Hola. El hecho de firmar una nómina es que firmas que has cobrado la cantidad que indica la misma.
La empresa está obligada a entregar una nómina desglosando los conceptos por los que se te paga esa cantidad.
O sea, que si no estuvieran bien hechas tendrias 1 año para reclamar por cantidad.
Un saludo.
Ayer mismo me comentaron que habían firmado la nómina pero todavía no les habían ingresado el dinero. Si no llegaran a pagar, se pueden escudar en que tienen la nómina firmada? o se podría alegar que no te han hecho el ingreso?
Hola Miriam. Como bien dice la compañera Creyes, el firmar en el recibo de salarios solo acredita que recibes la cantidad que refleja el líquido. No obstante, como existen demasiadas empresas que no cumplen en este sentido con la práctica legal, a continuación expongo su regulación.
El artículo 2.1 de la Orden de 27 de diciembre de 1994 establece, que “El recibo de salarios será firmado por el trabajador al hacerle entrega del duplicado del mismo y abonarle en moneda de curso legal o mediante cheque o talón bancario las cantidades resultantes de la liquidación. La firma del recibo dará fe de la percepción por el trabajador de dichas cantidades, sin que suponga su conformidad con las mismas.
Cuando el abono se realice por medio de transferencia bancaria, el empresario entregará al trabajador un duplicado del recibo de salarios sin recabar su firma, que se entenderá sustituida por el comprobante de abono de la entidad bancaria.
Hola Miriam, efectivamente si firmas la nómina y todavia no te lo han ingresado en el banco, se podria entender que lo has cobrado en metálico.
La empresa tendría la prueba del cobro: la nomina firmada.
Un saludo.
Entonces, si la forma de pago es mediante transferencia bancaria, no es aconsejable aprte de que no es necesario el firmar la nomina, luego la empresa puede no hacer el ingreso y decir qeu pago en efectivo.
Pero...y si te pagan mediante cheque , firmas y luego ese cheque no tiene fondos?
Entonces tienes como documento el cheque, que puedes demostrar que no se ha cobrado por carecer de fondos, ahí no hay problema, hayas firmado la nómina o no. El cheque es como moneda ya que están obligados a tener fondos, y si lo presentas a cobro en su plazo(15 días) y no los tiene , en ese mismo plazo lo puedes protestar.
Porque no creo que puedan alegar que te lo abonaron en efectivo al carecer de fondos, porque en ese caso tendría que haber sido a cambio del cheque y si no estoy mal informada, dar un cheque sin fondos es denuciable
Buenas, mi situación es la siguiente.. Hace una semana firmé la baja voluntaria, ya que empezaba a trabajar en otra empresa, qué pasa, que no sabía lo que firmar ese papel me supondría, por lo visto al firmarla no tengo derecho ni a finiquito ni a cobrar el paro de forma inmediata, yo es no lo sabía ya que tengo 20 años y aún estoy conociendo mis derecho. He trabajado 6 meses en un bar, 8h asegurado, hasta ahí bien, pero mi ex jefe me la ha jugado, firme el papel como bien me lo pidió y yo los firme con gusto ya que el me lo pidió.. Que pasa, que yo estos 6 meses no he firmado ninguna nómina y cobraba en metálico, a lo que voy, no hay prueba que refleje que yo he recibido ningún dinero y ahora quiero atacar yo, ¿Puedo exigirle esos 6 meses? Ya que no firmé las nóminas, ni tampoco contrato, pero si he estado dado de alta. Un saludo y gracias de antemano.
1 Que usted desconozca sus dchos no quiere decir que le engañen.
2 No es nada ético reclamar algo que si ha cobrado pero si no tiene escrúpulos puede proceder con la demanda
3 Debe pedir una Vida laboral a ver si es cierto que ha estado de alta.
4 Firmar una baja voluntaria no quiere decir que no tenga dcho a finiquito y por supuesto no tiene dcho a prestación por desempleo, es usted quien deja el empleo no lo echan.