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fotografias desnudo, ¿de quien son?

11 Comentarios
 
25/12/2005 11:08
Veo que éste tema está calentito y me gustaría aportar mi modesta opinión.
Como ya se apuntaba por arriba, creo que aquí el problema sería si la chica te demandara por violación de su derecho a la propia imagen.
Ten en cuenta que la foto la vas a exponer públicamente y ella tiene pudor ante la idea de que la vean desnuda. Tiene que autorizarte expresamente. Que en la imagen pose no es una autorización expresa si tu no tienes un contrato con ella, siempre puede decir que la foto la pidió así y que tu te quedaste con una copia sin su permiso.
Si algún día la relación se estropea entre vosotros te podría demandar y pedirte daños morales además de por supuesto la retirada de las fotos expuestas.
En próximas ocasiones que utilices modelos, que te firmen un contrato de autorización y pagales aunque sea poco.
Un saludo
Estimado Eduardo,

en relación a si una fotografía artística constituye, en sí misma, un dato de carácter personal o no, y por lo tanto un dato protegible por la ley orgánica de datod de carácter personal - la LOPD -, entiendo que el planteamiento correcto no es considerar a la fotografía de dicho tipo un dato de tal carácter. considero que lo correcto es considerar un dato de dicho tipo no a la fotografiá en sí, artística o no - pues para la LOPD es irrelevante que sea artística -; lo relevante es que incorpore una imagen de una persona, y este último concepto sí que es un dato protegible.

De hecho hay algunaque otra resolución de la Agencia Española de Protección de Datos en la que las imágenes generadas por un vídeo - de personas, naturalmente - se han considerado, de forma tajante, además, como datos de carácter personal, y por lo tanto protegibles por dicha norma.

Al margen de lo anterior, y entrando ahora en terrenos que sí son de propiedad intelectual, entiendo que la cesión de derechos de explotación no se presume, y aunque fuese posible que consintió para determinado uso de su imagen, Internet es un ámbito muy concreto, específico y peculiar, para el cual podría dicho modelo alegar que no consintió, aunque entienda que pueda ser algo opinable.

Un cordial saludo.

Javier Hernández, abogado
Protección Legal.com

www.proteccionlegal.com
despacho@proteccionlegal.com

Un cordial saludo.
30/10/2005 11:53
pasaba por aquí y...
supongo que Miguelo tendrá ya resuelto su problema. Asesores no le faltan.

No será que estamos enfrentando el derecho de autor (fotográfo) al derecho a la imagen personal
(modelo) ¿eh? y el problema sería ¿ Qué derecho es preferente?



26/08/2005 14:07
Apreciado Javier,

He estado echando un vistazo a la LOPD y me cuesta bastante asociar el concepto de fotografía artística (desnudo) con el de Dato de Carácter Personal. Haciendo un esfuerzo podría asimilarse la fotografía artística con lo dicho en el artículo 3a LPD; "cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables". Sin embargo, no veo ninguna relación con lo establecido en el art. 4 LPD sobre "calidad de los datos" con los "datos" que se puedan generar con las fotografías artísticas.

Te agradecería que me fundamentases la conexión datos-fotografías artísticas. Si me facilitases alguna sentecia para consultar ya sería increible.

Gracias
Estimados amigos,

sospecho que - entre otros, seguramente - hay un enfoque sobre este tema que se nos ha pasado por alto, y que razón tenga el que me diga que no tiene nada que ver con propiedad intelectual - objeto indiscutible de este foro -, pero que, por otra parte, sí lo tiene, y muchísimo, con la legalidad o no del uso de dichas fotos. Estoy hablando de protección de datos.

Al grano:
Atendiendo a la LOPD - Ley 15/99, Orgánica, de Protección de Datos de Carácter Personal -, la imagen de una persona se considera un dato protegido por la misma.

Sentado lo anterior, es regla general en dicha norma solicitar el consentimiento al titular de los datos a la hora de realizar una cesión de los mismos, ya que en caso contrario, de haberse actuado sin dicho consentimiento, estaríamos ante lo denominado como cesión inconsentida, infracción cuyo tramo de sanción va de 300.000 a 600.000 euros.

Por otro lado, se considera cesión de datos toda revelación de datos a un tercero distinto del interesado, y la AEPS - Agencia Española de Protección de Datos - ha afirmado en bastantes ocasiones que la incorporación de datos de carácter personal en un sito web, como es el caso de estas fotos, se considera constitutivo de la figura de la cesión.

Dato básico en la presente cuestión es la de interpretar si el hecho de haber posado es, per se, una autorización sin límite para cualquier uso posterior de dichas imágenes. La cautela, la prudencia y el uso común, aconsean solicitar, de forma previa y expresa el consentimiento, indicándose bien claramente cuál es el fin del uso de dichas imágenes.

Conclusión: lo prudente es solicitar el consentimiento antes de la publicación, y de forma escita lo más aconsejable (también lo es evidentemente, y al margen de lo anterior, adaptar la organización a la normativa de protección de datos, pero esto último sí que se saldría ya, y de forma clara e injustificada, del objeto de este foro).

Un cordial saludo a todos.

Javier Hernández, abogado
Protección Legal.com

www.proteccionlegal.com
despacho@proteccionlegal.com
19/07/2005 20:02
Esto es cuiosísimo, merece un foro aparte.
18/07/2005 22:21
La respuesta es muy simple, y si planteas esa pregunta entonces tengo que dudar de tu sentido de lo "artístico" y el "buen gusto". A mi me puede encantar, parecer divertido o incluso sano tomar el sol desnudo en una playa nudista, lo que no implica que me pasee así por cualquier playa ni por las ciudades, me puede satisfacer mucho que alguna estudiante de Bellas Artes quiera estudiar las ondas de mis michelines e inmortalizarlas (no todos los modelos de Bellas artes tienen cuerpos perfectos y apetecibles) lo que no significa que vaya en el metro empeñado en publicitarlas, ¿captas?.
"Aun sabiendo que eras fotógrafo", muchas veces nos damos las respuestas a lo que preguntamos, lo raro le habría parecido a esa chica si le hubieras pedido de que posara sin serlo.
En tu caso, además de que no solo no es legal que las publicites me parece inmoral tu empeño en exponerla. Muchos pintores, artistas, fotógrafos, etc, han estudiado el desnudo sin comprometer la "mano" que le da de comer, quizás por eso llegaron a ser artistas.
18/07/2005 18:46
Miguelo,

ella posó, hasta ahí perfecto.

Pero no te autorizó a publicarlas en la web, de esa autorización podía deducirse que te permitió hacerlas pero ya está.


Espero haberte ayudado.

Atentamente

Pablo Castells
Abogado
ASESORÍA JURÍDICA DE LAS ARTES
www.asesoriajuridicadelasartes.com
BUFETE ROIG ARÁN
Tel: 93 416 14 61
(informa a mi secretaria que vienes de parte de Porticolegal)
18/07/2005 12:37
Gracias por vuestra ayuda.
Ella no es modelo profesional, y las fotos no son indecorosas en absoluto, es un desnudo artistico y con buen gusto, pero no tengo su autorización expresa, ella alega que le da mucha vergüenza, que puedan ver las fotos, pero entonces ¿porqué las hizo?,y más sabiendo que soy fotográfo, no obstante intentaré convencerla, pero lo veo muy complicado.
17/07/2005 19:34
Miguelo, la ley orgánica que regula esto exige que la persona fotografiada expresamente autorice la fotografía, la autorización expresa es entendida por la Jurisprudencia como el posar, lo cuál no quiere decir que acepte la exposición de tu fotografía en cualquier medio bajo cualquier motivo.

Yo no me la jugaría, le pediría antes que me firme una autorización para el caso concreto.

En una fotografía confluyen dos derechos los del autor y los del fotografiado.

Espero haberte ayudado.

Atentamente

Pablo Castells
Abogado
ASESORÍA JURÍDICA DE LAS ARTES
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BUFETE ROIG ARÁN
Tel: 93 416 14 61
(informa a mi secretaria que vienes de parte de Porticolegal)

16/07/2005 18:48
Aunque han existido casos de verdaderos secuestros en exposiciones por idéntico motivo, más o menos y si la memoria no me falla cuando estudiaba esa parte que más o menos se podría llamar "fotografía legal" (coño, si existe una medicina legal por que no esa?) el tema es más o menos que no puedes publicitar ni exponer personas anónimas en actitudes vejatorias, entendiendo por vejatorio algo que pueda lesionar su integridad. Si la chica en cuestión es modelo profesional pues puedes hacerlo aun sin contrato firmado, si es amateur me temo que no y necesitas su autorización porque para empezar te pueden cerrar la web y para terminar verte declarando ante "zu zeñoría", como el uso y destino es artítico (espero) pues la cachetada será mas flojita.
Fotografias desnudo, ¿de quien son?
15/07/2005 12:52
Hola, yo tengo un pequeño estudio fotográfico, y ahora mi idea es crear un página web para publicitarme un poco y dar a conocer mis trabajos, pero la pregunta concreta es si puedo usar las fotografías aún sin el permiso de la persona fotografiada, es decir los derechos sobre la foto de quien son del autor de la fotografía o del fotografiado.
La pregunta viene porque de entre las fotografías que quiero poner en la página web, hay unas de una amiga donde posa desnuda, y no quiere que las ponga en la página, ¿tiene derecho a prohibirmelo, o las fotos son mías?.
Espero vuestra ayuda.
fotografias desnudo, ¿de quien son? | PorticoLegal
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fotografias desnudo, ¿de quien son?

11 Comentarios
 
25/12/2005 11:08
Veo que éste tema está calentito y me gustaría aportar mi modesta opinión.
Como ya se apuntaba por arriba, creo que aquí el problema sería si la chica te demandara por violación de su derecho a la propia imagen.
Ten en cuenta que la foto la vas a exponer públicamente y ella tiene pudor ante la idea de que la vean desnuda. Tiene que autorizarte expresamente. Que en la imagen pose no es una autorización expresa si tu no tienes un contrato con ella, siempre puede decir que la foto la pidió así y que tu te quedaste con una copia sin su permiso.
Si algún día la relación se estropea entre vosotros te podría demandar y pedirte daños morales además de por supuesto la retirada de las fotos expuestas.
En próximas ocasiones que utilices modelos, que te firmen un contrato de autorización y pagales aunque sea poco.
Un saludo
Estimado Eduardo,

en relación a si una fotografía artística constituye, en sí misma, un dato de carácter personal o no, y por lo tanto un dato protegible por la ley orgánica de datod de carácter personal - la LOPD -, entiendo que el planteamiento correcto no es considerar a la fotografía de dicho tipo un dato de tal carácter. considero que lo correcto es considerar un dato de dicho tipo no a la fotografiá en sí, artística o no - pues para la LOPD es irrelevante que sea artística -; lo relevante es que incorpore una imagen de una persona, y este último concepto sí que es un dato protegible.

De hecho hay algunaque otra resolución de la Agencia Española de Protección de Datos en la que las imágenes generadas por un vídeo - de personas, naturalmente - se han considerado, de forma tajante, además, como datos de carácter personal, y por lo tanto protegibles por dicha norma.

Al margen de lo anterior, y entrando ahora en terrenos que sí son de propiedad intelectual, entiendo que la cesión de derechos de explotación no se presume, y aunque fuese posible que consintió para determinado uso de su imagen, Internet es un ámbito muy concreto, específico y peculiar, para el cual podría dicho modelo alegar que no consintió, aunque entienda que pueda ser algo opinable.

Un cordial saludo.

Javier Hernández, abogado
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www.proteccionlegal.com
despacho@proteccionlegal.com

Un cordial saludo.
30/10/2005 11:53
pasaba por aquí y...
supongo que Miguelo tendrá ya resuelto su problema. Asesores no le faltan.

No será que estamos enfrentando el derecho de autor (fotográfo) al derecho a la imagen personal
(modelo) ¿eh? y el problema sería ¿ Qué derecho es preferente?



26/08/2005 14:07
Apreciado Javier,

He estado echando un vistazo a la LOPD y me cuesta bastante asociar el concepto de fotografía artística (desnudo) con el de Dato de Carácter Personal. Haciendo un esfuerzo podría asimilarse la fotografía artística con lo dicho en el artículo 3a LPD; "cualquier información concerniente a personas físicas identificadas o identificables". Sin embargo, no veo ninguna relación con lo establecido en el art. 4 LPD sobre "calidad de los datos" con los "datos" que se puedan generar con las fotografías artísticas.

Te agradecería que me fundamentases la conexión datos-fotografías artísticas. Si me facilitases alguna sentecia para consultar ya sería increible.

Gracias
Estimados amigos,

sospecho que - entre otros, seguramente - hay un enfoque sobre este tema que se nos ha pasado por alto, y que razón tenga el que me diga que no tiene nada que ver con propiedad intelectual - objeto indiscutible de este foro -, pero que, por otra parte, sí lo tiene, y muchísimo, con la legalidad o no del uso de dichas fotos. Estoy hablando de protección de datos.

Al grano:
Atendiendo a la LOPD - Ley 15/99, Orgánica, de Protección de Datos de Carácter Personal -, la imagen de una persona se considera un dato protegido por la misma.

Sentado lo anterior, es regla general en dicha norma solicitar el consentimiento al titular de los datos a la hora de realizar una cesión de los mismos, ya que en caso contrario, de haberse actuado sin dicho consentimiento, estaríamos ante lo denominado como cesión inconsentida, infracción cuyo tramo de sanción va de 300.000 a 600.000 euros.

Por otro lado, se considera cesión de datos toda revelación de datos a un tercero distinto del interesado, y la AEPS - Agencia Española de Protección de Datos - ha afirmado en bastantes ocasiones que la incorporación de datos de carácter personal en un sito web, como es el caso de estas fotos, se considera constitutivo de la figura de la cesión.

Dato básico en la presente cuestión es la de interpretar si el hecho de haber posado es, per se, una autorización sin límite para cualquier uso posterior de dichas imágenes. La cautela, la prudencia y el uso común, aconsean solicitar, de forma previa y expresa el consentimiento, indicándose bien claramente cuál es el fin del uso de dichas imágenes.

Conclusión: lo prudente es solicitar el consentimiento antes de la publicación, y de forma escita lo más aconsejable (también lo es evidentemente, y al margen de lo anterior, adaptar la organización a la normativa de protección de datos, pero esto último sí que se saldría ya, y de forma clara e injustificada, del objeto de este foro).

Un cordial saludo a todos.

Javier Hernández, abogado
Protección Legal.com

www.proteccionlegal.com
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19/07/2005 20:02
Esto es cuiosísimo, merece un foro aparte.
18/07/2005 22:21
La respuesta es muy simple, y si planteas esa pregunta entonces tengo que dudar de tu sentido de lo "artístico" y el "buen gusto". A mi me puede encantar, parecer divertido o incluso sano tomar el sol desnudo en una playa nudista, lo que no implica que me pasee así por cualquier playa ni por las ciudades, me puede satisfacer mucho que alguna estudiante de Bellas Artes quiera estudiar las ondas de mis michelines e inmortalizarlas (no todos los modelos de Bellas artes tienen cuerpos perfectos y apetecibles) lo que no significa que vaya en el metro empeñado en publicitarlas, ¿captas?.
"Aun sabiendo que eras fotógrafo", muchas veces nos damos las respuestas a lo que preguntamos, lo raro le habría parecido a esa chica si le hubieras pedido de que posara sin serlo.
En tu caso, además de que no solo no es legal que las publicites me parece inmoral tu empeño en exponerla. Muchos pintores, artistas, fotógrafos, etc, han estudiado el desnudo sin comprometer la "mano" que le da de comer, quizás por eso llegaron a ser artistas.
18/07/2005 18:46
Miguelo,

ella posó, hasta ahí perfecto.

Pero no te autorizó a publicarlas en la web, de esa autorización podía deducirse que te permitió hacerlas pero ya está.


Espero haberte ayudado.

Atentamente

Pablo Castells
Abogado
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BUFETE ROIG ARÁN
Tel: 93 416 14 61
(informa a mi secretaria que vienes de parte de Porticolegal)
18/07/2005 12:37
Gracias por vuestra ayuda.
Ella no es modelo profesional, y las fotos no son indecorosas en absoluto, es un desnudo artistico y con buen gusto, pero no tengo su autorización expresa, ella alega que le da mucha vergüenza, que puedan ver las fotos, pero entonces ¿porqué las hizo?,y más sabiendo que soy fotográfo, no obstante intentaré convencerla, pero lo veo muy complicado.
17/07/2005 19:34
Miguelo, la ley orgánica que regula esto exige que la persona fotografiada expresamente autorice la fotografía, la autorización expresa es entendida por la Jurisprudencia como el posar, lo cuál no quiere decir que acepte la exposición de tu fotografía en cualquier medio bajo cualquier motivo.

Yo no me la jugaría, le pediría antes que me firme una autorización para el caso concreto.

En una fotografía confluyen dos derechos los del autor y los del fotografiado.

Espero haberte ayudado.

Atentamente

Pablo Castells
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16/07/2005 18:48
Aunque han existido casos de verdaderos secuestros en exposiciones por idéntico motivo, más o menos y si la memoria no me falla cuando estudiaba esa parte que más o menos se podría llamar "fotografía legal" (coño, si existe una medicina legal por que no esa?) el tema es más o menos que no puedes publicitar ni exponer personas anónimas en actitudes vejatorias, entendiendo por vejatorio algo que pueda lesionar su integridad. Si la chica en cuestión es modelo profesional pues puedes hacerlo aun sin contrato firmado, si es amateur me temo que no y necesitas su autorización porque para empezar te pueden cerrar la web y para terminar verte declarando ante "zu zeñoría", como el uso y destino es artítico (espero) pues la cachetada será mas flojita.
Fotografias desnudo, ¿de quien son?
15/07/2005 12:52
Hola, yo tengo un pequeño estudio fotográfico, y ahora mi idea es crear un página web para publicitarme un poco y dar a conocer mis trabajos, pero la pregunta concreta es si puedo usar las fotografías aún sin el permiso de la persona fotografiada, es decir los derechos sobre la foto de quien son del autor de la fotografía o del fotografiado.
La pregunta viene porque de entre las fotografías que quiero poner en la página web, hay unas de una amiga donde posa desnuda, y no quiere que las ponga en la página, ¿tiene derecho a prohibirmelo, o las fotos son mías?.
Espero vuestra ayuda.