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02/02/2005 21:43
En el año 1999 aprobe unas oposiciones al cuerpo de Gestion.En esos momentos mi situación administrativa era excedencia voluntaria del 29.3a, motivo por el cual en fase de concurso no se me valoraron 21 por nivel 22.

Reclame con caracter previo y no se me admitio, lo que determino que obtuviera el numero 157, cunado el limite eran 107 plazas.

En el plazo de 2 meses interpuse R.C.Administrativo, y despues de 5 a ños se me ha dado la razon.Se procede a ejecutar la sentencia por la Admon y se me incluye en el puesto 91 por tanto se me nombra funcionario en practicas, y me citan para hacer el curso en el INAP durante 1 mes

Superado el curso me indican que no me retrotaen la toma de posesion y que debo tomarla a partir de la fecha en que supero el curso.

Lo anterior lo he puesto de nuevo de manifiestoa nte el MAP, y me contestan lo mismo.

A la vista de lo anterior he solicitado ejecución de Sentencia fundamentandola en indefgensión, ya que no se ha ejecutado la sentencia en sus justos terminos.

¿Os parece correcta mi actuación? ¿Caso de obtener una resolución judicial favorable los efectos de la retroacción se podrian extender al nivel 24 que he tomado posesion y permitirme acumular mas de 2 a ños de antiguedad y concurrir por tanto a oposiciones del gurpo A restringidas?

Ademas de lo anterior, os ruego me informeis sobre cualquier cosa que se os ocurra, pues el Derecho Administatrivo en estos momentos le domino menor por dedicarme pro razones profesionaels a aspectos civiles y mercantiles.
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En el año 1999 aprobe unas oposiciones al cuerpo de Gestion.En esos momentos mi situación administrativa era excedencia voluntaria del 29.3a, motivo por el cual en fase de concurso no se me valoraron 21 por nivel 22.

Reclame con caracter previo y no se me admitio, lo que determino que obtuviera el numero 157, cunado el limite eran 107 plazas.

En el plazo de 2 meses interpuse R.C.Administrativo, y despues de 5 a ños se me ha dado la razon.Se procede a ejecutar la sentencia por la Admon y se me incluye en el puesto 91 por tanto se me nombra funcionario en practicas, y me citan para hacer el curso en el INAP durante 1 mes

Superado el curso me indican que no me retrotaen la toma de posesion y que debo tomarla a partir de la fecha en que supero el curso.

Lo anterior lo he puesto de nuevo de manifiestoa nte el MAP, y me contestan lo mismo.

A la vista de lo anterior he solicitado ejecución de Sentencia fundamentandola en indefgensión, ya que no se ha ejecutado la sentencia en sus justos terminos.

¿Os parece correcta mi actuación? ¿Caso de obtener una resolución judicial favorable los efectos de la retroacción se podrian extender al nivel 24 que he tomado posesion y permitirme acumular mas de 2 a ños de antiguedad y concurrir por tanto a oposiciones del gurpo A restringidas?

Ademas de lo anterior, os ruego me informeis sobre cualquier cosa que se os ocurra, pues el Derecho Administatrivo en estos momentos le domino menor por dedicarme pro razones profesionaels a aspectos civiles y mercantiles.