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Firma de contrato sin aviso de cambio de cláusulas.

1 Comentarios
 
Firma de contrato sin aviso de cambio de cláusulas.
25/06/2021 20:29
Buenas tardes, hace años firmé un contrato de árras de venta de un terreno, para construir un edificio sobre él, que nunca se llegó a edificar, porque el constructor nunca llegó a obtener financiación para ello. Al reclamarle la propiedad, en ese momento me dijo que, me la devolvería, si le reembolsaba el dinero adelantado. Ahora y puesto que no llegamos a acuerdo, mediante conciliación en el juzgado, amenaza con demandar. En todo momento se negoció, que si no se llevaba a cabo la obra en unos meses, por cualquier causa, perdería el dinero adelantado, que es, lo que entiendo como contrato de árras y que ese su espíritu. Yo conservo borradores de contratos en el que es el propio constructor, el que refleja, que debe indemnizar con ese adelanto de cantidades. Mi pregunta es, ¿Si aportando esos borradores y que obviamente, alegando que me ha dado, por decirlo coloquialmente el cambiazo en el momento de la firma y actuando yo de buena fe, firmándolo, tengo posibilidades de que me estimen la demanda y no tener que devolver las cantidades adelantadas? ¿ Hay jurisprudencia suficiente en ese sentido?. Muchas gracias de antemano por las respuestas.
28/06/2021 12:41
Para contestarle con propiedad, hay que ver lo que firmaron ustedes. Es imposible darle una respuesta con la información que ofrece en su mensaje. Pruebe a tachar los nombres y a subir un enlace.
Firma de contrato sin aviso de cambio de cláusulas. | PorticoLegal
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25/06/2021 20:29
Buenas tardes, hace años firmé un contrato de árras de venta de un terreno, para construir un edificio sobre él, que nunca se llegó a edificar, porque el constructor nunca llegó a obtener financiación para ello. Al reclamarle la propiedad, en ese momento me dijo que, me la devolvería, si le reembolsaba el dinero adelantado. Ahora y puesto que no llegamos a acuerdo, mediante conciliación en el juzgado, amenaza con demandar. En todo momento se negoció, que si no se llevaba a cabo la obra en unos meses, por cualquier causa, perdería el dinero adelantado, que es, lo que entiendo como contrato de árras y que ese su espíritu. Yo conservo borradores de contratos en el que es el propio constructor, el que refleja, que debe indemnizar con ese adelanto de cantidades. Mi pregunta es, ¿Si aportando esos borradores y que obviamente, alegando que me ha dado, por decirlo coloquialmente el cambiazo en el momento de la firma y actuando yo de buena fe, firmándolo, tengo posibilidades de que me estimen la demanda y no tener que devolver las cantidades adelantadas? ¿ Hay jurisprudencia suficiente en ese sentido?. Muchas gracias de antemano por las respuestas.
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