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Fiscales tratos detenidos p2p

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Fiscales tratos detenidos p2p
19/10/2010 06:36
Cualquiera que se detenga a analizar los casos de los DETENIDOS P2P por delitos de pornografía infantil, se percataría que los detenidos no están siendo condenados en base a las pruebas y los indicios técnicos, sino por la ACEPTACIÓN DE LA CONDENA (expediente de conformidad) por parte de los internautas. Esta aceptación en muchas ocasiones está motivada por la presión que estos asuntos generan al detenido (incluso tu abogado defensor podría estar en tu contra). La indefensión es absoluta.

Los fiscales generalmente pide, "a sabiendas", más condena de lo legalmente establecido (6 años). Una FORMULA DEL AMEDRANTAMIENTO que sirve para llegar a un trato con el acusado (menos de 2 años) y así eludir la cárcel por estos espinosos delitos.

El TS advierte en su sentencia 592/2009:

"El expediente de la conformidad con los hechos y con la pena, está adquiriendo de manera
progresiva cierto estatuto de normalidad en la legislación y en la jurisprudencia. Pero trastoca profundamente la naturaleza del momento jurisdiccional: al hacer disponible la pretensión punitiva; y por abrir la puerta a asentimientos meramente adhesivos fundados en razones pragmáticas, de pura oportunidad, y a ejercicios poco rigurosos del derecho de defensa, a costa, sobre todo, de imputados de escasa capacidad económica, principales beneficiarios del sistema. Además, favorece aplicaciones rutinarias de esa opción, a impulsos de un simple eficientismo procesal; y puede contribuir activamente a la degradación del papel del juez, que, de decisor autónomo con base en la prueba, pasa a ser simple notario , encargado de dar fe de un acuerdo negocial con antecedentes exclusivamente sumariales como presupuesto. Y cuya fundamentación resulta por completo elidida, como lo demuestra el inexpresivo tenor literal del acta de tal clase de juicios , en la que salvo la expresión ritual del término sacramental de "conformidad", todo queda sobreentendido y, por tanto, inmotivado e infiscalizable. Una inexpresividad y opacidad, éstas, que suelen transmitirse mecánicamente a la sentencia."

Si estos asuntos siempre acaban con CONDENAS INFERIORES A 2 AÑOS ¿ Por qué siguen nuestras FFCCSE actuando de oficio? ¿Por qué siguen autorizando los jueces REDADAS SIMULTÁNEAS en todo el país si a los detenidos NO SE LES APLICA NINGUN AGRAVANTE DE BANDA ORGANIZADA?

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Fiscales tratos detenidos p2p | PorticoLegal
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Cualquiera que se detenga a analizar los casos de los DETENIDOS P2P por delitos de pornografía infantil, se percataría que los detenidos no están siendo condenados en base a las pruebas y los indicios técnicos, sino por la ACEPTACIÓN DE LA CONDENA (expediente de conformidad) por parte de los internautas. Esta aceptación en muchas ocasiones está motivada por la presión que estos asuntos generan al detenido (incluso tu abogado defensor podría estar en tu contra). La indefensión es absoluta.

Los fiscales generalmente pide, "a sabiendas", más condena de lo legalmente establecido (6 años). Una FORMULA DEL AMEDRANTAMIENTO que sirve para llegar a un trato con el acusado (menos de 2 años) y así eludir la cárcel por estos espinosos delitos.

El TS advierte en su sentencia 592/2009:

"El expediente de la conformidad con los hechos y con la pena, está adquiriendo de manera
progresiva cierto estatuto de normalidad en la legislación y en la jurisprudencia. Pero trastoca profundamente la naturaleza del momento jurisdiccional: al hacer disponible la pretensión punitiva; y por abrir la puerta a asentimientos meramente adhesivos fundados en razones pragmáticas, de pura oportunidad, y a ejercicios poco rigurosos del derecho de defensa, a costa, sobre todo, de imputados de escasa capacidad económica, principales beneficiarios del sistema. Además, favorece aplicaciones rutinarias de esa opción, a impulsos de un simple eficientismo procesal; y puede contribuir activamente a la degradación del papel del juez, que, de decisor autónomo con base en la prueba, pasa a ser simple notario , encargado de dar fe de un acuerdo negocial con antecedentes exclusivamente sumariales como presupuesto. Y cuya fundamentación resulta por completo elidida, como lo demuestra el inexpresivo tenor literal del acta de tal clase de juicios , en la que salvo la expresión ritual del término sacramental de "conformidad", todo queda sobreentendido y, por tanto, inmotivado e infiscalizable. Una inexpresividad y opacidad, éstas, que suelen transmitirse mecánicamente a la sentencia."

Si estos asuntos siempre acaban con CONDENAS INFERIORES A 2 AÑOS ¿ Por qué siguen nuestras FFCCSE actuando de oficio? ¿Por qué siguen autorizando los jueces REDADAS SIMULTÁNEAS en todo el país si a los detenidos NO SE LES APLICA NINGUN AGRAVANTE DE BANDA ORGANIZADA?

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