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finiquito contrato tipo 401

2 Comentarios
 
Finiquito contrato tipo 401
02/06/2014 10:32
Buenos días,
Tengo un contrato de obra y servicio con una antigüedad de 8 meses y la semana pasada me comunicaron de forma NO OFICIAL que a principios de julio finalizarían mi contrato (aunque el proyecto no está finalizado). Tengo varia dudas respecto a varios puntos:

- Las vacaciones generadas no disfrutadas las debo cobrar en el finiquito?

- Según nuestro convenio colectivo, por mi categoría profesional, debo dar preaviso de 2 meses, la empresa debe dar también estos 2 meses?

- La paga extra de junio (las extras no las tengo prorrateadas) la cobrare entera, o la parte proporcional dependiendo de cuando se efectúe el despido?

- La nómina de junio la cobraría entera o proporcional en función del día que me despidan?.

- Tengo generados más de dos años trabajados de la anterior empresa donde estuve, pero en esta he estado trabajando menos de 1 año. La prestación por desempleo se me calcularía con los últimos 6 meses de mi actual empresa o con los últimos 6 meses de la empresa anterior?

Muchas gracias por vuestro tiempo.
02/06/2014 10:51
Buenas días Achop, las vacaciones si no las dusfrutas antes de que finalice tu contrato entonces tendrán que abonártelas en el finiquito.

Mira bien si el convenio contempla el preaviso por parte de la empresa, si el convenio no dice nada, entonces la regla general es que la finalización de los contratos de obra deben llevar un preaviso por parte de la empresa de 15 días naturales.
Las pagas extras las cobrarás por la parte proporcional.
La nómina también la cobrarás proporcional hasta el día de finalización.
Si no pediste anteriormente la prestación por desempleo, entonces ahora se te calcuará la prestación de desempleo con los últimos 6 meses de este último contrato de trabajo.
En cuanto a lo que dices de la finalización tendrás que mirarlo , ya que si el causa que pusieron en tu contrato no ha finalizado entonces no pueden darte de baja por finalización de obra, en este caso tendrían que proceder a hacerte un despido.
Un saludo
02/06/2014 11:25
Muchas gracias Atma por vuestra respuesta!

He mirado el convenio y no especifica nada respecto al preaviso, por lo tanto entiendo que serán 15 días. De todas formas preguntare a nuestro representante sindical.

Respecto al último punto, me surgen dos dudas:
- El proyecto no está finalizado (estaría mas o menos a un 85%), pero como podría demostrar ante RRHH que no está finalizado?
- Que diferencia habría entre las indemnizaciones por despido o por fin de contrato?

Muchas gracias!!
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Finiquito contrato tipo 401
02/06/2014 10:32
Buenos días,
Tengo un contrato de obra y servicio con una antigüedad de 8 meses y la semana pasada me comunicaron de forma NO OFICIAL que a principios de julio finalizarían mi contrato (aunque el proyecto no está finalizado). Tengo varia dudas respecto a varios puntos:

- Las vacaciones generadas no disfrutadas las debo cobrar en el finiquito?

- Según nuestro convenio colectivo, por mi categoría profesional, debo dar preaviso de 2 meses, la empresa debe dar también estos 2 meses?

- La paga extra de junio (las extras no las tengo prorrateadas) la cobrare entera, o la parte proporcional dependiendo de cuando se efectúe el despido?

- La nómina de junio la cobraría entera o proporcional en función del día que me despidan?.

- Tengo generados más de dos años trabajados de la anterior empresa donde estuve, pero en esta he estado trabajando menos de 1 año. La prestación por desempleo se me calcularía con los últimos 6 meses de mi actual empresa o con los últimos 6 meses de la empresa anterior?

Muchas gracias por vuestro tiempo.
02/06/2014 10:51
Buenas días Achop, las vacaciones si no las dusfrutas antes de que finalice tu contrato entonces tendrán que abonártelas en el finiquito.

Mira bien si el convenio contempla el preaviso por parte de la empresa, si el convenio no dice nada, entonces la regla general es que la finalización de los contratos de obra deben llevar un preaviso por parte de la empresa de 15 días naturales.
Las pagas extras las cobrarás por la parte proporcional.
La nómina también la cobrarás proporcional hasta el día de finalización.
Si no pediste anteriormente la prestación por desempleo, entonces ahora se te calcuará la prestación de desempleo con los últimos 6 meses de este último contrato de trabajo.
En cuanto a lo que dices de la finalización tendrás que mirarlo , ya que si el causa que pusieron en tu contrato no ha finalizado entonces no pueden darte de baja por finalización de obra, en este caso tendrían que proceder a hacerte un despido.
Un saludo
02/06/2014 11:25
Muchas gracias Atma por vuestra respuesta!

He mirado el convenio y no especifica nada respecto al preaviso, por lo tanto entiendo que serán 15 días. De todas formas preguntare a nuestro representante sindical.

Respecto al último punto, me surgen dos dudas:
- El proyecto no está finalizado (estaría mas o menos a un 85%), pero como podría demostrar ante RRHH que no está finalizado?
- Que diferencia habría entre las indemnizaciones por despido o por fin de contrato?

Muchas gracias!!