Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

firmo el día 17 de abril el despido.

2 Comentarios
 
Firmo el día 17 de abril el despido.
15/04/2009 23:37
Hola, os comento, empecé a trabajar en una empresa el 04-02-2009 y ayer día 2 de abril me dieron la carta de despido, con fecha 17-04-2009 y me han dicho que me coja los día que me corresponden de vacaciones que por mis calculos son 4,6 y los días de la siguiente semana que me los regala... que ya no venga a trabajar, me ha dicho que mi finiquito es de unos 245€ y yo en mi nómina tengo 473,18 netos (por 4 horas) segun mis calculos me debería pagar 268.03€ y no se si me conrresponde indemnizacion (8 días por año trabajado la parte proporcional de los meses que yo he trabajado) el contrato es por obras y servicios. Os agradecería que me ayudarais porque estoy bastante pegada.
Muchas gracias con anterioridad...
Un saludo
Isabel
15/04/2009 23:50
Si transcribes la carta de despido te podría ayudar más, pero en principio te han de abonar el salario de los 17 dias de abril, la parte proporcional de pagas extras si no las tienes prorrateadas, y la indemnización por despido, que se calculará a razón de 45 días por año trabajador, en este caso serían 3,75 días por mes, y como llevas dos largos, se entienden tres (por el prorrateo a meses) por tanto son 3,75 X 3 = 11,25 días que tambíen te tendrían que abonar. Por tanto con los datos que das entiendo que te ofrecen cantidad inferior a la que te corresponde. Para el cálculo de la indemnización no se tiene en cuenta el salario neto, sino todos los conceptos salariales más la parte proporcional de extras, por tanto con la información que das no te podría calcular la cantida que te corresponde. Si te despiden, ya no es terminación de contrato temporal por causa recogida en el mismo, por lo que no lleva de indemización los 8 días, pues ya llevas la de 45 días. NOTA: Esta opinión queda sometida a otra mejor fundada en derecho y a una mayor información en la petición.
16/04/2009 14:15
Muchas Gracias, me ha servido bastante de ayuda para calcular lo que me correspondía.

Muchas gracias por todo.
firmo el día 17 de abril el despido. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

firmo el día 17 de abril el despido.

2 Comentarios
 
Firmo el día 17 de abril el despido.
15/04/2009 23:37
Hola, os comento, empecé a trabajar en una empresa el 04-02-2009 y ayer día 2 de abril me dieron la carta de despido, con fecha 17-04-2009 y me han dicho que me coja los día que me corresponden de vacaciones que por mis calculos son 4,6 y los días de la siguiente semana que me los regala... que ya no venga a trabajar, me ha dicho que mi finiquito es de unos 245€ y yo en mi nómina tengo 473,18 netos (por 4 horas) segun mis calculos me debería pagar 268.03€ y no se si me conrresponde indemnizacion (8 días por año trabajado la parte proporcional de los meses que yo he trabajado) el contrato es por obras y servicios. Os agradecería que me ayudarais porque estoy bastante pegada.
Muchas gracias con anterioridad...
Un saludo
Isabel
15/04/2009 23:50
Si transcribes la carta de despido te podría ayudar más, pero en principio te han de abonar el salario de los 17 dias de abril, la parte proporcional de pagas extras si no las tienes prorrateadas, y la indemnización por despido, que se calculará a razón de 45 días por año trabajador, en este caso serían 3,75 días por mes, y como llevas dos largos, se entienden tres (por el prorrateo a meses) por tanto son 3,75 X 3 = 11,25 días que tambíen te tendrían que abonar. Por tanto con los datos que das entiendo que te ofrecen cantidad inferior a la que te corresponde. Para el cálculo de la indemnización no se tiene en cuenta el salario neto, sino todos los conceptos salariales más la parte proporcional de extras, por tanto con la información que das no te podría calcular la cantida que te corresponde. Si te despiden, ya no es terminación de contrato temporal por causa recogida en el mismo, por lo que no lleva de indemización los 8 días, pues ya llevas la de 45 días. NOTA: Esta opinión queda sometida a otra mejor fundada en derecho y a una mayor información en la petición.
16/04/2009 14:15
Muchas Gracias, me ha servido bastante de ayuda para calcular lo que me correspondía.

Muchas gracias por todo.