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Fuero de Bailio

2 Comentarios
 
Fuero de bailio
12/06/2014 09:24
Muy buenas. Me gustaría hacer una pregunta sobre como me afectaría el fuero de bailio, para ello comento mi situación.

Me encuentro en una localidad que se ve "afectada" por el fuero de Bailio. Ni yo ni mi futura esposa nacimos en la localidad, pero hemos vivido toda la vida en ella.

Según me han comentado el fuero de bailio únicamente afecta a las personas que hayan nacido en dicha localidad y no así a cualquier otra, aunque leyendo por algún sitio he visto que también afecta a cualquier persona que haya tomado vecindad en el pueblo o villa.

En conclusión, nosotros nos casaremos en la iglesia del pueblo y quería saber como me afecta a mi el fuero de bailio.

Motivo de la cuestión: Saber si al casarme directamente comparto todos mis bienes con ella o si hay que arreglar algún otro documento para que así sea.

Gracias
12/06/2014 20:50
se aplicaran a los matrimonios sometidos al Fuero del Baylío:

Si se trata de contrayentes naturales ambos de cualquiera de los pueblos incluidos en su ámbito geográfico (por ejemplo, los dos naturales de Oliva de la Frontera).

Si sólo uno de ellos es natural de alguno de estos pueblos y pactan la sujeción al Fuero antes de la celebración del matrimonio y en escritura pública.

Si sólo uno de ellos es natural de una población donde rija el Fuero, y no produciéndose la anterior elección, resulta estar comprendida en el ámbito de aplicación la residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración, y

Si, dándose los mismos presupuestos que el apartado anterior, no existe tal residencia común y el matrimonio se celebró en cualquiera de las localidades sometidas al Fuero
esto te lo aclara, noooooooooooo.....
Jurisprudencia (sentencia de la Audiencia provincial de Badajoz de 3 de Abril de 2002),
13/06/2014 10:56
En primer lugar, gracias por la aclaración.

Te diría que si lo he entendido para intentar quedar bien y agradecer aun más tu respuesta, pero la verdad es que no.

Lo podías haber explicado con palabras entendibles para el resto de personas que no han estudiado derecho, jejej.

Ninguno somos naturales de la población aunque residimos en ella desde siempre.

Aun así no se si se me aplica o no.

Fuero de Bailio | PorticoLegal
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Fuero de Bailio

2 Comentarios
 
Fuero de bailio
12/06/2014 09:24
Muy buenas. Me gustaría hacer una pregunta sobre como me afectaría el fuero de bailio, para ello comento mi situación.

Me encuentro en una localidad que se ve "afectada" por el fuero de Bailio. Ni yo ni mi futura esposa nacimos en la localidad, pero hemos vivido toda la vida en ella.

Según me han comentado el fuero de bailio únicamente afecta a las personas que hayan nacido en dicha localidad y no así a cualquier otra, aunque leyendo por algún sitio he visto que también afecta a cualquier persona que haya tomado vecindad en el pueblo o villa.

En conclusión, nosotros nos casaremos en la iglesia del pueblo y quería saber como me afecta a mi el fuero de bailio.

Motivo de la cuestión: Saber si al casarme directamente comparto todos mis bienes con ella o si hay que arreglar algún otro documento para que así sea.

Gracias
12/06/2014 20:50
se aplicaran a los matrimonios sometidos al Fuero del Baylío:

Si se trata de contrayentes naturales ambos de cualquiera de los pueblos incluidos en su ámbito geográfico (por ejemplo, los dos naturales de Oliva de la Frontera).

Si sólo uno de ellos es natural de alguno de estos pueblos y pactan la sujeción al Fuero antes de la celebración del matrimonio y en escritura pública.

Si sólo uno de ellos es natural de una población donde rija el Fuero, y no produciéndose la anterior elección, resulta estar comprendida en el ámbito de aplicación la residencia habitual común inmediatamente posterior a la celebración, y

Si, dándose los mismos presupuestos que el apartado anterior, no existe tal residencia común y el matrimonio se celebró en cualquiera de las localidades sometidas al Fuero
esto te lo aclara, noooooooooooo.....
Jurisprudencia (sentencia de la Audiencia provincial de Badajoz de 3 de Abril de 2002),
13/06/2014 10:56
En primer lugar, gracias por la aclaración.

Te diría que si lo he entendido para intentar quedar bien y agradecer aun más tu respuesta, pero la verdad es que no.

Lo podías haber explicado con palabras entendibles para el resto de personas que no han estudiado derecho, jejej.

Ninguno somos naturales de la población aunque residimos en ella desde siempre.

Aun así no se si se me aplica o no.