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Fin de sustitución por baja maternal

4 Comentarios
 
Fin de sustitución por baja maternal
31/03/2020 21:40
Buenas. Trabajo en una empresa de ayuda a domicilio. Llevo desde septiembre con un contrato de sustitución por una baja maternal. Cuando empezó el estado de alerta mi empresa me dio 15 días de vacaciones y un día antes de incorporarme me llamaron para comunicarme que la persona a la que sustituyo le dan el alta el día 6 de abril y que yo siga de vacaciones hasta esa fecha que dan por terminado el contrato. Pensaba que no se podía despedir mientras siga el estado de alarma. Por cierto, la compañera va a coger periodo de lactancia más vacaciones que le corresponden por lo que tampoco se incorpora aún.
Es legal eldespido? Me corresponde alguna indemnización? Gracias
31/03/2020 22:09
Maripp
Es que no es un despido es un fin de cto.
Tanto para el periodo de lactancia como para las vacaciones habría que hacer un nuevo cto de sustitución podrían hacerle un nuevo cto pero dada la situación actual lo más probable es que si no es un servicio esencial no puedan darle ocupación efectiva así que no le hacen otro cto. (nos dice usted que la actividad de la empresa es ayuda al domicilio con lo que no podrá trabajar y por eso no le realizan otro cto, me huele que por ahí van los tiros).
01/04/2020 10:00
Jamgrrhh28
Mi empresa es la que gestiona la ayuda a domicilio de la capital por lo que si está considerado servicio esencial.
01/04/2020 12:32
Maripp
Vamos a ver, el cto finaliza cuando se le da el alta al trabajador a sustituir y para los otros dos actos, periodo de lactancia y vacaciones hay que realizar otros dos ctos de sustitución, si no lo hacen es porque o no necesitan cubrirlo o ya lo han cubierto de alguna otra forma, su cto finalizó y no hay despido así que poco o nada puede hacer usted.
01/04/2020 13:11
Jamgrrhh28
Muchísimas gracias por aclararme las dudas. Un saludo
Fin de sustitución por baja maternal | PorticoLegal
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Fin de sustitución por baja maternal

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Fin de sustitución por baja maternal
31/03/2020 21:40
Buenas. Trabajo en una empresa de ayuda a domicilio. Llevo desde septiembre con un contrato de sustitución por una baja maternal. Cuando empezó el estado de alerta mi empresa me dio 15 días de vacaciones y un día antes de incorporarme me llamaron para comunicarme que la persona a la que sustituyo le dan el alta el día 6 de abril y que yo siga de vacaciones hasta esa fecha que dan por terminado el contrato. Pensaba que no se podía despedir mientras siga el estado de alarma. Por cierto, la compañera va a coger periodo de lactancia más vacaciones que le corresponden por lo que tampoco se incorpora aún.
Es legal eldespido? Me corresponde alguna indemnización? Gracias
31/03/2020 22:09
Maripp
Es que no es un despido es un fin de cto.
Tanto para el periodo de lactancia como para las vacaciones habría que hacer un nuevo cto de sustitución podrían hacerle un nuevo cto pero dada la situación actual lo más probable es que si no es un servicio esencial no puedan darle ocupación efectiva así que no le hacen otro cto. (nos dice usted que la actividad de la empresa es ayuda al domicilio con lo que no podrá trabajar y por eso no le realizan otro cto, me huele que por ahí van los tiros).
01/04/2020 10:00
Jamgrrhh28
Mi empresa es la que gestiona la ayuda a domicilio de la capital por lo que si está considerado servicio esencial.
01/04/2020 12:32
Maripp
Vamos a ver, el cto finaliza cuando se le da el alta al trabajador a sustituir y para los otros dos actos, periodo de lactancia y vacaciones hay que realizar otros dos ctos de sustitución, si no lo hacen es porque o no necesitan cubrirlo o ya lo han cubierto de alguna otra forma, su cto finalizó y no hay despido así que poco o nada puede hacer usted.
01/04/2020 13:11
Jamgrrhh28
Muchísimas gracias por aclararme las dudas. Un saludo