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Fiscalidad de una herencia

1 Comentarios
 
04/10/2002 11:50
El Impuesto de Sucesiones es un impuesto autonómico, se debe liquidar en un plazo máximo de 6 meses , en caso contrario dependiendo de cuando lo liquides, te encontrarás con una sanción mayor.
Puede ocurrir dos casos, que la administración te requiera, es decir, que te mande un requerimiento por no haber ñiquidado a tiempo la herencia, en este caso, supone una infracción grave.

En el caso de que antes de que te requieran, puede ocurrir dos casos:
1)antes de 12 meses,en este caso si tardas entre menos de tres meses tendrás un recargo único del 5% sin intereses de demora; de tres a 6 meses será dl 10%;y hasta 12 meses será del 15%.
2)si pasas de 12 meses desde la fecha de fallecimiento, tendrás un recargo único del 20% más intereses de demora, pero no tendrás sanción como ocurre si la administración te "pilla".

Yo te recomiendo que acudas cuanto antes, ya que dependiendo de comunidades autonomas, te puedo decir que ahora lo vijilan más y por tanto es mejor adelantarte a que te requieran, eso si, lo teneis que hacer todos los herederos , ya que si solo lo haces tú, la administración rápidamente pillaría al resto.
Fiscalidad de una herencia
03/10/2002 05:25
Hace casi un año mi padre falleció y no hicimos la declaración de herederos porque "se nos pasó" somos 5 hermanos y nuestra madre que es usufructuaria de los bienes.Mi padre no tenía gran patrimonio y lo único que especificó es dejar la casa a 2 de mis hermanos mientras estés solteros para que hagan uso de ella.Qué hemos de hacer?se nos ha pasado el plazo y no sabemos como actuar.Gracias por vuestra ayuda
Fiscalidad de una herencia | PorticoLegal
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04/10/2002 11:50
El Impuesto de Sucesiones es un impuesto autonómico, se debe liquidar en un plazo máximo de 6 meses , en caso contrario dependiendo de cuando lo liquides, te encontrarás con una sanción mayor.
Puede ocurrir dos casos, que la administración te requiera, es decir, que te mande un requerimiento por no haber ñiquidado a tiempo la herencia, en este caso, supone una infracción grave.

En el caso de que antes de que te requieran, puede ocurrir dos casos:
1)antes de 12 meses,en este caso si tardas entre menos de tres meses tendrás un recargo único del 5% sin intereses de demora; de tres a 6 meses será dl 10%;y hasta 12 meses será del 15%.
2)si pasas de 12 meses desde la fecha de fallecimiento, tendrás un recargo único del 20% más intereses de demora, pero no tendrás sanción como ocurre si la administración te "pilla".

Yo te recomiendo que acudas cuanto antes, ya que dependiendo de comunidades autonomas, te puedo decir que ahora lo vijilan más y por tanto es mejor adelantarte a que te requieran, eso si, lo teneis que hacer todos los herederos , ya que si solo lo haces tú, la administración rápidamente pillaría al resto.
Fiscalidad de una herencia
03/10/2002 05:25
Hace casi un año mi padre falleció y no hicimos la declaración de herederos porque "se nos pasó" somos 5 hermanos y nuestra madre que es usufructuaria de los bienes.Mi padre no tenía gran patrimonio y lo único que especificó es dejar la casa a 2 de mis hermanos mientras estés solteros para que hagan uso de ella.Qué hemos de hacer?se nos ha pasado el plazo y no sabemos como actuar.Gracias por vuestra ayuda