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gasolineras

1 Comentarios
 
Gasolineras
16/05/2014 15:10
hola buenos días a todos:
Tengo una duda .Verán trabajo en una gasolinera repostando a los vehículos en pista, ósea el cliente no coloca la gasolina lo hacemos nosotros. El problema es que me equivoque colocando combustible a un coche .Era diésel y le coloque sin plomo 95, se lo dije al cliente llamo a la grúa y se lo llevaron sin encender el vehículo ,aparte me puso una reclamación. El coche no se encendió para nada hasta aquí todo correcto el problema es que la empresa me obliga a pagar la reparación de vaciar el deposito. Es legal me pueden obligar a pagarlo. Es como si a un mecánico le obligaran a pagar las herramientas que rompe.
gracias a todos
16/05/2014 16:18
Lo de siempre y es que no se enteran, para reclamaciones de cantidad tiene usted un plazo de un año por tanto y supongo que le han dicho que se lo descontarán en la nomina diga les que ese descuento en que concepto ira y simplemente espere a que pasen 6 meses (es el plazo máximo en que la empresa puede sancionar una falta desde que tiene conocimiento la empresa de la falta).
Después de esto por ej. a los 7 meses presente ante el juzgado de lo social una reclamación de cantidad (para el trabajador es gratis) si lo hace de esta forma tendrán que devolverle esa cantidad y no podrán sancionar le porque el plazo habra prescrito.
Mire los empresarios están muy mal acostumbrados y 1° No se pueden imponer sanciones que supongan multa de haber, es decir no cabe sanción pecuniaria y 2° lo que usted cometió es una negligencia, vanos un despiste y cuando un trabajador genera un daño a terceros ese daño debe resarcirlo la empresa y luego esta le puede sancionar llegando incluso a sanción de empleo y sueldo (no es el caso), usted cometió un error y como

mucho cabe una amonestación verbal pero nada mas.
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Gasolineras
16/05/2014 15:10
hola buenos días a todos:
Tengo una duda .Verán trabajo en una gasolinera repostando a los vehículos en pista, ósea el cliente no coloca la gasolina lo hacemos nosotros. El problema es que me equivoque colocando combustible a un coche .Era diésel y le coloque sin plomo 95, se lo dije al cliente llamo a la grúa y se lo llevaron sin encender el vehículo ,aparte me puso una reclamación. El coche no se encendió para nada hasta aquí todo correcto el problema es que la empresa me obliga a pagar la reparación de vaciar el deposito. Es legal me pueden obligar a pagarlo. Es como si a un mecánico le obligaran a pagar las herramientas que rompe.
gracias a todos
16/05/2014 16:18
Lo de siempre y es que no se enteran, para reclamaciones de cantidad tiene usted un plazo de un año por tanto y supongo que le han dicho que se lo descontarán en la nomina diga les que ese descuento en que concepto ira y simplemente espere a que pasen 6 meses (es el plazo máximo en que la empresa puede sancionar una falta desde que tiene conocimiento la empresa de la falta).
Después de esto por ej. a los 7 meses presente ante el juzgado de lo social una reclamación de cantidad (para el trabajador es gratis) si lo hace de esta forma tendrán que devolverle esa cantidad y no podrán sancionar le porque el plazo habra prescrito.
Mire los empresarios están muy mal acostumbrados y 1° No se pueden imponer sanciones que supongan multa de haber, es decir no cabe sanción pecuniaria y 2° lo que usted cometió es una negligencia, vanos un despiste y cuando un trabajador genera un daño a terceros ese daño debe resarcirlo la empresa y luego esta le puede sancionar llegando incluso a sanción de empleo y sueldo (no es el caso), usted cometió un error y como

mucho cabe una amonestación verbal pero nada mas.