo los debe cotizar la empresa (sobre esta cuestión ya te dijeron que tenías razón).
En cuarto lugar, sobre si firmar o no el nuevo contrato, en mi opinión no te afecta hagas lo que hagas: estás en alta en la SS y, supongo, cobras tu salario cada mes. Eso es lo más importante para tí. La diferencia es para la empresa, pues tener a un trabajador por obra o servicio sin contrato por escrito es infracción, como también lo es no presentar copia de ese contrato al SEPE (sin contar que tener a un trabajador con un contrato que no corresponde también es infracción).
Como sugerencia, además de la obvia de denunciar ante Inspección de Trabajo directamente, te diría que, dado que ya has demostrado a la empresa que no tragas lo que te echan puedes hablar con ellos para que arreglen esta situación, reconociendote todos los derechos que te corresponden, pues de lo contrario (puedes decirles) no tendrás más remedio que consultar tu situación en Inspección de Trabajo.
Espero haberte aclarado algo, un saludo.
13/05/2014 23:49
Hola Hubocan, agradezco enormemente tu respuesta.

Sólo un par de comentarios. El contrato es por obra o servicio, y hay una cláusula que viene a decir (no lo tengo ahora delante) que la obra o servicio es la realización de mediciones en Madrid o donde se requiera (la empresa es valenciana, con sede en Valencia, pero realizamos mediciones de parcelas y edificaciones para Mercadona en toda España), que es una de las principales actividades de la empresa y que no ha cesado en ningún momento.

El hecho de la finalización de un contrato y el inicio de otro no es más que fruto de las malas relaciones que tengo actualmente de la empresa, por negarme a aceptar ciertos abusos a mis derechos laborales.

Mi intención es llegar a algún acuerdo con la empresa, que me reconozcan como dices los derechos que me corresponden y debido a la relación actual que tengo con ellos no prolongar la relación laboral más allá de este mes, pudiendo irme al paro y cobrar la prestación.

Me gustaría saber si aún así, es aconsejable que presente denuncia ante Inspección de Trabajo, y en ese caso que beneficio puedo obtener más allá de que me reconozcan esos 4 días como cotizados, y que consecuencias puede tener para la empresa.

Muchas gracias de nuevo.
14/05/2014 11:12
Si no te interesa seguir en la empresa lo más fácil será esperar a que finalice el contrato, pues denunciando podrías conseguir que se reconozca el contrato indefinido y, para cobrar el paro, necesitarías un despido.
Sobre los beneficios de denunciar: en realidad, lo único que podrás sacar será el reconocimiento de los 4 días no cotizados; el reconocimiento de la condición de fijo si el contrato es fraudulento; y también el reconocimiento del derecho a reclamar judicialmente 4 días de salario (si te los descuentan de la nómina, dado que del 1 al 4 de mayo no figurabas de alta en la empresa). Para la empresa la denuncia supondrá sanción por no cotizar correctamente, más la liquidación de cuotas por esos días; sanción por realizar un contrato diferente al que corresponde; y sanción, en su caso, por no pagarte el sueldo que legalmente te corresponde (si te hubieran descontado los 4 días mencionados).
Sobre lo que has comentado de la cláusula contractual de hacer mediciones en Madrid siendo la empresa valenciana (supongo que lo dices para añadir datos de cara a saber si el contrato es o no fraudulento), no se si trabajas en Madrid o en Valencia ni donde trabajaste durante los 7 años anteriores que estuviste en la empresa. Tampoco hace falta. Creo que lo podemos clarificar a través de un ejemplo y, a partir de él, comparas tu situación en la empresa.
Imagina una compañía aérea que realiza vuelos por España y Europa, pero que, para este verano (de junio a septiembre), consigue un contrato para realizar vuelos directos de Madrid a Miami. Los pilotos que destine para esa ruta pueden ser los fijos de plantilla que ya tiene o puede contratar pilotos por obra o servicio determinado pues, aunque la actividad es la misma (transporte aéreo de pasajeros), se diferencia de la actividad ordinaria de la empresa (transporte de pasajeros por España y Europa).
Llegado septiembre, los contratos por obra o servicio finalizan. Si la empresa consigue otro contrato para volar a Qatar, sólo hasta navidad, podrá realizar un nuevo contrato por obra o servicio con los mismos pilotos, pero si no consigue ningún destino temporal nuevo no podrá realizar ese contrato con esos pilotos para atender los vuelos nacionales y europeos, porque eso ya es la actividad ordinaria de la empresa y, por tanto, es permanente.
Conclusión: tu empresa puede hacerte contratos por obra cuando cada una tiene un principio y un fin, pero no para atender necesidades permanentes.
Un saludo.
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Fin de contrato y nueva alta sin comunicármelo
12/05/2014 22:51
Hola.
Trabajo como ayudante de topógrafo en un estudio de ingeniería y tengo un contrato temporal de fin de obra, que firmé el 3 de febrero del presente año. El pasado viernes día 9 de mayo, me presentaron para que firmara un fin de contrato del único contrato que he firmado para el 30 de abril, así como un nuevo contrato de las mismas características con entrada en vigor el día 5 de mayo.
Según el jefe, porque consideraron que no me debían pagar los días 1, 2, 3 y 4 de mayo (festivo, puente y fin de semana). Yo les contesté que si no me querían pagar esos días, me deberían haber informado del fin de contrato antes del 1 de mayo y haberme propuesto el nuevo contrato, que yo debería haber decidido si firmar o no. Por supuesto me negué a firmar nada.
Al negarme a firmar nada, dado que la propia empresa me había dado de baja en la seguridad social el día 30 y de alta de nuevo el día 5, sin saber yo nada, ese mismo día por la tarde me comunicaron que teniendo yo razón, me pagarían esos días en negro, siempre que yo firmara.
A día de hoy aún estoy pendiente de darles una respuesta, pero me gustaría saber qué me supone a mí que la empresa haya actuado así, aparte de perder 4 días de cotización, y en caso de no aceptar firmar, qué actuaciones podría emprender yo contra la empresa.
Poniéndoles un poco en antecedentes del porqué de esta situación, decir que estuve casi 7 años trabajando en el mismo puesto en la misma empresa, pero a finales del año pasado me negué a firmar un cambio de contrato de indefinido a fijo discontinuo, según la empresa para que el paro y no ellos asumieran los parones puntuales de trabajo en la empresa. Ello desembocó en mi despido y el de un compañero. Al cabo de mes y medio, como la empresa me necesitaba, me volvieron a llamar, creyendo yo que en las mismas condiciones, pero sin embargo volví cumpliendo las mismas funciones pero cobrando un 10% menos y con una relación con los jefes bastante deficiente, por lo que actualmente perder el empleo es una situación que no me preocupa, es más la contemplo, teniendo en cuenta que si me despiden aún me quedan casi dos años de prestaciones.
Agradecería que me indicaran los posibles escenarios que se pueden presentar tanto si firmo como si me niego a firmar, y qué actuaciones podría emprender contra la empresa y sus posibles consecuencias.
Muchas gracias y un saludo.
13/05/2014 11:11
Hola furionet,
dado que se trata de un escenario bastante amplio es posible que se presenten diferentes opiniones o que en la mía descuide algún punto a tratar.
En primer lugar, es muy posible que el contrato por obra o servicio que firmaste en febrero sea fraudulento, pues si ocupas el mismo puesto de trabajo que tuviste los últimos 7 años no habría ninguna obra o servicio con "autonomía y sustantividad propia" como dice el ET, sino una actividad que se encuadra dentro de las necesidades permanentes de la empresa. Esto implica que tu contrato debería ser indefinido.
En segundo lugar, si te presentan un nuevo contrato porque la "obra" anterior finalizó es de suponer que se trata de una obra diferente. Seguramente no es así, lo que refuerza el comentario del párrafo anterior.
En tercer lugar, si los dos contratos fueran correctos podría darse el caso de que una obra acaba el 30/04 y la otra comienza el 5/05. Sería correcto que no cotizaran los días 1, 2, 3 y 4, pero en este caso deberían haberte avisado de la extinción del contrato antes de su fin (que no lo hicieron) y deberían haberte abonado la indemnización de 11 días de salario por año trabajado que corresponde a la finalización de los contratos por obra o servicio. Como no te la habrán pagado y dado que no habrá seguramente una nueva obra, los 4 primeros días de mayo los debe cotizar la empresa (sobre esta cuestión ya te dijeron que tenías razón).
En cuarto lugar, sobre si firmar o no el nuevo contrato, en mi opinión no te afecta hagas lo que hagas: estás en alta en la SS y, supongo, cobras tu salario cada mes. Eso es lo más importante para tí. La diferencia es para la empresa, pues tener a un trabajador por obra o servicio sin contrato por escrito es infracción, como también lo es no presentar copia de ese contrato al SEPE (sin contar que tener a un trabajador con un contrato que no corresponde también es infracción).
Como sugerencia, además de la obvia de denunciar ante Inspección de Trabajo directamente, te diría que, dado que ya has demostrado a la empresa que no tragas lo que te echan puedes hablar con ellos para que arreglen esta situación, reconociendote todos los derechos que te corresponden, pues de lo contrario (puedes decirles) no tendrás más remedio que consultar tu situación en Inspección de Trabajo.
Espero haberte aclarado algo, un saludo.
13/05/2014 23:49
Hola Hubocan, agradezco enormemente tu respuesta.

Sólo un par de comentarios. El contrato es por obra o servicio, y hay una cláusula que viene a decir (no lo tengo ahora delante) que la obra o servicio es la realización de mediciones en Madrid o donde se requiera (la empresa es valenciana, con sede en Valencia, pero realizamos mediciones de parcelas y edificaciones para Mercadona en toda España), que es una de las principales actividades de la empresa y que no ha cesado en ningún momento.

El hecho de la finalización de un contrato y el inicio de otro no es más que fruto de las malas relaciones que tengo actualmente de la empresa, por negarme a aceptar ciertos abusos a mis derechos laborales.

Mi intención es llegar a algún acuerdo con la empresa, que me reconozcan como dices los derechos que me corresponden y debido a la relación actual que tengo con ellos no prolongar la relación laboral más allá de este mes, pudiendo irme al paro y cobrar la prestación.

Me gustaría saber si aún así, es aconsejable que presente denuncia ante Inspección de Trabajo, y en ese caso que beneficio puedo obtener más allá de que me reconozcan esos 4 días como cotizados, y que consecuencias puede tener para la empresa.

Muchas gracias de nuevo.
14/05/2014 11:12
Si no te interesa seguir en la empresa lo más fácil será esperar a que finalice el contrato, pues denunciando podrías conseguir que se reconozca el contrato indefinido y, para cobrar el paro, necesitarías un despido.
Sobre los beneficios de denunciar: en realidad, lo único que podrás sacar será el reconocimiento de los 4 días no cotizados; el reconocimiento de la condición de fijo si el contrato es fraudulento; y también el reconocimiento del derecho a reclamar judicialmente 4 días de salario (si te los descuentan de la nómina, dado que del 1 al 4 de mayo no figurabas de alta en la empresa). Para la empresa la denuncia supondrá sanción por no cotizar correctamente, más la liquidación de cuotas por esos días; sanción por realizar un contrato diferente al que corresponde; y sanción, en su caso, por no pagarte el sueldo que legalmente te corresponde (si te hubieran descontado los 4 días mencionados).
Sobre lo que has comentado de la cláusula contractual de hacer mediciones en Madrid siendo la empresa valenciana (supongo que lo dices para añadir datos de cara a saber si el contrato es o no fraudulento), no se si trabajas en Madrid o en Valencia ni donde trabajaste durante los 7 años anteriores que estuviste en la empresa. Tampoco hace falta. Creo que lo podemos clarificar a través de un ejemplo y, a partir de él, comparas tu situación en la empresa.
Imagina una compañía aérea que realiza vuelos por España y Europa, pero que, para este verano (de junio a septiembre), consigue un contrato para realizar vuelos directos de Madrid a Miami. Los pilotos que destine para esa ruta pueden ser los fijos de plantilla que ya tiene o puede contratar pilotos por obra o servicio determinado pues, aunque la actividad es la misma (transporte aéreo de pasajeros), se diferencia de la actividad ordinaria de la empresa (transporte de pasajeros por España y Europa).
Llegado septiembre, los contratos por obra o servicio finalizan. Si la empresa consigue otro contrato para volar a Qatar, sólo hasta navidad, podrá realizar un nuevo contrato por obra o servicio con los mismos pilotos, pero si no consigue ningún destino temporal nuevo no podrá realizar ese contrato con esos pilotos para atender los vuelos nacionales y europeos, porque eso ya es la actividad ordinaria de la empresa y, por tanto, es permanente.
Conclusión: tu empresa puede hacerte contratos por obra cuando cada una tiene un principio y un fin, pero no para atender necesidades permanentes.
Un saludo.