Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿fraude en alquiler de oficina?

2 Comentarios
 
¿fraude en alquiler de oficina?
23/11/2006 17:36
resulta que el año pasado alquilé una oficina por 600 euros al mes por un plazo de un año.
ahora se extingue el contrato y el arrendador, aunque en el contrato figura que la subida sería según ipc, como el contrato se extingue quiere hacerme una subida del 4%, haciendo un nuevo contrato anual, tras el cual me ofrece como gran concesión que el año que viene solo me subirá a 650 ipc de este año, es decir otro 4% ipc, ya que según el subirme este año solo el 4% es una concesión pues lo justo le parecería subirme a 650 ahora, es decir un 6, 33% .
Le argumenté que la ley de arrendamientos urbanos le obliga a una prórroga de 4 años más del contrato inicial, a lo que responde que esa ley es de aplicación a viviendas y no a oficinas.
agradecería algún consejo o aclaración para saber si es de aplicación la prórroga también para oficinas.
23/11/2006 17:41
Siento decirle que la prórroga obligatoria a la que Vd. se refiere solo es obligatoria en el arrendamiento de viviendas.
24/11/2006 13:34
Le conviene aceptar el nuevo contrato. Un 4%, esta mui cercano al IPC.
¿fraude en alquiler de oficina? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿fraude en alquiler de oficina?

2 Comentarios
 
¿fraude en alquiler de oficina?
23/11/2006 17:36
resulta que el año pasado alquilé una oficina por 600 euros al mes por un plazo de un año.
ahora se extingue el contrato y el arrendador, aunque en el contrato figura que la subida sería según ipc, como el contrato se extingue quiere hacerme una subida del 4%, haciendo un nuevo contrato anual, tras el cual me ofrece como gran concesión que el año que viene solo me subirá a 650 ipc de este año, es decir otro 4% ipc, ya que según el subirme este año solo el 4% es una concesión pues lo justo le parecería subirme a 650 ahora, es decir un 6, 33% .
Le argumenté que la ley de arrendamientos urbanos le obliga a una prórroga de 4 años más del contrato inicial, a lo que responde que esa ley es de aplicación a viviendas y no a oficinas.
agradecería algún consejo o aclaración para saber si es de aplicación la prórroga también para oficinas.
23/11/2006 17:41
Siento decirle que la prórroga obligatoria a la que Vd. se refiere solo es obligatoria en el arrendamiento de viviendas.
24/11/2006 13:34
Le conviene aceptar el nuevo contrato. Un 4%, esta mui cercano al IPC.