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Formacion fuera de horario laboral

1 Comentarios
 
Formacion fuera de horario laboral
27/11/2006 20:44
Buenas.

Queria realizar la siguiente consulta: en nuestra oficina nos han exigido, a mi y a todos mis compañeros, que hagamos un curso próximamente, que consistirá en 2 horas diarias durante 4 dias, de 19:00 a 21:00, justo tras salir de trabajar. Nos indican que es obligatorio, y que no es remunerado.

Tenemos realmente obligación legal de hacerlo? Nuestro contrato es por obra y servicio, de lunes a viernes de 9 a 7 de la tarde, con dos horas para comer. Nuestro convenio es de consultoras de planificación.

Muchas gracias a todos de antemano.
28/11/2006 23:47
Entiendo que la formación, si te lo pide la empresa, y son ellos los que por escrito te exigen que acudas al curso, debe de hacerse en horas de trabajo............todo lo demás, sino es en horas de trabajo, no tienes porqué hacerlas, a no ser que te digan que te van a pagar esas horas que son para tu vida privada, pero lo dudo mucho.

Mírate lo que dice el convenio con respecto a esto, pero dudo mucho, que te digan que hagas un curso fuera de horas y no sean retribuidas.

Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo.

1. El trabajador tendrá derecho:

a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.

2. En los convenios colectivos se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos

Salud
Formacion fuera de horario laboral | PorticoLegal
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Formacion fuera de horario laboral

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Formacion fuera de horario laboral
27/11/2006 20:44
Buenas.

Queria realizar la siguiente consulta: en nuestra oficina nos han exigido, a mi y a todos mis compañeros, que hagamos un curso próximamente, que consistirá en 2 horas diarias durante 4 dias, de 19:00 a 21:00, justo tras salir de trabajar. Nos indican que es obligatorio, y que no es remunerado.

Tenemos realmente obligación legal de hacerlo? Nuestro contrato es por obra y servicio, de lunes a viernes de 9 a 7 de la tarde, con dos horas para comer. Nuestro convenio es de consultoras de planificación.

Muchas gracias a todos de antemano.
28/11/2006 23:47
Entiendo que la formación, si te lo pide la empresa, y son ellos los que por escrito te exigen que acudas al curso, debe de hacerse en horas de trabajo............todo lo demás, sino es en horas de trabajo, no tienes porqué hacerlas, a no ser que te digan que te van a pagar esas horas que son para tu vida privada, pero lo dudo mucho.

Mírate lo que dice el convenio con respecto a esto, pero dudo mucho, que te digan que hagas un curso fuera de horas y no sean retribuidas.

Artículo 23. Promoción y formación profesional en el trabajo.

1. El trabajador tendrá derecho:

a) Al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo, si tal es el régimen instaurado en la empresa, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.

b) A la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para la asistencia a cursos de formación profesional o a la concesión del permiso oportuno de formación o perfeccionamiento profesional con reserva del puesto de trabajo.

2. En los convenios colectivos se pactarán los términos del ejercicio de estos derechos

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