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Formación

3 Comentarios
 
25/11/2003 16:18
Me parece la opción más sensata.

25/11/2003 12:36
Amigo Dani 2:

La opción citada de acabar de completar los estudios basicos en un centro de adultos, lo descarta la empresa, ya que la empresa es el propio padre, pero voy a optar por la 2ª opción los seguros sociales del mes de octubre y noviembre, los liquidare normalmente, y contratarlo efectivamente en otra modalidad. con fecha 1 de diciembre de los ctes.
Mira que te parece.
gracias.
25/11/2003 12:21
Que carezca de la escolaridad obligatoria no anula la posibilidad de suscribir contrato de formación, sólo que entonces la formación consiste en completar dichos estudios (tendrías que encontrar un centro homologado y presentar una nueva comunicación de acuerdo de formación). Tocada de narices ¿verdad?

Bueno pues pensando en tus tres opciones, descarto la tercera por lo que ya he mencionado, la primera me da miedo (¿posible denuncia del trabajador a la inspección?) y la segunda, vale siempre y cuando el trabajador lo firme todo y se quede contento (podría denunciar que no le ha sido impartida la formación, he oido de sanciones que superan el kilo).

A no ser que contemples darle de baja para quitarte de encima el marrón pero contratarlo de nuevo bajo otra modalidad.
Formación
25/11/2003 11:49
Tengo en estos momentos un pequeño problema, con fecha 1 de Octubre de 2003, formalice un contrato en formación, en el que transcurridos 2 meses, el trabajador a observado que carece de estudios basicos es decir E.G.B. o E.S.O.
Me encuentro con la tesitura de tenerlo que anular.
No se cual de las opciones seguir.
1.- Retrotaerme al 1 de Octubre y anular el Alta en Seg. Social.
2.- Darle de baja en fecha 30 de noviembre por baja voluntaria.
3.- Darle de baja en fecha 30 de noviembre por anulación de contrato en formación.
Quisiera que me aconsejarais al respecto.

Manolo Blasco
Formación | PorticoLegal
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25/11/2003 16:18
Me parece la opción más sensata.

25/11/2003 12:36
Amigo Dani 2:

La opción citada de acabar de completar los estudios basicos en un centro de adultos, lo descarta la empresa, ya que la empresa es el propio padre, pero voy a optar por la 2ª opción los seguros sociales del mes de octubre y noviembre, los liquidare normalmente, y contratarlo efectivamente en otra modalidad. con fecha 1 de diciembre de los ctes.
Mira que te parece.
gracias.
25/11/2003 12:21
Que carezca de la escolaridad obligatoria no anula la posibilidad de suscribir contrato de formación, sólo que entonces la formación consiste en completar dichos estudios (tendrías que encontrar un centro homologado y presentar una nueva comunicación de acuerdo de formación). Tocada de narices ¿verdad?

Bueno pues pensando en tus tres opciones, descarto la tercera por lo que ya he mencionado, la primera me da miedo (¿posible denuncia del trabajador a la inspección?) y la segunda, vale siempre y cuando el trabajador lo firme todo y se quede contento (podría denunciar que no le ha sido impartida la formación, he oido de sanciones que superan el kilo).

A no ser que contemples darle de baja para quitarte de encima el marrón pero contratarlo de nuevo bajo otra modalidad.
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25/11/2003 11:49
Tengo en estos momentos un pequeño problema, con fecha 1 de Octubre de 2003, formalice un contrato en formación, en el que transcurridos 2 meses, el trabajador a observado que carece de estudios basicos es decir E.G.B. o E.S.O.
Me encuentro con la tesitura de tenerlo que anular.
No se cual de las opciones seguir.
1.- Retrotaerme al 1 de Octubre y anular el Alta en Seg. Social.
2.- Darle de baja en fecha 30 de noviembre por baja voluntaria.
3.- Darle de baja en fecha 30 de noviembre por anulación de contrato en formación.
Quisiera que me aconsejarais al respecto.

Manolo Blasco