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finca rustica

5 Comentarios
 
Finca rustica
26/11/2010 02:15
mi pregunta es:
tengo una finca rustica de 60.000m2 o urbanizable no delimitada (malloria de la jurisdiccion del pueblo), al lado hay parcelas urbanas de 200 m2 donde se van haciendo unifamiliares, como se les queda pequeño el jardin quieren comprarme 4000 m2 para dar mas metros a sus parcelas por atras sabiendo que en el terreno comprado no pueden construir nada pero les vale como jardin; mi pregunta es si se puede separar esos 4000 m2 de la finca de 60.000 m2 y si pueden vallarse cada uno su trozo correspondiente haciendose sus escrituras cada uno o habria que hacer compra en comunidad.
Un saludo
26/11/2010 08:57
¿ Segregar 4.000 metros ?, depende de la superficie mínima de cultivo establecida en la zona. Pregunta en el ayuntamiento o en el servicio de agricultura.
26/11/2010 15:17
pero vamos a ver, los 4000 metros no serian dedicados a cultivo ni agricultura. Se que debido a las concentraciones parcelarias no se deja dividir fincas mas pequeñas de 10000 m2 pero claro, esto es diferente, he visto casos de compra de partes de fincas por ejemplo para una gasolinera. No se si la lectura es tan facil como que yo no puedo comprar un trozo de finca inferior a 10000m2, me suena un poco ilogico.
26/11/2010 16:58
Precísamente por esa razón Ebarriola.

Para que no se creen parcelaciones al margen del planeamiento, la ley urbanística de tu CCAA no permite segregaciones en suelo no urbanizable cuando la superficie segregada o el resto que pueda quedar de la finca matriz, no cumpla la superficie mínima de cultivo ( y te lo digo desconociendo tu CCAA ).

Pero podría ser que en esa zona donde está enclavada tu finca esté establecida una superficie inferior a esa, eso no puedo saberlo, por esa razón te indico que preguntes en el ayuntamiento por ser quien tiene que concederte o denegarte la licencia de segregación o en el servicio de agricultura.

Cuestión diferente es cuando se segrega para agregar a una finca contigua que tenga la misma clasificación que la segregada, aúnque sean 100 metros, mientras las fincas resultantes de la segregación y agrupación producida cumplan la superficie mínima no habrá ningún problema.

Para la instalación de gasolineras está plenamente justificado puesto que los planes tienden a ubicarlas fuera del casco urbano, pero no para agregar un trozo de suelo no urbanizable a otro que es solar.

¿ Ilógico ?, no lo se, lo que si se es que si se es que si años atrás se hubiesen controlado las parcelaciones ilegales, gran parte de los desastres urbanísticos no se habrían producido.
29/11/2010 12:59
Hay te tengo de dar la razon, se han hecho autenticas barbaridades urbanisticas.
Bueno, mi comunidad es La Rioja, en teste caso yo creo que me ha quedado claro, el ayuntamiento tiene el poder de permitirte la segregacion o negarla.
Muchas gracias por la explicacion ALGA.
Un saludo
04/12/2010 03:36
Suele coincidir con la unidad mínima de cultivo si es 'rústica' pues al serlo su finalidad es principalmente agrícola mas otros usos complementarios a ellas, como turismo rural, escombreras! etc. Pero aquí tambien intervienen las normas sobre reparcelaciones que estarán contenidas en el PGOU de tu localidad y por tanto es en el Ayuntamiento de ésta donde te pueden informar.
finca rustica | PorticoLegal
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Finca rustica
26/11/2010 02:15
mi pregunta es:
tengo una finca rustica de 60.000m2 o urbanizable no delimitada (malloria de la jurisdiccion del pueblo), al lado hay parcelas urbanas de 200 m2 donde se van haciendo unifamiliares, como se les queda pequeño el jardin quieren comprarme 4000 m2 para dar mas metros a sus parcelas por atras sabiendo que en el terreno comprado no pueden construir nada pero les vale como jardin; mi pregunta es si se puede separar esos 4000 m2 de la finca de 60.000 m2 y si pueden vallarse cada uno su trozo correspondiente haciendose sus escrituras cada uno o habria que hacer compra en comunidad.
Un saludo
26/11/2010 08:57
¿ Segregar 4.000 metros ?, depende de la superficie mínima de cultivo establecida en la zona. Pregunta en el ayuntamiento o en el servicio de agricultura.
26/11/2010 15:17
pero vamos a ver, los 4000 metros no serian dedicados a cultivo ni agricultura. Se que debido a las concentraciones parcelarias no se deja dividir fincas mas pequeñas de 10000 m2 pero claro, esto es diferente, he visto casos de compra de partes de fincas por ejemplo para una gasolinera. No se si la lectura es tan facil como que yo no puedo comprar un trozo de finca inferior a 10000m2, me suena un poco ilogico.
26/11/2010 16:58
Precísamente por esa razón Ebarriola.

Para que no se creen parcelaciones al margen del planeamiento, la ley urbanística de tu CCAA no permite segregaciones en suelo no urbanizable cuando la superficie segregada o el resto que pueda quedar de la finca matriz, no cumpla la superficie mínima de cultivo ( y te lo digo desconociendo tu CCAA ).

Pero podría ser que en esa zona donde está enclavada tu finca esté establecida una superficie inferior a esa, eso no puedo saberlo, por esa razón te indico que preguntes en el ayuntamiento por ser quien tiene que concederte o denegarte la licencia de segregación o en el servicio de agricultura.

Cuestión diferente es cuando se segrega para agregar a una finca contigua que tenga la misma clasificación que la segregada, aúnque sean 100 metros, mientras las fincas resultantes de la segregación y agrupación producida cumplan la superficie mínima no habrá ningún problema.

Para la instalación de gasolineras está plenamente justificado puesto que los planes tienden a ubicarlas fuera del casco urbano, pero no para agregar un trozo de suelo no urbanizable a otro que es solar.

¿ Ilógico ?, no lo se, lo que si se es que si se es que si años atrás se hubiesen controlado las parcelaciones ilegales, gran parte de los desastres urbanísticos no se habrían producido.
29/11/2010 12:59
Hay te tengo de dar la razon, se han hecho autenticas barbaridades urbanisticas.
Bueno, mi comunidad es La Rioja, en teste caso yo creo que me ha quedado claro, el ayuntamiento tiene el poder de permitirte la segregacion o negarla.
Muchas gracias por la explicacion ALGA.
Un saludo
04/12/2010 03:36
Suele coincidir con la unidad mínima de cultivo si es 'rústica' pues al serlo su finalidad es principalmente agrícola mas otros usos complementarios a ellas, como turismo rural, escombreras! etc. Pero aquí tambien intervienen las normas sobre reparcelaciones que estarán contenidas en el PGOU de tu localidad y por tanto es en el Ayuntamiento de ésta donde te pueden informar.