Estamos preparando la liquidación de los bienes gananciales. -Al esposo se le asigna "el préstamo de la comunidad conyugal a sus hijas [del esposo] en diversos momentos, durante un plazo de quince años, destinados al pago por éste de gastos de sostenimiento, por (165.633,02 euros)"- ¿Hay que tributar en algún impuesto por esa cantidad, o se considera prescrita? Gracias